¿SABÍAS QUE SE PUEDE ELABORAR HARINA CON LOS GRILLOS? VAMOS A ANALIZAR LA CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE ESTOS INSECTOS

Descripción

Los gríllidos (Gryllidae) son una familia de insectos ortópteros de la superfamilia Grylloidea, dentro del suborden Ensifera. A esta familia pertenecen los insectos conocidos vulgarmente como grillos. Son, por lo general, insectos de color marrón a negro, con hábitos nocturnos. están emparentados con las Acrididae (saltamontes). Sus patas están adaptadas al salto, sin embargo, saltan menos que los saltamontes, lo que los hace más torpes. En cambio, corren por el suelo con rapidez. Para producir el sonido tan peculiar de estos insectos, levantan ligeramente sus alas y las frotan una contra la otra. ​La longitud de onda del canto de un grillo es similar a la distancia que hay entre los dos oídos humanos, razón por la cual resulta difícil establecer la localización de un grillo por su sonido. Su régimen alimenticio es omnívoro: comen tanto plantas como insectos. Son una excelente fuente de proteína para el ser humano, con todos los aminoácidos esenciales, omega 3 y 6, vitamina B12, hierro y calcio.

 

Reglas para la clasificación arancelaria

Regla 1, Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas.

Al hablar de un animal vivo como el grillo presumimos que podría clasificarse en la sección 1 por el valor indicativo.

Regla 6, La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel.

 

Nota del Capítulo

Este Capítulo comprende todos los animales vivos, excepto:

  1. los peces, los crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, de las partidas 03.01, 03.06, 03.07 ó 03.08;
  2. los cultivos de microorganismos y demás productos de la partida 30.02;
  3. los animales de la partida 95.08

 

Notas explicativas

Esta partida comprende, entre otros, los animales domésticos o salvajes siguientes:

A) Mamíferos:

1) Los primates.

2) Las ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del orden Cetáceos); los manatíes y dugones o dugongos (mamíferos del orden Sirenios).

3) Los demás (por ejemplo, renos, gatos, perros, leones, tigres, osos, elefantes, camellos (incluyendo dromedarios), cebras, conejos, liebres, ciervos, antílopes, gamuzas, zorros, visones y los animales que se crían para peletería).

B) Reptiles (incluidas las serpientes y tortugas de mar).

C) Aves:

1) Las de rapiña.

2) Las Psitaciformes (incluidos los loros, guacamayas, cacatúas y demás papagayos).

3) Las demás (por ejemplo, perdices, faisanes, codornices, chochas, agachadizas, palomas, urogallos y lagópedos, ortegas, patos salvajes, gansos salvajes, tordos, mirlos, alondras, pinzones, paros, colibríes, pavos reales, cisnes y las no comprendidas en la partida 01.05).

D) Los demás animales, por ejemplo, las abejas (incluso en colmenas, cajas o continentes similares), los demás insectos y las ranas.

Se excluyen de esta partida los animales que formen parte de circos, zoológicos ambulantes o demás atracciones de feria similares (partida 95.08)

 

Sección

Por el análisis elaborado deducimos que el grillo se encuentra en la Sección l Animales Vivos y Productos Del Reino Animal.

Capítulo

Se determina que el capítulo buscado es el 1 Animales Vivos gracias a la regla de clasificación 1 y el análisis de las características del animal.

Partida

Con el estudio del capítulo encontramos la partida 01.06 los demás animales vivos, considerando que ninguna de las otras partidas se asemeja a la requerida por nosotros.

Subpartida

Finalmente, al utilizar la R6, analizando las notas y conociendo las características del grillo lo clasificamos en la subpartida – Insectos, 0106.90.00.00 - Los demás.

 

Tributos Fijos de Mercancías

FODINFA        0.5%

IVA                   12%

Ad-Valorem       15%

 

Restricciones y prohibiciones

Documento de Control Previo por la Agencia De Regulación Y Control Fito Y Zoosanitario – Agrocalidad.

 

Conclusiones

La aplicación de las reglas generales, junto con la lectura de notas y un análisis del producto logramos determinar desde el inicio como capítulo sobre los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte. Con el análisis del arancel y las notas explicativas se logra destacar posibles clasificaciones y llegar a la partida arancelaria correcta junto con la subpartida sobre animales vivos encontramos la partida 01.06 los demás animales vivos, analizando las notas y conociendo las características del grillo lo clasificamos en la subpartida – Insectos, 0106.90.00.00 - Los demás.

Debemos tener presente que pueden existir insectos de prohibida importación por lo que se hay que realizar un estudio a profundidad del producto que deseemos comerciar.

 

Recomendaciones

Se recomienda el análisis completo tanto del producto a clasificar como del arancel ya que todas las herramientas pueden ser útiles para una correcta interpretación, esto lo logramos con la lectura y objetividad usada para identificar posibles subpartidas donde colocar nuestro producto, es normal tener dudas en diferentes puntos por ello se debe seguir reglas y fomentar el estudio de estos instrumentos.

Debemos tener cuidado al momento de clasificar este producto porque cuando se desea encontrar una posible subpartida nos encontramos en una confusión al no encontrarlo directamente en el arancel, con la lectura de las notas explicativas logramos hallarlo y clasificarlo. Tomemos en cuenta que nuestro producto no siempre va a estar presente de forma textual en los libros, en este caso logramos hallarlo gracias a su valor indicativo y a las notas explicativas.


 

Fuente

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (2017) Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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