QUESO CREMA
Su mismo nombre nos revela ya mucho de su naturaleza, se trata de un queso de textura cremosa y untable, sin corteza. El queso crema entra dentro del grupo de quesos frescos, tiene un color prácticamente blanco y un sabor suave y ligeramente ácido. Es un producto de conservación en frío y para más comodidad su presentación más habitual es en tarrina. No debemos confundirlo con otros quesos cremosos que también están presentes en el mercado.
REGLAS DE CLASIFICACIÓN
Primera Regla General: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”
La partida 04.06 comprende toda clase de quesos: Queso fresco (incluido el queso obtenido a partir de lactosuero o de suero de mantequilla (manteca) (“babeurre”)) y el requesón. El queso fresco es un queso que no ha sufrido ninguna maduración y que puede ser consumido poco después de su elaboración (por ejemplo: Ricotta, Broccio, queso “cottage”, queso de nata (queso crema), Mozzarella).
Sexta Regla General: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
La partida 04.06 comprende dentro de sus notas que el queso rallado, en polvo o fundido. Se trata de productos obtenidos por cortado, triturado y fundido por calor y emulsionantes o acidificantes (incluidas las sales fundentes) de una o varias clases de queso y de uno o varios de los productos siguientes: nata (crema) y demás productos lácteos, sal, especias, aromatizantes, colorantes y agua.
En consecuencia, por tratarse el producto denominado comercialmente QUESO CREMA, de acuerdo con la información y a la figura proporcionada de queso crema le corresponde clasificarse en la subpartida nacional 0406.20.00.00, en aplicación de la 1° y 6° RGI de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas.
NOTAS DE SUBPARTIDA
Nota de Subpartida Capítulo 04.06:
Esta partida comprende toda clase de quesos:
1) Queso fresco (incluido el queso obtenido a partir de lactosuero o de suero de mantequilla (manteca) (“babeurre”)) y el requesón. El queso fresco es un queso que no ha sufrido ninguna maduración y que puede ser consumido poco después de su elaboración (por ejemplo: Ricotta, Broccio, queso “cottage”, queso de nata (queso crema), Mozzarella).
2) Queso rallado o en polvo.
3) Queso fundido. Se trata de productos obtenidos por cortado, triturado y fundido por calor y emulsionantes o acidificantes (incluidas las sales fundentes) de una o varias clases de queso y de uno o varios de los productos siguientes: nata (crema) y demás productos lácteos, sal, especias, aromatizantes, colorantes y agua.
NOTAS EXPLICATIVAS
Nota 3 Capítulo 4: Los productos obtenidos por concentración del lactosuero con adición de leche o de materias grasas de la leche se clasificarán en la partida 04.06 como quesos, siempre que presenten las tres características siguientes:
a) un contenido de materias grasas de la leche superior o igual al 5%, calculado en peso sobre el extracto seco;
b) un contenido de extracto seco superior o igual al 70% pero inferior o igual al 85%, calculado en peso;
c) moldeados o susceptibles de serlo.
CRITERIO ARANCELARIO
SECCIÓN I -. ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL
CAPITULO 4 - LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; HUEVOS DE AVE; MIEL NATURAL; PRODUCTOS COMESTIBLES DE ORIGEN ANIMAL, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE
PARTIDA 04.06 - QUESOS Y REQUESON.
SUBPARTIDA 0406.20.00.00– - - - - Queso de cualquier tipo, rallado o en polvo.
CONCLUSIONES
En consecuencia, al producto denominado comercialmente “QUESO CREMA”, se procede a clasificar en la subpartida nacional 0406.20.00.00 del Arancel de Aduanas.
RECOMENDACIONES
Para una buena clasificación se debe tomar en cuenta las notas explicativas del capítulo y además el proceso por el cual pasa este tipo de lácteo para llegar al estado de consumo final, de su presentación y de su temperatura requerida para ser mantenido en consumo que es el de refrigeración, hemos tomado en consideración este dato como algo principal para poder proceder con el criterio arancelario correspondiente.
Fuente:
DESCRIPCION DE PRODUCTO QUESO CREMA https://quescrem.es/el-queso-crema-mucho-mas-que-un-queso-de-untar/
NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR, (2017): http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf
ECUAPASS ADUANA DEL ECUADOR http://ecuapass.aduana.gob.ec/ipt_server/ipt_flex/ipt_arancel.jsp
CONSULTA DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
AUTOR: Elvis Velez
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