Descripción del producto:
El arándano es un fruto que crece silvestre en zonas frescas del hemisferio norte. Es una baya globosa de color negro azulado que mide unos 6mm de diámetro. Se consume sobre todo en mermeladas, tartas o como acompañamiento de diversos platos. Es un alimento rico en vitaminas que además aporta pocas calorías al organismo.
El arándano se puede consumir como fruta de mesa, aunque su uso principal es la elaboración de diversos productos derivados, como confituras, mermeladas, purés, compotas, jaleas y zumos. También se preparan arándanos secos y congelados. En algunos países se preparan además sopas y fritos. Crudos se pueden añadir a macedonias, cereales, crepes y gofres. Se pueden tomar con nata, zumo de naranja o con un chorro de Grand Marnier, un licor de naranja. El arándano rojo se usa para elaborar bollos, panes, pasteles, tartas y sorbetes. También acompaña los platos de pavo.
Los arándanos son un alimento rico en vitaminas A y C, y aportan muy pocas calorías, ya que contienen pocas grasas y proteínas. Son ricos en antocianos, sustancias que tienen efectos beneficiosos sobre el aparato digestivo.
Notas de capitulo:
Capítulo 8:
Este Capítulo no comprende los frutos no comestibles.
1. Las frutas y otros frutos refrigerados se clasificarán en las mismas partidas que las frutas y frutos frescos correspondientes.
2. Las frutas y otros frutos secos de este Capítulo pueden estar parcialmente rehidratados o tratados para los fines siguientes:
a) mejorar su conservación o estabilidad (por ejemplo: mediante tratamiento térmico moderado, sulfurado, adición de ácido sórbico o sorbato de potasio);
b) mejorar o mantener su aspecto (por ejemplo: por adición de aceite vegetal o pequeñas cantidades de jarabe de glucosa), siempre que conserven el carácter de frutas o frutos secos
Notas Explicativas de partida
NE - Tomo I - Pag 48 - Literal 3.
Esta partida comprende todas las frutas y demás frutos comestibles no citados anteriormente, ni comprendidos en otros Capítulos de la Nomenclatura (véanse las exclusiones mencionadas en las Consideraciones generales de este Capítulo). Por tanto, se clasifican aquí:
3. Los arándanos rojos o azules, mirtilos y demás frutos del género Vaccinium
Se excluyen de esta partida las bayas de enebro (partida 09.09)
Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado
RGI N°1.- Los títulos de las secciones, capítulos o de las subpartidas solo tienen valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.
- El nombre del producto no sé muestra de manera específica en el texto de la partida considerada, sin embargo, al ser un producto fresco y que no está tratado con químicos para su conservación se toma en cuenta la partida 0810, para su posterior análisis con las reglas siguientes.
RGN N°6.- La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
- Al tratarse de un fruto fresco y tomando en consideración la partida 0810 con sus respectivos niveles, se logra determinar que la mercancía denominada como arándanos azules se clasifica dentro de la subpartida 40.00.00 ya que el texto de la misma indica de forma específica el nombre del producto, sin embargo, no menciona su especia y a fin de determinar si pertenece a la subpartida antes mencionada se hace uso de las notas explicativas de la subpartida para poder otorgarle una clasificación adecuada.
Clasificación Arancelaria
Sección | II | PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL |
Capítulo | 8 | Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios |
Partida | 08.10
| Las demás frutas u otros frutos, frescos. |
Subpartida | 0810.40.00.00 | - Arándanos rojos, mirtilos y demás frutos del género Vaccinium |
Información Arancelaria
Ad Valorem | 25% |
FODINFA | 0,5% |
IVA | 12% |
Información Para Arancelaria
Requisitos
- Permiso Fitosanitario de Importación - AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO - AGROCALIDAD
- Documento de Destinación Aduanera - AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO – AGROCALIDAD
Prohibiciones
- Importación: República Popular Democrática de Corea
- Exportación: República Popular Democrática de Corea
Conclusión
El análisis indica que la mercancía denominada como “Arándanos azules”, se encuentra dentro del Capítulo 08 del Sistema Armonizado correspondiente a Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios, específicamente en la subpartida 0810.40.00.00 “Arándanos rojos, mirtilos y demás frutos del género Vaccinium” dado a que corresponde a la partida arancelaria 0810 Las demás frutas u otros frutos, frescos. ya que al analizar las categorías dentro de esta partida y teniendo en cuenta las Reglas Generales Interpretativas, así como también las notas explicativas correspondientes al capítulo, se logra identificar que el producto pertenece a la subpartida asignada.
Recomendación
Es importante destacar que la clasificación arancelaria ya que es necesaria para poder determinar los tributos al comercio exterior, así como los requisitos aduaneros aplicables a la importación o exportación de las mercancías. Por lo tanto, es recomendable consultar la legislación y las regulaciones aduaneras específicas del país de interés para obtener una clasificación precisa y de gran ayuda y evitar generar inconvenientes.
Referencias
Comité de Comercio Exterior del Ecuador. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX0202017.pdf
Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Comentarios