SI ERES AMANTE DE LOS MARISCOS, TE INSTERESARÁ CONOCER LA CLASIFICACIÓN DE LAS VIEIRAS, APRECIADAS POR SU ALTO VALOR NUTRICIONAL Y ORNAMENTAL

Introducción

Las vieiras o veneras, también conocidas como pectínidos, son moluscos bivalvos pertenecientes a la familia Pectinidae y emparentados de cerca con las almejas y ostras. Su nombre “pectínido” deriva del latín pecten que, significa “peina o peineta” Tienen una concha distintiva en forma de abanico que puede variar en color y patrón, pero generalmente es de tonos blancos, rosados o naranjas con rayas y texturas características. Estas conchas son utilizadas como protección y están compuestas principalmente de carbonato de calcio y siempre habitan en agua salada.

El interior de la concha alberga el cuerpo de la vieira, que está formado por dos partes simétricas y musculosas. Estas partes son conocidas como valvas y están unidas por un músculo aductor potente. Las vieiras tienen un sistema nervioso rudimentario y no tienen cerebro centralizado. Estas especies son apreciadas como fuente alimento y algunas se crían para acuicultura, sus cochas de colores brillantes y en forma de abanico son valoradas por los coleccionistas y utilizadas con motivos de arte.

Las vieiras son animales filtradores, lo que significa que se alimentan filtrando partículas de alimento del agua a través de sus branquias. Se alimentan principalmente de plancton y otros organismos microscópicos. Son habitantes de aguas poco profundas y son especialmente comunes en zonas costeras. En términos culinarios, las vieiras son muy apreciadas por su carne tierna y dulce. Se consumen en una variedad de platos, tanto crudas como cocidas. Se pueden preparar a la parrilla, salteadas, horneadas o incluso consumidas crudas en carpaccio. Son un ingrediente popular en la cocina gourmet y se consideran un manjar en muchas culturas gastronómicas.

Características del producto

El producto a clasificar es Vieiras refrigeradas

  • Es un molusco bivalvo de la familia Pectinidae.
  • Poseen una forma típica similar a la de un abanico que se diferencian de anchura entre la parte superior e inferior.
  • Habitan en agua salada, pocos profundas de la mayor parte de los mares y suelen encontrarse en zonas costeras.
  • Poseen colores brillantes y variados.
  • La mayor parte de las especies viven en la región del Indo-Pacífico.
  • También pueden vivir dentro, sobre o debajo de rocas, coral, escombros, etc.
  • Su carne posee una textura tierna y su sabor es dulce y suave.

Descripción:

Origen: Reino Animal

Grado de elaboración: Refrigerado entre 0ºC y 4ºC.

Uso, destino o función: producto destinado para el consumo humano y ornamental

Actividad económica: Piscicultura

Valor nutricional por 100 gr: 15,6 gr de proteína, vitamina A, B3, B9 y B12, minerales como calcio, fósforo, hierro, magnesio, potasio, sodio y zinc.  

Color: poseen colores brillantes, generalmente en tonos blancos, rosados o naranjas con rayas y texturas características.

Peso: 100 – 700 gr

Análisis arancelario

En un inicio establecemos la Sección y Capítulo en el que la mercancía puede clasificarse, teniendo en cuenta la vieira es un tipo de molusco bivalvo sin ningún proceso industrial adicional, cuyo grado de elaboración es refrigerado.

  • Sección I: Animales vivos y productos del reino animal
  • Capítulo 3: Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos

En este caso, existe una sola sección y capítulo en que el producto puede clasificarse, considerando las características y descripción que se indicó inicialmente.

Tomando en cuenta la RGI 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”

Procedemos a revisar las Notas Legales (de Sección y Capítulo) para poder tomar la decisión correcta en cuanto a la Sección y Capítulo.

Las consideraciones generales del Capítulo 3 nos indican que, este Capítulo comprende todos los peces, pescados, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, vivos o muertos, se destinen directamente a la alimentación humana, o se reserven para la industria (conservera, etc.), repoblación, acuarios, etc. Se entenderá por “refrigerado” el producto cuya temperatura haya descendido generalmente hasta la proximidad de 0 °C, sin alcanzar su congelación.

Sección I: Animales Vivos y productos del Reino Animal

Capítulo 3: Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos

A fin de determinar la partida arancelaria aplicable a la mercancía analizada, se toma en consideración la siguiente:

Partida arancelaria:  03.07 “Moluscos, incluso separados de sus valvas, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; moluscos ahumados, incluso pelados o cocidos, antes o durante el ahumado; harina, polvo y «pellets» de moluscos, aptos para la alimentación humana.”

Considero esta partida como la única posible dado hace referencia a moluscos, en comparación con el resto de partidas que hablan de diferentes especies de pescados, crustáceos e invertebrados acuáticos.

Revisamos las Notas explicativas de la partida 03.07, con el objetivo de sustentar la clasificación de la mercancía.

Nota explicativa: “Las principales variedades de animales comprendidos en esta partida son, entre los moluscos: ostra, venera, volandeira, mejillón, almeja, jibia (sepia), globito, calamar (chipirón), pulpo, caracol y, entre los

invertebrados acuáticos: erizo de mar, cohombro de mar, medusa.”

Como se indicó en un inicio, las vieiras también se las llama veneras, por lo tanto, esta sería la partida correcta.

Para determinar la subpartida arancelaria al nivel de 10 dígitos que le corresponde a la mercancía, aplicamos la RGI  6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”

Para ello procedemos a comparar las únicas dos subpartidas de Nivel 1 que se encuentran dentro de la partida 03.07, tal como lo define la Regla 6 para la interpretación:

  • Ostras
  • Vieiras, volandeiras y demás moluscos de los géneros Pecten, Chlamys o Placopecten
  • Mejillones (Mytilus spp., Perna spp.)
  • Pulpos (Octopus spp.)
  • Caracoles, excepto los de mar
  • Almejas, berberechos y arcas
  • Abulones u orejas de mar
  • Los demás, incluidos la harina, polvo y «pellets», aptos para la alimentación humana:

Como el producto que se está clasificando es Vieiras destinadas para el consumo humano, se puede concluir que este producto se clasifica en la primera subpartida que hace referencia a Vieiras, volandeiras y demás moluscos de los géneros Pecten, Chlamys o Placopecten. Esta subpartida de primer nivel tiene subpartidas de segundo nivel por lo que se procede a compararlas:

-- Vivos, frescos o refrigerados:

-- Congeladas:

-- Los demás:

Dentro de esta subpartida, existen subpartidas de tres guiones:

--- Vieiras (concha de abanico) (Pecten jacobaeus)

---- Vivas

---- Frescas o refrigeradas

--- Los demás:

Finalmente se concluye que la subpartida a la pertenece nuestro producto es la que hace referencia a Vieiras (concha de abanico) refrigeradas, lo cual coincide con las características que se definieron en un inicio.

0307.21.10.20 ---- Frescas o refrigeradas

Resumen:

Nombre del producto: Vieiras refrigeradas

Sección I:  Animales vivos y productos del reino animal

Capítulo 3:  Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos

Partida 03.07: Moluscos, incluso separados de sus valvas, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; moluscos ahumados, incluso pelados o cocidos, antes o durante el ahumado; harina, polvo y «pellets» de moluscos, aptos para la alimentación humana.

Subpartida 0307.21.10.20: ---- Frescas o refrigeradas

Información arancelaria (tributos)

FODINFA: 0,5%

ARANCEL ADVALOREM: 30%

IVA: 12%

La aplicación de todos estos tributos se debe realizar sobre la BASE IMPONIBLE.

La validación de vigencia de arancel fijo se realiza en la Fecha de Aceptación de la Declaración Aduanera.

Restricciones y prohibiciones

  • Documento de soporte: Autorización para la importación de productos de la pesca, procesados y harina de pescado emitido por la Subsecretaría de Recursos Pesqueros. La Instancia para la Validación de Vigencia de Restricción es la Fecha de cierre de Aforo.

Conclusión

Una vez analizadas las Notas Legales de Sección y Capítulo, y Notas explicativas de Partidas y Subpartidas y con la correcta aplicación de las Reglas de Interpretación 1 y 6, se concluye que el producto que tiene por nombre “Vieiras refrigeradas” que es un producto perteneciente a los moluscos destinado para el consumo humano. Se clasifica en la Sección I “Animales vivos y productos del reino animal”, Capítulo 3 “Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos”, Partida 03.07 “Moluscos, incluso separados de sus valvas, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; moluscos ahumados, incluso pelados o cocidos, antes o durante el ahumado; harina, polvo y «pellets» de moluscos, aptos para la alimentación humana.” y finalmente, en la subpartida arancelaria 0307.21.10.20 “---- Frescas o refrigeradas”

Para la importación de esta mercancía se debe obtener una Autorización para la importación de productos de la pesca, procesados y harina de pescado emitido por la Subsecretaría de Recursos Pesqueros, cuya Instancia para la Validación de Vigencia de Restricción es la Fecha de cierre de Aforo.

Recomendaciones

  1. Analizar el producto a comercializar e identificar sus principales características, descripción, a qué tipo de especie pertenece, etc.
  2. Aplicar de manera correcta las RGI, Notas de Capítulo, Notas Legales y Explicativas, para así determinar la correcta partida y subpartida arancelaria.
  3. Consultar los tributos a pagar y las restricciones y prohibiciones del producto que se requiere para su importación.

Referencias

Resolución N°. 020-2017 (República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior, Ministerio de Comercio Exterior.) Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Secretaría General. Comunidad Andina.

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Vieira: características, descripción y curiosidades. https://www.pescaderiascorunesas.es/mariscos/vieira

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