- INTRODUCCIÓN
Las pipas, pepitas de girasol, semillas de girasol, son semillas comestibles de cereales los aquenios de la planta llamada comúnmente girasol. Usualmente, se vende el fruto completo o sin la cáscara, consumiéndose el interior como aperitivo, y desechando la cáscara.
Son muy ricas en potasio, un mineral presente en todos los alimentos que regula el metabolismo del agua en el organismo. Por este motivo, resultan muy beneficiosas para personas con problemas de hipertensión, trastornos circulatorios como edemas y para deportistas.
- REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA
Para determinar la clasificación arancelaria del producto es necesario la utilización de las siguiente Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura arancelaria ya que esta es aplicara siempre.
RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.
- POSICIÓN ARANCELARIA
Sección
ll Productos del Reino Vegetal
Capítulo
12 – Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos;
plantas industriales o medicinales; paja y forraje
Partida
12.06 – Semillas de girasol, incluso quebrantadas
Subpartida
1206.00.– Semillas de girasol,
1206.00.90.00 – Los demás.
- INFORMACIÓN ARANCELARIA
Arancel Advalorem 15%
AEC 15%
Arancel Específico $0.00
Fodinfa 0.50%
I.V.A.12%
I.C.E.0%
Unidad Físicas: Kg bruto
- CONCLUSIONES
En virtud del análisis merco lógico y arancelario aplicado a la información técnica investigada, e concluye que, en aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) 1 y 6, para la mercancía denominada comercialmente con el nombre de “Semillas de girasol”, se clasifica dentro del Arancel del Ecuador (Sexta Enmienda), en la partida arancelaria 12.06, subpartida arancelaria “1206.00.90.00 - - Semillas de girasol, las demás”.
Por otra parte, Ecuador importó alrededor de $900k en Semillas de girasol, los últimos años convirtiéndose en el importador número 96 de Semillas de girasol en el mundo, así mismo es el producto número 720 mas importado en el país.
REFERENCIAS
RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.
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