¡Se acerca el invierno, vístete adecuadamente sin perder el estilo! Te enseño a clasificar el clásico Jersey de algodón y fibra sintética

Descripción del producto

El jersey es una prenda que se caracteriza por estar fabricada en tejido grueso para ser usado como prenda de abrigo, que suele ser de punto, concretamente algodón inferior a 85% en peso y con fibras sintéticas o artificiales. Y lo más habitual es que sea cerrado y sin gorro; por lo tanto, suele dar una apariencia más formal a quién lo lleva.

Reglas generales interpretativas

Es importante tomar en cuenta las reglas generales interpretativas del sistema armonizado para clasificar de forma correcta a nivel de partida la mercancía.

Primera regla general: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

De esta forma según esta regla, los hilos de poliéster deben clasificarse en:

Sección XI: Materias textiles y sus manufacturas

Capítulo 52: Algodón

Partida 54.10: Tejidos de algodón con un contenido de algodón inferior al 85% en peso, mezclado exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, de peso inferior o igual a 200 g/m2.

Segunda regla general: Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia.  

Por lo que es importante tomar en cuenta las notas explicativas para determinar la correcta subpartida de la mercancía.

Notas explicativas:

  • Esta partida comprende los tejidos que por aplicación de la Nota 2 de la Sección XI se consideren tejidos de algodón (véase también el apartado I-A de las Consideraciones Generales de la Sección XI) y que satisfagan las siguientes condiciones:
  1. Que el contenido de algodón sea inferior al 85% en peso;
  2. Que estén mezclados exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales;
  3. De un pero inferior o igual a 200 g/m2.

Se recuerda que, para el cálculo de las proporciones, el peso total de fibras sintéticas o artificiales debe tomarse en consideración sin establecer diferencias entre filamentos y fibras discontinuas.

Así se especifica que la subpartida de la mercancía es: 5210.11.00.00 - - De ligamento tafetán

Tributos aduaneros:

AD VALOREM                         10%

IVA                                            12%

FODINFA                                  0,5 %

ARANCEL ESPECÍFICO         USD 5.5

Conclusión:

Con el análisis realizado de las reglas generales interpretativas 1 y 2, además de analizar las notas explicativas se puede concluir que la clasificación arancelaria adecuada de la mercancía “Jersey de algodón y fibra sintética” es: la subpartida: 5210.11.00.00 - - De ligamento tafetán

Recomendaciones:

- Se recomienda realizar la clasificación arancelaria en base a las Reglas Generales Interpretativas para realizarlo de forma correcta.

- Siempre es recomendable revisar las notas explicativas del sistema armonizado, ya que aclaran diversas interrogantes que podrían surgir durante el proceso de clasificación. Estas notas proporcionan detalles específicos sobre las características de los productos incluidos en una determinada partida, lo que facilita la eliminación de opciones de posición arancelaria.

Referencias:

Atlas. ¿Sudadera o Jersey? Claves para elegir. https://atlasstoked.com/blog/post/sudadera-o-jersey-claves-para-elegir.html#:~:text=Por%20lo%20general%2C%20el%20jersey,formal%20a%20qui%C3%A9n%20lo%20lleva.

Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf%C2%A0

Importaciones ecuador. Notas explicativas. https://www.importacionesecuador.com.ec/notas-explicativas-del-sistema-armonizado/seccion-xi/capitulo-52/partida-5210#google_vignette 

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