¿Sabías que los plotters de corte poseen un campo de silencio que permite una armonía al momento de trabajar y no daña la salud auditiva? Ven te enseño su clasificación arancelaria

Los plotters de corte son unas máquinas que se asemejan a una impresora, su función principal es cortar diseños que luego de fijan a otra superficie. Pueden fijarse en camisetas, paredes, cristales. También son muy usadas en costura para patchwork y quilting.

 

Características Técnicas:

 

  • Ancho máximo de material/corte (sin tapete): 35 cm (A) x 500cm (L)
  • Ancho máximo de material/corte (con tapete): 30 cm (A) x 60 cm (L)
  • Fuerza máxima: 800g
  • Numero de cabezales de corte: 1
  • Corte de contorno automático: cámara
  • Motor: Stepper
  • Memoria del procesador: 128 mb
  • Precisión de corte: +/- 0.01 mm
  • Precisión de repetición: 0.082 mm
  • Velocidad máxima de movimiento: 700 mm/s
  • Velocidad máxima de corte: 600 mm/S
  • Interfaz del conector: USB, Flash, Wifi
  • Entorno operativo: 5°c – 35°c
  • Dimensiones: 60.5 cm L x 18.5 cm W x 19 cm H
  • Peso: 7 kg
  • Dimensiones del paquete: 68 cm L x 27.5 W x 28.5 H
  • Peso del paquete: 11.8
  • Artículos incluidos en la caja: porta navajas, dos navajas de 45°, navaja de 60°, adaptador de marcado, cable USB, fuente de alimentación, documentación, tapete de corte con adherencia, hoja protectora.

 

REGLA 3

Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue:

  1. a) La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos, en el caso de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa;
  2. b) Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasificarán según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo;
  3. c) Cuando las Reglas 3 a) y 3 b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.

 

NOTA EXPLICATIVA

 

  1. I) Esta Regla prevé tres métodos de clasificación de las mercancías que, en principio, pudieran incluirse en varias partidas por aplicación de la Regla 2 b), o en cualquier otro caso. Estos métodos se aplican en el orden en que figuran en la Regla. Así, la Regla 3 b) sólo se aplica si la Regla 3 a) no aporta ninguna solución al problema de clasificación y la Regla 3 c) entrará en juego si las Reglas 3 a) y 3
  2. b) son inoperantes. El orden en el que sucesivamente hay que considerar los elementos de la clasificación es el siguiente: a) la partida más específica, b) el carácter esencial y c) la última partida por orden de numeración.

 

Susceptibilidad de Clasificación Arancelaria

8441.10.00.00

 

  1. Partida 84.41 (Por Función de Cortador)

Las demás maquinas y aparatos para el trabajo de la pasta de papel, del papel o cartón, incluidas las cortadoras de cualquier tipo.

  1. Partida 84.77 (Por Función de Cortadora de plásticos o caucho)

Maquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprometidos en otra parte de este capítulo.

 

Nota Explicativa según Capítulo 84

 

84.41 (Por función de cortadora)

Las demás máquinas y aparatos para el trabajo de la pasta de papel o cartón, incluidas las cortadoras de cualquier tipo.

 

84.41.10 (Cortadoras)

Entre las máquinas y los aparatos comprendidos aquí se pueden citar: Las guillotinas cortadoras y cizallas de cuchillos múltiples para cortar en hojas incluidas, las maquinas cortadoras longitudinales y transversales para máquinas de fabricación de papel, maquinas de recortar o desbarbar los libros antes de la encuadernación y las maquinas para hacer las muescas así como las cizallas, guillotinas y aparatos para cortar fotografías sobre papel o cartones usados en fotografías pero con exclusiones para los aparatos para cortar los filmes o películas del tipo cinematográficos.

 

IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR

 

Establecidos en leyes orgánicas y ordinarias, cuyos hechos generadores guarden relación con el ingreso o salida de mercancías.

FODINFA: Fondo de Desarrollo para la Infancia. Este tributo tiene grava un valor de 0.5% sobre el valor CIF (costo, seguro Flete), lo pagan todas las importaciones a consumo.

IVA (Impuesto al Valor Agregado): Grava al valor de la transferencia de dominio o a la importación de bienes muebles de naturaleza corporal, en todas sus etapas de comercialización, así como a los derechos de autor, de propiedad industrial y derechos conexos.

Fuentes:
- Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, artículo 18.

- SENAE: Manual Especifico para la Generación de Liquidación Manual de Tasas por Servicios Aduaneros. https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/res/2015/senae-mee-2-7-005-v1.pdf&ved=2ahUKEwikp_7njezqAhXoUN8KHReBCgEQFjABegQIDBAH&usg=AOvVaw0H1PRREtbFPq6Tp45g9oTN

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

Autor:

Rodríguez Vélez María Victoria

 

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