INTRODUCCIÓN
El polvo de hornear es un producto para cocinar que ayuda a esponjar la mezcla de pastelería o pasta, no se considera tóxico cuando se utiliza en la cocina y la repostería.
Es un agente leudante con bicarbonato de sodio y un agente que absorbe la humedad (por lo general es fécula). Este ingrediente actúa de forma más rápida que proporciona los mismos beneficios: da volumen y esponja las preparaciones.
REGLAS DE CLASIFICACIÓN
Regla 1
Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).
Regla 6
La clasificación de mercancías en las su partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario.
POSICIÓN ARANCELARIA
SECCION IV: Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados
Capítulo 21: Preparaciones alimenticias diversas
Partida 21.02: Levaduras (vivas o muertas); los demás microorganismos monocelulares muertos (excepto las vacunas de la partida 30.02); polvos para hornear preparados.
Subpartida 2102.30.00.00: Polvos preparados para esponjar masas
INFORMACIÓN ARANCELARIA
Salvaguardia: 0 %
Iva: 12%
Arancel Advalorem: 15%
Fodinfa: 0.5%
MEDIDAS NO ARANCELARIAS
- Ninguna
CONCLUSIÓN
Se puede concluir que el polvo de hornear está clasificado en la sección IV en los productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados, en el capítulo 21 con la partida 21.02 donde se refiere a las levaduras (vivas o muertas); los demás microorganismos monocelulares muertos (excepto las vacunas de la partida 30.02); polvos para hornear preparados, con la subpartida 96.09.20.00.00. de polvos preparados para esponjar masas.
RECOMENDACIÓN
Se recomienda tener muy en cuenta al momento de realizar la consulta que la información que se está adquiriendo sea de una página confiable y la información arancelaria, ya que cada producto es diferente, estos trámites aduaneros facilitan una gestión eficiente de costos y cumplimiento normativo en las operaciones comerciales.
BIBLIOGRAFÍA
Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.
https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *
https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
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