Clasificación arancelaria del " Filete de bagre congelado"

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Descripción del producto: Filete de bagre congelado

El filete de bagre es un pez de carne blanca, sabor agradable y gran consistencia. Tiene un alto contenido en proteínas y al igual que la mayoría de los pescados de carne blanca, es bajo en sodio, grasas y calorías. Su consumo aporta ácidos grasos Omega-3 y Omega-6. Se presenta en estado de congelación.

Reglas Generales Interpretativas De La Nomenclatura Arancelaria

Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos o de las subpartidas solo tienen valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.

Regla 6.- La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Por lo que se puede identificar a la partida 03.04  Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados. 

Notas Explicativas

Consideraciones generales

Se entenderá por “congelado” el producto enfriado por debajo del punto de congelación hasta su congelación total.

03.04 Filetes Y Demas Carne De Pescado (Incluso Picada), Frescos, Refrigerados O Congelados.

  1. Los filetes de pescado.

Se entenderá por filetes de pescado para la aplicación de esta partida las tiras de carne de pescado extraídas paralelamente a la espina dorsal, que constituyen su lado derecho o izquierdo, siempre que se hayan separado cabeza, vísceras, aletas (dorsales, anales, caudales, ventrales, pectorales), espinas (columna vertebral o espina dorsal, espinas ventrales o costales, hueso branquial o estribo, etc.) y que los dos lados no estén unidos entre sí, por ejemplo, por el dorso o por el vientre.

La presencia eventual de piel, que a veces se mantiene unida al filete para conservar la cohesión o para facilitar el corte ulterior en rodajas, no modifica la clasificación de estos productos. Lo mismo puede decirse en cuanto a la presencia de espinas menudas, que no se han eliminado totalmente.

También corresponden a este grupo los filetes cortados en trozos.

Los filetes cocidos o simplemente rebozados con pasta o pan rallado (empanados), estén o no congelados, se clasifican en la partida 03.04 Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados. 

Consideraciones generales

Esta partida comprende los filetes y demás carne de pescado (incluso picada) que se presenten solamente:

1) Frescos o refrigerados, incluso con hielo o espolvoreados con sal o rociados con agua salada, para su conservación temporal durante el transporte.

2) Congelados, casi siempre presentados en forma de bloques.

El hecho de que los filetes y demás carne de pescado (incluso picada) hayan sido ligeramente espolvoreados con azúcar o rociados con agua azucarada, no modifica la clasificación. Tampoco la modifica la presencia de algunas hojas de laurel.

Clasificación Arancelaria

Sección

I Animales Vivos Y Productos Del Reino Animal

Capítulo

 3 Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos

Partida

 03.04 Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos,

refrigerados o congelados. 

Subpartida

 0304.62.00.00 - - Bagres o peces gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias spp.,Ictalurus spp.)

Información arancelaria

Ad valorem

30%

FODINFA

0,5%

IVA

12%

Información para arancelaria

-Autorización para la importación de productos de la pesca, procesados y harina de pescado, Subsecretaría De Recursos Pesqueros (MPCEIP).

Conclusión

Luego de un análisis y revisión de reglas generales de interpretación y notas explicativas el “filete de bagre en estado de congelación” se encuentra dentro del capítulo 3 “Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos”, en la partida 0304 “Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados. ” y finalmente se clasifica en la subpartida arancelaria 0304.62.00.00 - - Bagres o peces gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias spp.,Ictalurus spp.)

Recomendación 

Importante que cada producto cuente con una ficha técnica, además de revisar previamente las reglas generales de interpretación y notas explicativas, ya que en ellas se detallan el alcance que tiene cada capítulo, partida y subpartida, logrando una visión más exacta y llegar a la subpartida correcta. Por último, revisar los documentos previos o de acompañamiento que necesita para tener todo claro al momento de importar un producto.

Referencias Bibliográficas

Resolución N°. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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