Clasificación arancelaria del " Filete de bagre congelado"
Descripción del producto: Filete de bagre congelado
El filete de bagre es un pez de carne blanca, sabor agradable y gran consistencia. Tiene un alto contenido en proteínas y al igual que la mayoría de los pescados de carne blanca, es bajo en sodio, grasas y calorías. Su consumo aporta ácidos grasos Omega-3 y Omega-6. Se presenta en estado de congelación.
Reglas Generales Interpretativas De La Nomenclatura Arancelaria
Regla 1.- Los títulos de las secciones, capítulos o de las subpartidas solo tienen valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes.
Regla 6.- La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Por lo que se puede identificar a la partida 03.04 Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados.
Notas Explicativas
Consideraciones generales
Se entenderá por “congelado” el producto enfriado por debajo del punto de congelación hasta su congelación total.
03.04 Filetes Y Demas Carne De Pescado (Incluso Picada), Frescos, Refrigerados O Congelados.
- Los filetes de pescado.
Se entenderá por filetes de pescado para la aplicación de esta partida las tiras de carne de pescado extraídas paralelamente a la espina dorsal, que constituyen su lado derecho o izquierdo, siempre que se hayan separado cabeza, vísceras, aletas (dorsales, anales, caudales, ventrales, pectorales), espinas (columna vertebral o espina dorsal, espinas ventrales o costales, hueso branquial o estribo, etc.) y que los dos lados no estén unidos entre sí, por ejemplo, por el dorso o por el vientre.
La presencia eventual de piel, que a veces se mantiene unida al filete para conservar la cohesión o para facilitar el corte ulterior en rodajas, no modifica la clasificación de estos productos. Lo mismo puede decirse en cuanto a la presencia de espinas menudas, que no se han eliminado totalmente.
También corresponden a este grupo los filetes cortados en trozos.
Los filetes cocidos o simplemente rebozados con pasta o pan rallado (empanados), estén o no congelados, se clasifican en la partida 03.04 Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados.
Consideraciones generales
Esta partida comprende los filetes y demás carne de pescado (incluso picada) que se presenten solamente:
1) Frescos o refrigerados, incluso con hielo o espolvoreados con sal o rociados con agua salada, para su conservación temporal durante el transporte.
2) Congelados, casi siempre presentados en forma de bloques.
El hecho de que los filetes y demás carne de pescado (incluso picada) hayan sido ligeramente espolvoreados con azúcar o rociados con agua azucarada, no modifica la clasificación. Tampoco la modifica la presencia de algunas hojas de laurel.
Clasificación Arancelaria
Sección | I Animales Vivos Y Productos Del Reino Animal |
Capítulo | 3 Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos |
Partida | 03.04 Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados. |
Subpartida | 0304.62.00.00 - - Bagres o peces gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias spp.,Ictalurus spp.) |
Información arancelaria
Ad valorem | 30% |
FODINFA | 0,5% |
IVA | 12% |
Información para arancelaria
-Autorización para la importación de productos de la pesca, procesados y harina de pescado, Subsecretaría De Recursos Pesqueros (MPCEIP).
Conclusión
Luego de un análisis y revisión de reglas generales de interpretación y notas explicativas el “filete de bagre en estado de congelación” se encuentra dentro del capítulo 3 “Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos”, en la partida 0304 “Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados. ” y finalmente se clasifica en la subpartida arancelaria 0304.62.00.00 - - Bagres o peces gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias spp.,Ictalurus spp.)
Recomendación
Importante que cada producto cuente con una ficha técnica, además de revisar previamente las reglas generales de interpretación y notas explicativas, ya que en ellas se detallan el alcance que tiene cada capítulo, partida y subpartida, logrando una visión más exacta y llegar a la subpartida correcta. Por último, revisar los documentos previos o de acompañamiento que necesita para tener todo claro al momento de importar un producto.
Referencias Bibliográficas
Resolución N°. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.
Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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