Introduccion 

La firma electrónica es el equivalente de la firma manuscrita, con la diferencia que la primera se realiza por medios electrónicos, y la segunda proviene de nuestro “puño y letra”. Con el estampado de la firma -sea electrónica o manuscrita- queda registrada la responsabilidad que tenemos como remitentes del documento que suscribimos o firmamos, damos cuenta de nuestra autoría y nos identificamos plenamente.

 Desarrollo

Con la firma electrónica pueden realizarse diferentes tipos de transacciones a través de Internet sin necesidad de desplazarse ni hacer filas, de esta forma los trámites se agilitan y aumenta la transparencia, lo que se traduce en ahorros significativos de tiempo y dinero, reducción del impacto ambiental, se impulsa el teletrabajo.

REQUISITOS PARA SOLICITAR TU FIRMA ELECTRÓNICA PARA PERSONAS NATURALES

  • Válido de 1 a 5 años.
  • Antes de enviar la solicitud en línea, debes tener listos los siguientes requisitos en formato PDF,que no pesen más de 7mb y no deben contener en su nombre caracteres especiales.
  • Ser persona física y mayor de edad. El trámite es de carácter personal a excepción de que solicite el servicio de validación en línea
  • Copia a color de la cédula o pasaporte en caso de extranjeros.
  • RUC (es obligatorio solo para importadores/exportadores; para personas que vayan hacer facturación electrónica, y SERCOP . Puede descargarlo en la página del SRI https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT siguiendo la ruta: GENERAL>CERTIFICADOS TRIBUTARIOS>REIMPRESIÓN DE RUC.

 

REQUISITOS PARA SOLICITAR TU FIRMA ELECTRÓNICA PARA REPRESENTANTE LEGAL

Válido de 1 a 5 años (Dependerá del número de años que tenga el nombramiento).

Antes de enviar la solicitud en línea, debes tener listos los siguientes requisitos en formato PDF,que no pesen más de 7mb y no deben contener en su nombre caracteres especiales.

Para empresas REGULADAS por la Superintendencia de Compañías
El trámite es de carácter personal, a excepción de que solicite el servicio de validación en línea

Para empresas NO REGULADAS por la Superintendencia de Compañías
El trámite es de carácter personal, a excepción de que solicite el servicio de videoconferencia.

  • Copia original de la cédula o pasaporte en caso de extranjeros.
  • RUC electrónico. Puede descargarlo en la página del SRIhttps://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT , siguiendo la ruta: GENERAL>CERTIFICADOS TRIBUTARIOS>REIMPRESIÓN DE RUC.
  • Copia a color del nombramiento vigente del representante legal.
  • Copia a color de la constitución o del documento equivalente de la Empresa solicitante.

CONCLUSIONES

La firma electrónica es el archivo o documento electrónico resultante. Este es el documento válido a efectos legales y el que debes conservar. Cualquier impresión o representación gráfica que se haga de él solo es válido en los términos que determine el destinatario de la firma. En general, en este caso, la firma impresa debará contener un CSV o Código Seguro de Verificación que permite contrastar la copia impresa con la original electrónica.

 

Fuente de consulta

https://www.securitydata.net.ec/firma-electronica-en-ecuador/?utm_term=firma%20electronica&utm_campaign=FirmaElectronica_Search&utm_source=adwords&utm_medium=ppc&hsa_acc=4696842988&hsa_cam=1629898722&hsa_grp=124117945626&hsa_ad=311834439251&hsa_src=g&hsa_tgt=kwd-356344046794&hsa_kw=firma%20electronica&hsa_mt=p&hsa_net=adwords&hsa_ver=3&gclid=CjwKCAjw4KyJBhAbEiwAaAQbEwbGLVcay4l7jtKTKW7QBAFLnYcOfz7DO3iTB9qF9pHShRNsPPhlZBoCgrAQAvD_BwE#tabs_firma|2

 

 

 

 

 

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