Para lograr una clasificación arancelaria correcta, se requiere tomar en consideración algunos puntos importantes, como lo son: la merceología, las reglas generales, las notas legales y las notas explicativas; ya que permiten determinar una codificación arancelaria bien sustentada para los procesos aduaneros correspondientes.

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Al hablar de merceología nos referimos a un neologismo que tiene por objeto el estudio de las mercancías; de tal forma que describen su historia, origen (natural, artificial, animal, vegetal o mineral), características físicas (densidad, maleabilidad, ductilidad, conductividad, entre otros), características químicas (color, sabor, olor), alteraciones (cambios climáticos, luz, calor, humedad, frío), y propiedades (utilización, producción y continentes donde se transportan).

Por otro lado, las Reglas Generales son aquellas que establecen los principios generales que rigen el Sistema Armonizado de las mercancías. A través de ellas se define su sustento legal, metodología y sus criterios de aplicación, lo cual no admite la posibilidad de una doble clasificación para una mercancía igual.

En cambio, las Notas Legales son las que definen el alcance, límites y contenidos de cada sección, capítulo, partida y subpartida. Estas son las que le dan el sustento legal a la clasificación. Dichas notas pueden ser de distintos tipos: definitorias, ampliatorias, restrictivas, clasificatorias, excluyentes, incluyentes, ilustrativas o mixtas.

Las Notas Explicativas precisan el contenido y alcance de las secciones, capítulos, subcapítulos, partidas y subpartidas de la nomenclatura arancelaria y consisten en un compendio enciclopédico en el que se analizan los aspectos científicos y comerciales de las mercancías, los procedimientos para su extracción o elaboración, los usos a los que comúnmente se destinan y la clasificación arancelaria de seis dígitos.

En conclusión se puede determinar que tomar en cuenta todos estos aspectos, le permite al operador de comercio exterior tener mayor seguridad en la clasificación arancelaria ya que podrá respaldarse en dicha información; minimizando los posibles inconvenientes por motivos de clasificación con la Aduana correspondiente.

Bibliografía:

ALADI. (2020). La Nomenclatura y la Clasificación Arancelaria de Mercancías. Obtenido de Serie Fichas Aladi: http://www2.aladi.org/biblioteca/Publicaciones/ALADI/Secretaria_General/Fichas_ALADI/03_Nomenclatura.pdf

González, R. (4 de Noviembre de 2019). Reglas generales para la interpretación de la nomenclatura del sistema armonizado. Obtenido de Estrategia Aduanera: https://www.estrategiaaduanera.mx/reglas-generales-para-la-interpretacion-de-la-nomenclatura-del-sistema-armonizado/

Martínez, M., López, I., & Ortiz, R. (2014). La aplicación del método deductivo en la clasificación arancelaria de mercancías. Obtenido de Universidad Politécnica Metropolitana de Hidalgo: https://www.ecorfan.org/handbooks/Ciencias%20Administrativas%20y%20Sociales%20T_V/articulo_7.pdf

 

AUTOR/A: Andrea Fernanda Navarrete Villamarin

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