¡Plumón de ganso el mejor relleno para tus almohadas! – Aprende a clasificarlo!

Descripción del producto: 

Genéricamente se le dice plumas a todo el plumaje de las aves. Sin embargo, parte de él es también lo que llamamos plumón. El Plumón es aquello que crece debajo de las plumas que cubren el pecho de las aves acuáticas como el ganso. El núcleo de este material es casi invisible, pareciendo que solo está formado por capilares muy delgados y suaves. El plumón, a diferencia de la pluma, no tiene un tallo visible como núcleo de las fibras. Esto hace que la suavidad del plumón sea más notoria.

La cantidad de plumón que se encuentra en un ave es mucho menor en relación a la cantidad de plumas, por lo que el precio del plumón es siempre más costoso. Combinar ambos en una almohada o edredón hará un producto de muy buena calidad a un buen precio. El plumón suele ser un mejor termoaislante que la pluma por la cualidad de sus fibras. Sin embargo, ambos son materiales con una buena capacidad de abrigo.

Notas de capitulo:  

Capítulo 5: 

  1. Este Capítulo no comprende
    a):los productos comestibles, excepto las tripas, vejigas y estómagos de animales, enteros o en trozos, y la sangre animal (líquida o desecada);
    b) los cueros, pieles y peletería, excepto los productos de la partida 05.05 y los recortes y desperdicios similares de pieles en bruto de la partida 05.11 (Capítulos 41 o 43);
    c) las materias primas textiles de origen animal, excepto la crin y los desperdicios de crin (Sección XI);
    d) las cabezas preparadas para artículos de cepillería (partida 96.03).
  2. En la partida 05.01 también se considera cabello en bruto el extendido longitudinalmente pero sin colocarlo en el mismo sentido.
  3. En la Nomenclatura se considera marfil la materia de las defensas de elefante, hipopótamo, morsa, narval o jabalí y los cuernos de rinoceronte, así como los dientes de todos los animales.
  4. En la Nomenclatura se considera crin, tanto el pelo de la crin como el de la cola de los équidos o de los bóvidos.

 Notas Explicativas  

Siempre que se presenten en bruto o que sólo se hayan sometido a manipulaciones de limpieza, desinfección o tratamiento exclusivamente destinado a la conservación, la presente partida comprende:

1) Las pieles y demás partes de aves (tales como cabeza, alas, etc.) con sus plumas o plumón.

2) Las plumas y partes de plumas (incluso recortadas), así como el plumón.

Esta partida comprende igualmente el polvo, harina y desperdicios de plumas o de partes de plumas.

El hecho de que se trate de plumas o plumón para relleno o para artículos ornamentales (generalmente después de una preparación más completa) o para cualquier otra finalidad, no afecta su clasificación.

Las partes de plumas de esta partida también comprenden las plumas hendidas en el sentido de la longitud, las barbas separadas del astil (incluso recortadas), aunque permanezcan unidas entre sí en la base por una especie de piel procedente del astil, los cañones y los astiles.

Las plumas y el plumón quedan clasificados aquí, aun cuando, para facilitar la venta al por menor, se presenten dentro de talegos de tela ordinaria que no puedan considerarse cojines o edredones. Lo mismo sucede con las plumas simplemente ensartadas para facilitar el transporte. Las pieles y demás partes de ave, las plumas y partes de plumas, sometidas a un trabajo más completo que los previstos en esta partida (tales como el blanqueo, teñido, rizado, gofrado) o que estén montadas, así como los artículos confeccionados con plumas, etc., se clasifican en general, en la partida 67.01 (véase la Nota explicativa de esta partida). Los cañones de plumas trabajados y los artículos con cañones de pluma, se clasifican según su naturaleza (por ejemplo: flotadores para la pesca con caña, partida 95.07 y mondadientes en la partida 96.01)

Notas Explicativa de subpartida

Subpartida 0505.10: Se entenderá por plumas de los tipos utilizados para relleno, las plumas de aves de corral (principalmente ganso o pato), de paloma, perdiz o aves similares, excepto las plumas grandes de las alas o de la cola, así como las plumas grandes separadas al clasificarlas. El plumón es la parte más fina y suave del plumaje, especialmente de los gansos y patos y se diferencia de las plumas por la falta del astil rígido. Estas plumas y plumón se utilizan principalmente para el relleno de artículos de cama o de otros artículos, tales como cojines o prendas de vestir aislantes (por ejemplo, “anoraks”).

Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado 

RGI N°1.- Los títulos de las secciones, capítulos o de las subpartidas solo tienen valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarios a los textos de dicha partidas y Notas, de acuerdo a las reglas siguientes. 

  • Por tal motivo el plumón de ganso se clasifica en la partida 05.05 ya que como su texto de partida indica que esta mercancía está dentro del capítulo para poder ser considerado dentro del mismo.

RGN N°6.- La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

  • Por tal motivo y como muestra el texto de la subpartida 0505.10.00.00 se incluye el plumón para relleno en esta categoría ya que las mismas están destinadas para ser relleno de almohadas.

Clasificación Arancelaria 

Sección 

I

ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL

Capítulo 

5

LOS DEMÁS PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE.

Partida 

05.05

Pieles y demás partes de ave, con sus plumas o plumón, plumas y partes de plumas (incluso recortadas) y plumón, en bruto o simplemente limpiados, desinfectados o preparados para su conservación; polvo y desperdicios de plumas o de partes de plumas.

Subpartida 

0505.10.00.00

  Plumas de las utilizadas para relleno; plumón

Notas Explicativas 

 

NE - Tomo I - Pág. 32 - Párrafos  (1) (2)  (4)

NE Subpatida 0505.10 - Tomo I - Pág. 33

 
Información Arancelaria 

Ad valorem

10% 

FODINFA 

0,5%

IVA 

12% 

ICE 

0% 

 
Información Para Arancelaria   

Requisitos 

  • Documento de Destinación Aduanera - AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO - AGROCALIDAD
  • Permiso Zoosanitario de Importación - AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO - AGROCALIDAD

Prohibiciones 

  • Importación: República Popular Democrática de Corea del Norte, Taiwan, Iraq, Cambodia, Vietman, Ucrania, Rusia, Paquistan, Nigeria, Turquia, Tailanda, Rusia, Japón.
  • Exportación: República Popular Democrática de Corea del Norte, Taiwan, Iraq, Cambodia, Vietman, Ucrania, Rusia, Paquistan, Nigeria, Turquia, Tailanda, Rusia, Japón.

Conclusión 

El análisis indica que la mercancía denominada como “Plumón de ganso para relleno”, se encuentra dentro del Capítulo 05 del Sistema Armonizado correspondiente a LOS DEMÁS PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE., específicamente en la subpartida 0505.10.00.00  “Plumas de las utilizadas para relleno; plumón” dado a que corresponde a la partida arancelaria 0505  Pieles y demás partes de ave, con sus plumas o plumón, plumas y partes de plumas (incluso recortadas) y plumón, en bruto o simplemente limpiados, desinfectados o preparados para su conservación; polvo y desperdicios de plumas o de partes de plumas.

Recomendación  

El conocer las características y en qué condiciones se trae la mercancía ayuda a lograr clasificarla con éxito, ya que si no se conoce lo que se va a traer se corre el riesgo de clasificarla en una subpartida a la cual no corresponde y esto a su vez genera problemas en Aduana. Por consiguiente, la subpartida a la que pertenece un producto es muy importante ya que esto permite que esta mercancía ingrese al país de forma legal y sin ninguna restricción, así mismo gracias a esta información se puede tomar a consideración cuales son los valores que se deben pagar como tributos al Comercio Exterior.

 

Referencias 

 Comité de Comercio Exterior del Ecuador. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. 

https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX0202017.pdf 

 Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.  https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/ 

 

 

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales