El SENAE establece los niveles de control de las declaraciones aduaneras y documentos de transporte, en base a criterios de selectividad o indicadores de riesgo a través de herramientas informáticas que analizan Big Data, respecto a la percepción de riesgo que tiene la administración aduanera.

En el Art.146 del Cófigo Orgánico de Producción, Comercio e inversiones (COPCI) se establece que los perfiles de riesgo son: 

La Aplicación de criterios o métodos selectivos, basados en  criterios de gestión de riesgo para la aplicación de perfiles de riesgo, respecto de los tipos de aforo que deben practicarse en el despacho aduanero.

Para ello cabe recordar los tipos de aforo a los que se puede someter la mercancía, estos son:

  • Aforo físico (intrusivo, no intrusivo)
  • Aforo Documental 
  • Aforo automático

Existen dos momentos para uso de perfiles de riesgo en el control aduanero:

  1. Se inicia tras la existencia de algún documento que implique que la mercancía se destinará a un régimen u operación aduanera, por ejemplo: el manifiesto de carga, la declaración previa, facturas, etc.; y concluye cuando la mercancía es puesta a disposición de la autoridad aduanera. 
  2. En esta primera Fase, se detallan las actividades que se llevan a cabo por parte de los departamentos que efectúan controles, en este caso, por parte de funcionarios del Departamento de Inteligencia Aduanera de la Gerencia de Fiscalización.

La información se podrá obtener a través del sistema, en base al Art. 5 de la Decisión 574, sobre las acciones de investigación directa, las cuales son las siguientes:

  1. Sobre antecedentes en poder de la administración aduanera relativos al consignatario, al importador o exportador de las mercancías, a las personas que intervengan en la operación como intermediarios o representantes;
  2. Sobre la información contenida en los manifiestos provisionales y manifiestos definitivos;
  3. Sobre los medios de transporte;
  4.  Sobre las unidades de carga; o,
  5. Sobre las mercancías descargadas.
  6. Para esto se trabaja con la información contenida en el manifiesto previo se consolidará como manifiesto definitivo en el momento de la llegada del medio de transporte al territorio aduanero comunitario

Herramienta de perfiles de riesgo compuesta de 3 modelos:

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Elaborado por: Andrea Quiñonez

Fuente: SENAE

CONCLUSIONES

La actividad de  control aduanero está bajo la tutela del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, cuenta con diferentes tipos de control los cuales se ejecutan por el nivel de riesgo de cada operador, el cual es determinado según el criterio de la administración aduanera a través del análisis de datos con los que cuenta la aduana.

RECOMENDACIONES

Es de vital importancia que tanto importadores como exportadores manejen un correcto uso de sus perfiles, es decir traten de hacer las cosas de tal manera que aduana en su sistema lea un excelente comportamiento de parte de los operadores, como resultado es probable que el tipo de aforo a realizar a la mercancía sea el más sencillo posible

FUENTES

SENAE. (2010). Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones R. O. 351. Recuperado de: https://www.aduana.gob.ec/wpcontent/uploads/2018/08/CODIGO_ORGANICO_DE_LA_PRODUCCION__COMERCIO_E_INVER_974.pdf

SENAE. (2010). Reglamento del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Libro V: Facilitación Aduanera para el Comercio.

CAN. (2012). DECISION 574. Recuperado de: http://www.comunidadandina.org/StaticFiles/DocOf/DEC778.pdf

AUTORA: Andrea Quiñonez

 

 

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