Introducción
Pieza ligera de madera con un gancho, que puede colgarse a una barra sujeta a la pared o a un palo largo de un pie que se apoye en el suelo, y que sirve para ser utilizada como colgadero de ropa u otros objetos, ya que tiene forma de hombros humanos y está diseñado para facilitar la manera de colgar sobre todo chaquetas, camisas, blusas o vestidos de una manera que prevenga las arrugas de los mismos, con una barra más baja para poder colgar pantalones, y demás prendas de vestir.
Especificación
- Material principal: Madera
- Peso:108g
- Tamaño: 44 x 1 x 14 cm / A x L x H
Reglas Generales Interpretativas De La Nomenclatura Arancelaria
Para realizar la clasificación arancelaria del producto en cuestión, se deben aplicar las Reglas Generales de Interpretación de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías; mismas que son una herramienta clave para el elegir el código que le corresponde a cada producto, por ello esta fracción arancelaria se determinó atendiendo a la Regla General Interpretativa 1.
- Regla General Interpretativa 1: señala los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas.
Citando el inciso IX de dicha regla para la aplicación de la presente Regla, se consideran manufacturas constituidas por la unión de artículos diferentes, no sólo aquéllas cuyos elementos componentes están fijados los unos a los otros formando un todo prácticamente indisociable, sino también aquéllas en que los elementos son separables, a condición de que estos elementos estén adaptados unos a otros y sean complementarios los unos de los otros y que unidos constituyan un todo que no pueda venderse normalmente por elementos separados.
Se tomaron en cuenta la sección IX y el capítulo 44.
Sección: IX Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería
Capítulo: 44 madera, carbón vegetal y manufacturas de madera
Sin embargo se encontraron dos posibles opciones para clasificar este producto, son las siguientes;
Partida: 44.20 - Marquetería y taracea; cofrecillos y estuches para joyería u orfebrería y manufacturas similares, de madera; estatuillas y demás objetos de adorno, de madera; artículos de mobiliario, de madera, no comprendidos en el Capítulo 94.
Partida: 44.21 - Las demás manufacturas de madera.
Notas Explicativas
Según las Notas explicativas de la partida 44.20, en el apartado3, se establece que, se incluyen las estatuillas y pequeños objetos de estantería o vitrina , animales y figuras diversas, etc., y se excluyen de aquí las partes de madera de los artículos de esta partida la partida 44.21), Sin embargo en las Notas explicativas de la partida 44.21, se establece que comprende el conjunto de manufacturas de madera, torneadas o sin tornear, o de marquetería o taracea, excepto las que ya están clasificadas en las partidas precedentes o comprendidas, cualquiera que sea la materia constitutiva, en otros Capítulos de la Nomenclatura (véase principalmente la Nota 1 de este Capítulo). Comprende también las partes de madera de los artículos mencionados o comprendidos en las partidas precedentes, excepto los de la partida 44.16.
Posición Arancelaria
Según lo establecido por la RGI 1 , se descarta la partida antes mencionada, y se establece que la partida que corresponde al producto "Perchas para prendas de vestir" es la 44.21.
Capítulo 44 - Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera
Partida 44.21 - Las demás manufacturas de madera.
Subpartida 4421.10.00.00 - Perchas para prendas de vestir
Información Arancelaria
- Tarifa Arancelaria 0
- FODINFA 0.5%
- V.A. 12%
- C.E. 0%
Conclusiones
En virtud del análisis arancelario aplicado a la información técnica investigada, se concluye que, en aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), la RGI 1 fueron la guía inicial para clasificar correctamente el producto perchas para prendas de vestir, mismo que se ha de clasificar en la partida 44.21. Manufacturas de madera, específicamente en la subpartida 4420.10.00.00 - Perchas para prendas de vestir.
Recomendaciones
Para clasificar correctamente productos comprendidos dentro del capítulo 44 del Arancel Nacional, es importante identificar el producto y sus características morfológicas, lo cual es sumamente necesario para evitar confusiones a la hora de hacer la respectiva clasificación las consideraciones generales del capítulo, ya que pueden existir confusiones a la hora de clasificar utensilios y marquetería de madera.
Referencias
- RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.
- SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Autor: Cristina Hernández
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