Descripción
Originario de Indonesia, el Kopi Luwak se elabora a partir de granos de café recolectados de las heces de la civeta, un animal que se alimenta principalmente de bayas de café. Cabe destacar que las enzimas del tracto intestinal de este animal reducen significativamente su amargor, otorgándole un sabor más dulce en comparación con otros cafés. El elevado costo de esté café se atribuye directamente a su producción limitada, lo que la hace casi exclusiva.
REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS
La clasificación arancelaria del Kopi Luwak se fundamenta en las siguientes Reglas Generales Interpretativas:
RGI 1: La clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
Siendo así este producto se clasifica en:
SECCIÓN II | PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL |
CAPÍTULO 9 | Café, té, yerba mate y especias |
PARTIDA | 09.01 Café, incluso tostado o descafeinado; cáscara y cascarilla de café; sucedáneos del café que contengan café en cualquier proporción |
RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel.
0901.21.10.00 | - - - En grano |
NOTAS EXPLICATIVAS
Se incluye en esta partida:
3.- El café (descafeinado o no) tostado, incluso molido.
Se excluye de esta partida:
- b) Los extractos, esencias y concentrados de café (conocidos como café instantáneo), y las preparaciones a base de estos extractos, esencias y concentrados; los sucedáneos tostados del café que no contengan café (partida 21.01).
TRIBUTOS ADUANEROS
UNIDAD FÍSICA | KG |
AD VALOREM | 15% |
IVA | 12% |
FODINFA | 0,5% |
RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES
- No requiere ningún Documento de Control Previo
- No requiere ningún Reglamento INEN
CONCLUSIÓN
Después de haber realizado el análisis de la mercancía y basándonos en las Reglas Generales Interpretativas para el producto denominado comercialmente con el nombre de “Café Kopi Luwak”, esta mercancía está clasificada dentro del ARANCEL DEL ECUADOR (Sexta Enmienda), en la sección II: REINO VEGETAL, Capítulo 9: Café, té, yerba mate y especias, en la subpartida “0901.21.10.00 - - - En grano” y encaja de manera precisa en esa sección ya que ofrece una descripción completa del producto respaldada además por las notas explicativas.
RECOMENDACIÓN
La clasificación de este producto, es esencial tener en cuenta tanto su descripción como sus atributos. Se aconseja utilizar todos los medios legales disponibles para garantizar una clasificación exacta. Además, se sugiere verificar y comparar la información recopilada con el arancel y las notas explicativas correspondientes, lo que asegurará un proceso de clasificación precisa y en concordancia con las normativas.
FUENTES:
- Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
- RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (2017). https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
- Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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