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Introducción

Azúcar, chocolate fondente (27,5%) (Azúcar, pasta de cacao, manteca de cacao, emulsionante: lecitina (soya), saborizante: vainillina (idéntico al natural)), avellanas (12,5%), manteca de cacao, suero de leche en polvo, leche descremada en polvo, cacao magro en polvo, almidón de arroz, jarabe de glucosa, emulsionante: lecitina (soya), saborizante: vainillina (idéntico al natural), colorantes artificiales.

Regla de interpretación

Regla 5 a), los envases que contengan mercancías se clasifican con ellas cuando sean de los tipos normalmente utilizados para esa clase de mercancías. Sin embargo, esta disposición no es obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida.

Nota Explicativa 

Subpartida 1806.31.

En la Subpartida 1806.31, se entiende por rellenos los bloques, tabletas, barras, barritas, constituidas por  una parte central de composición variable (por ejemplo, crema, azúcar caramelizada, coco (nuez de coco)  deshidratado, fruta, pasta de frutas, licor, mazapán, avellanas, turrón, caramelo, o combinaciones de estos productos) recubierta de chocolate. Sin embargo, los bloques, tabletas, barras, barritas, completamente de chocolate, incluso si contienen, por ejemplo, cereales o frutas (enteras o en trozos), mezclados con el chocolate, no se consideran rellenos.

Posición Arancelaria

  • Sección

IV PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LÍQUIDOS ALCOHÓLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO ELABORADOS

  • Capítulo

18.- Cacao y sus preparaciones

  • Partida

18.06 Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao.

  • Sub-Partida

1806.31.00.00 Rellenos

Información Arancelaria

Arancel Advalorem  20%

Arancel Específico $0.00

Fodinfa 0.50%

I.V.A.12%

I.C.E.0%

CONCLUSIÓN

En base a lo investigado se concluye que los chocolates de marca Noggy utiliza la Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria 5 a), se clasifica dentro del Arancel del Ecuador, en la partida arancelaria 18.06, subpartida arancelaria “1806.31.00.00 –Rellenos”.

RECOMENDACIONES

Apoyarse de los documentos como el Arancel Nacional, las reglas generales interpretativas y sobre todo de las notas explicativas ya que estas nos brindan una visión más amplia sobre las mercancías que deben ser clasificadas bajo alguna partida o subpartida. Realizar un estudio previo en el cual se logre conocer las principales características que presenta el producto.

REFERENCIAS

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

 

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