LAS ANCAS DE RANA COMO ESPECIALIDAD CULINARIA Y ATRACTIVO GASTRONÓMICO EN ECUADOR Y EL MUNDO. ¡CONOCE AQUÍ COMO CLASIFICARLAS!

Introducción

Uno de los anfibios que ha revolucionado la gastronomía en los últimos años y que ha conquistado el paladar de gustosos comensales, son las ranas. Así lo evidencia el aumento en la demanda global de ancas de rana, no solo en países europeos que son los mayores consumidores de este producto, sino también en otros lugares del mundo. La Unión Europea es el mayor importador de ranas, siendo Bélgica y Francia los países que encabezan la lista y en dónde las ancas de rana son un platillo tradicional.

Ahora hablemos un poco de los beneficios de estas especies, las ranas, en la conservación de los ecosistemas. Acertadamente se dice que la presencia de ranas es un termómetro en la salud del medio ambiente, pues una de las funciones que desempeñan es controlar las poblaciones de insectos, sirven de presa para otras especies de la cadena alimenticia, airean el suelo con sus madrigueras y filtrar el agua en su etapa de renacuajos.

En Ecuador, la producción y preparación de ancas de rana se realiza en Zamora. En este cantón del oriente amazónico, las ancas de rana son un plato común y el principal atractivo gastronómico para los turistas. Muchas de las personas que lo han probado, coinciden que su carne es exquisita y muy suave, que incluso sabe a pollo. La preparación no lleva más de quince minutos y los platos que se pueden preparar son variados.

La especie de las cuales se obtiene esta carne es la rana cartesiana o comúnmente conocida como Rana Toro. El proceso por el que deben pasar estos anfibios para que sean aptos para el consumo humano es largo, en ranarios (criaderos de rana), en donde permanecen hasta obtener el peso ideal, lo cual lleva entre cuatro y cinco meses.

La mayor parte de la producción de esta especia es enviada al extranjero, mientras que un porcentaje inferior se comercializa en Ecuador. Se puede vender por libras o vivas.

Características del producto

El producto a clasificar es Ancas de rana congeladas.

  • Producto perteneciente al sector alimenticio.
  • Grupo de alimentos: proteínas.
  • Es una carne equilibrada y de fácil digestión, alta fuente de proteína y escasa proporción de grasas y colesterol.
  • Puede definirse como carne blanca, sin que se clasifique como pescado ni como otras carnes blancas similares al pollo.
  • Es una carne hipoalergénica, que se presenta como una alternativa para aquellas personas que sufren intolerancias asociadas a otras carnes blancas como el pescado.

Descripción

Origen: Reino Animal

Grado de elaboración: Congelado

Naturaleza primaria de la mercancía: Perecible

Actividad económica: Ranicultura

Uso, destino o función: bien para el consumo humano (alimentos).

Valor nutricional: 0,3% colesterol, siendo una carne mas sana que el pescado con la misma cantidad de proteína y aminoácidos.

Peso: 180 – 200 grs por ancas de rana.

% en el peso total: 33% del animal.

Materia constitutiva: 100% carne de rana cartesiana o rana toro

Almacenamiento/conservación: cámaras frigoríficas a 20ºC, tiempo máximo 3 semanas.

Análisis arancelario

Inicialmente establecemos las posibles Secciones y Capítulos en los que la mercancía se puede clasificar:

  • Sección I: Animales Vivos y productos del Reino Animal
  • Capítulo 2: Carne y despojos comestibles

En este caso, existe una sola sección y capítulo en que la mercancía puede clasificarse, considerando las características y descripción de la misma.

Tomando en cuenta la RGI 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”

Procedemos a revisar las Notas Legales (de Sección y Capítulo) para poder tomar la decisión correcta en relación con la Sección y Capítulo.

Las Notas de sección no excluyen el producto a clasificar, mientras que, en la Nota excluyente del Capítulo 2 indica que las partidas 02.01 a 02.08 y 02.10, no comprende productos impropios para la alimentación. En el caso de nuestro producto, ancas de rana, si son permitidos para el consumo humano, por lo tanto, si se clasifica en este capítulo.

Sección I: Animales Vivos y productos del Reino Animal

Capítulo 2: Carne y despojos comestibles

 

A fin de determinar la partida arancelaria aplicable para la mercancía analizada, se toma en consideración la siguiente:

Partida arancelaria:  02.08  Las demás carnes y despojos comestibles, frescos, refrigerados o congelados.

 

Revisamos las Notas explicativas de la partida 02.08, con el objetivo de sustentar la clasificación de la mercancía.

Nota explicativa: “Esta partida comprende la carne y despojos de los animales de la partida 01.06, utilizados en la alimentación humana, incluidos el conejo, liebre, rana, reno, castor, ballena y tortuga.”

 

Para determinar la subpartida arancelaria al nivel de 10 dígitos que le corresponde a la mercancía, aplicamos la RGI  6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”

Al comparar las subpartidas del mismo nivel 1, tal como lo define la Regla 6 para la interpretación de la nomenclatura, se define la subpartida arancelaria:

0208.90.00.00 – Las demás

Resumen:

Nombre de la mercancía: Ancas de rana congeladas

Sección I:  Animales Vivos y productos del Reino Animal

Capítulo 2: Carne y despojos comestibles

Partida 02.08: Las demás carnes y despojos comestibles, frescos, refrigerados o congelados

Subpartida 0208.90.00.00: - Las demás

Información arancelaria (tributos)

FODINFA: 0,5%

ARANCEL ADVALOREM: 20%

IVA: 12%

Restricciones y prohibiciones

  • Permiso Zoosanitario de Importación (Agrocalidad).
  • Documento de Destinación Aduanera (Agrocalidad): muestra si los productos importados ya sean animales, vegetales o sus productos cumplen con los requisitos establecidos para su nacionalización
  • Documento de control previo (DCP)

Conclusión

Después de analizar las Notas legales de Sección y Capítulo, y Notas explicativas de Partidas y Subpartidas y con la correcta aplicación de las Reglas de Interpretación, se concluye que el producto que tiene por nombre comercial “Ancas de ranas congeladas” que se trata en sí, de las patas traseras de estos anfibios; se  clasifica en la Sección I “Animales vivos y productos del reino animal”, Capítulo 2 “Carne y despojos comestibles”, Partida 02.08 “Las demás carnes y despojos comestibles, frescos, refrigerados o congelados” y finalmente, en la subpartida arancelaria 0208.90.00.00 “- Las demás”.

Recomendaciones

  1. Conocer el producto a comercializar, sus características generales y técnicas.
  2. Revisar y aplicar correctamente las RGI, las Notas legales y explicativas, para poder determinar de manera acetada la subpartida arancelaria.
  3. Verificar los tributos a pagar, las restricciones y prohibiciones y DCP a presentar al momento de realizar la importación.

Referencias

Resolución N°. 020-2017 (República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior, Ministerio de Comercio Exterior.) Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Secretaría General. Comunidad Andina.

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Comercialización de las ancas de rana toro y su valor nutricional. https://rraae.cedia.edu.ec/Record/UG_7cd574bc4bf1a775563c6c840971291b

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