Descripción Cofias:
El gorro para cocina es autoajustable, ya que cuenta con un sistema de amarre que se adapta a cualquier tamaño de cabeza, con tamaño suficiente incluso para acomodar cabello abundante de mujer.
El gorro de chef de tela y cofias de cocina Uniformes Vicky al estar confeccionado en gabardina 100% algodón de alta calidad, te ofrece una textura muy agradable al tacto y sus fibras naturales permiten la transpiración, además de ser cómodo y ligero para poderse ocupar durante largas jornadas de trabajo.
Especificaciones técnicas:
- 65% Poly, 35% algodón
- Cierre de Cordón ajustable
- Lavar a máquina
- Tipo de producto: accesorio deportivo
- Dimensiones del paquete: 29.21 pulgadas de largo x 18.541 pulgadas de ancho x 3.81 pulgadas de alto (centímetros)
- País de origen: Vietnam
- Peso del paquete: 0,045 kg
Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:
Para lograr determinar la clasificación arancelaria del producto se necesita la aplicación de las siguiente Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura arancelaria ya que esta es aplicara siempre.
RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.”
RGI N°6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel, a efecto de esta regla también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición de contrario. Se establece que la clasificación más allá de los 4 dígitos debe de determinarse de acuerdo con la aplicación de todas las reglas interpretativas.”
Notas Explicativas
Capítulo 65 - Sombreros y demás tocados, de punto o confeccionados con encaje, fieltro u otro producto textil, en pieza (pero no en tiras), incluso guarnecidos; redecillas para el cabello, de cualquier materia, incluso guarnecidas.
Notas explicativas del Sistema Armonizado
Entre los sombreros y artículos de sombrerería fabricados como se describe anteriormente, se pueden citar:
- Los artículos de sombrerería de tejido, encaje, tul, etc., tales como los gorros de cocinero, las tocas de religiosas, los tocados de novia o de primera comunión, las cofias de enfermeras, camareras de restaurantes o similares que tengan claramente el carácter de artículos de sombrerería.
Partida 65.05
Posición Arancelaria:
Sección | XII - CALZADO, SOMBREROS, SOMBREROS, PARAGUAS, PARAGUAS, BASTONES, BASTONES ASIENTO, LÁTIGOS, FUSTAS Y SUS PARTES; PLUMAS PREPARADAS Y ARTÍCULOS DE PLUMAS; FLORES ARTIFICIALES; ARTICULOS DE CABELLO HUMANO |
Capítulo | 65 - Sombreros, demás tocados, y sus partes |
Partida | 65.05.- Sombreros y demás tocados, de punto o confeccionados con encaje, fieltro u otro producto textil, en pieza (pero no en tiras), incluso guarnecidos; redecillas para el cabello, de cualquier materia, incluso guarnecidas. |
Sub partida | 6505.00.90. Los demás |
Información Arancelaria
Arancel Advalorem | 30.00% |
Arancel Específico | $0.00 |
Fodinfa | 0.50% |
I.V.A. | 12% |
I.C.E. | 0% |
Conclusiones:
Se concluye que las cofias. En base a la clasificación anteriormente descrita se clasifican en la partida 65.05, ya que esta cofia es un artículo que forma parte de la sección XII, a su vez sólo están comprendidos en esta partida ya que es una especie de sombrero o redecilla para el cabello. Y estas cofia al no tener especificación técnica sobre si se realizó utilizando un casco o un plato. Por consiguiente las Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria 1 y 6 que las notas explicativas en las secciones capítulos y subpartidas son de carácter indicativo. Es evidente que las cofias se clasifican en la partida 6602.00.00.00. Por lo que si paga un arancel del 30%.
Recomendaciones:
Es recomendable, siempre, antes de determinar la clasificación arancelaria de un producto, se debe hacer una correcta descripción del mismo, se tenga una gran información sobre el producto a clasificar este sea fichas técnicas las cuales son un apoyo, en este caso al estar el articulo a clasificar de manera explícita en una subpartida, es recomendable la aplicación del Regla General 1, siendo la nota explicativa del capítulo y subpartida un indicador para poder clasificar este producto.
Referencias:
RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.
Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina. file:///F:/COMERCIO%20EXTERIOR/4%20SEMESTRE/T%C3%89CNICA%20ADUANERA%20II/3CER%20PARCIAL/Notas%20explicativas%20Sistema%20Armonizado%20de%20Clasificaci%C3%B3n%20Arancelaria.pdf
SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/<
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