Jengibre y su clasificación arancelaria

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Introducción

El Jengibre es una especie asiática, su origen exacto no se conoce debido a su introducción y domesticación a todas las regiones tropicales del planeta desde tiempos remotos.

Zingiber officinale es la planta más conocida de las 1200 especies pertenecientes a la familia Zingiberaceae, muchas se reconocen por sus aromas, sabores y lo atractivo de sus flores. En el caso del jengibre la parte más usada es el rizoma (tallo subterráneo horizontal), apreciado por su aroma y sabor picante.

La planta alcanza 1.5 metros de altura, con hojas largas de 20 cm; las flores están agrupadas en una inflorescencia que sale de la base de la planta, tienen distintos colores según la variedad tratada; generalmente son flores de tres sépalos amarillentos y tres pétalos de color guinda con manchas claras.

El jengibre es uno de los ingredientes más importantes en la comida china e hindú mientras que en la cocina occidental, el jengibre seco o en polvo se emplea tradicionalmente para preparar alimentos dulces como: caramelos, galletas y pan o saborizante de sodas.  Se le atribuyen propiedades como afrodisiaco, antiséptico, digestivo y estimulante; se ha reportado su uso medicinal para tratar náuseas, tos, fiebre, asma, bronquitis, flatulencia, malaria, reumatismo y cáncer, entre otros. Además, se ha utilizado en la industria cosmética.

Para su cultivo requiere clima cálido; luz filtrada; suelo profundo, rico en materia orgánica y abundante agua.

Regla de Clasificación

Para la clasificación arancelaria del producto anteriormente descrito se debe tomar en cuenta las siguientes reglas generales para la interpretación de la nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo.

Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario.

En este producto se debe utilizar estas 2 reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este producto.

Notas Explicativas

Partida 09.10

Esta partida comprende: El jengibre (incluido el jengibre fresco, conservado provisionalmente en agua salada, y todavía impropio para su consumo inmediato); se excluye el jengibre conservado en jarabe (partida 20.08)

Posición Arancelaria10946844854?profile=RESIZE_584x

Información arancelaria10946844663?profile=RESIZE_584x

Información para – arancelaria  10946844500?profile=RESIZE_584x

Conclusiones

  • Para la correcta clasificación de este producto es necesario tomar en consideración aspectos como la naturaleza del producto, su proveniencia y uso, esto lo podemos obtener a través de un breve análisis de sus principales características en las cuales se logra conocer para que esta destinado, como funciona y cuál es su uso principal. En este caso es muy importante resaltar el hecho de que es un producto natural que proviene de una plata es decir del reino vegetal. Se concluyó que el producto se clasifica dentro de la Subpartida 0910.11.00.00
  • Esta subpartida requiere de la presentación obligatoria de un “DCP” y un “Documento De Destinación Aduanera” emitido por Agencia De Regulación y Control Fito Y Zoosanitario – Agrocalidad, donde se muestra si los productos importados o exportados ya sean vegetales, animales o sus productos cumplen con los requisitos establecidos para su nacionalización.

Recomendaciones

Apoyarse de los documentos como el Arancel Nacional, las reglas generales interpretativas y sobre todo de las notas explicativas ya que estas nos brindan una visión más amplia sobre las mercancías que deben ser clasificadas bajo alguna partida o subpartida.  Realizar un estudio previo en el cual se logre conocer las principales características que presenta el producto.

Referencias

Resolución-Comex-020-2017 (Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y Codificación De Mercancías Del Ecuador) [Ministerio De Comercio Exterior]. Reformar íntegramente el arancel del Ecuador. 25 de junio de 2017. Recuperado de: file:///D:/Cuarto%20nivel%204/TAII/MATERIAL/P1/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. 25 de julio de 2007. recuperado de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf  

 

 

 

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