Es una fruta, con bajo contenido en azúcar y calorías, su cáscara es color amarillo y su pulpa blanca y dura, su forma es similar a la de una pera, el tamaño es variable, posee un aroma agradable, no suele consumirse en crudo, es muy útil para realizar mermeladas, compotas o jaleas.
Reglas Generales Interpretativas
Las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado nos orientarán para realizar una correcta clasificación arancelaria del producto.
Regla 1
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes”.
Para una clasificación arancelaria acertada a nivel de partida, nos fundamentaremos en la Regla General Interpretativa 1, por lo que se procede a revisar secciones, capítulos y partidas que se asemejen a las características de nuestro producto y se determina la siguiente clasificación:
Sección: II (Productos del reino vegetal)
Capítulo: 8 (Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios)
Partida: 08.08 (Manzanas, peras y membrillos, frescos.)
Para definir toda la información previamente indicada, se fue descartando poco a poco las distintas secciones y capítulos debido a que son productos distintos, por lo que no comparte ninguna característica con el nuestro, además se eliminaron partidas, ya que nos hablaban de otro tipo de frutos, por ende, no se asemejan en lo absoluto al membrillo.
Por otra parte, nos orientamos también mediante las notas explicativas, que nos menciona:
“Los membrillos se utilizan principalmente en la fabricación de mermeladas, confituras o jalea.”.
Por ende, la partida más acertada fue la 08.08, ya que nos habla de membrillos.
Ahora, una vez escogida la sección, capítulo y partida, procedemos a analizar cuál es la subpartida adecuada para nuestro producto, por lo que, nos guiaremos con la regla general interpretativa 6 que nos dice:
Regla 6
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de Subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.
En este sentido, nuestra partida escogida tiene tres subpartidas a nivel de un guion, por lo que se procede a comparar.
- Manzanas
- Peras
- Membrillos
Entonces, nuestro producto es el membrillo, por lo que quedarían eliminadas las demás subpartidas a nivel de un guion, ya que son frutos distintos.
Por lo que estaría clasificado en la subpartida:
0808.40.00.00 --Con cáscara
Clasificación Arancelaria
Sección: II
Capítulo: 8
Partida: 08.08
Subpartida: 0808.40.00.00
Tributos Aduaneros
Ad-valorem: 20%
Fodinfa: 0.5%
IVA: 12%
Unidad Física
Kilogramos
Restricción y Prohibición
Restricción: Permiso Fitosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera
Prohibición: Importación de Corea del Norte
Conclusión
La clasificación arancelaria ha sido determinada sustentándose en las reglas generales interpretativas 1 y 6, así como también respaldándose en las notas explicativas, por lo cual se concluyó que el producto “Membrillo” se encuentra clasificado en la subpartida 0808.40.00.00 que tiene como título - Membrillo
Recomendación
- Se sugiere analizar de manera detenida las reglas generales interpretativas y notas explicativas, ya que nos ayuda con información adicional de las partidas.
- Es importante conocer las características del producto para brindar una clasificación acertada.
- Se recomienda revisar todas las secciones, capítulos y partidas de manera minuciosa para establecer una interpretación precisa.
Referencias:
Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que Incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
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