Un dispositivo TOKEN es un dispositivo electrónico USB los cuales no solo permiten almacenar contraseñas y certificados, sino que permiten llevar la identidad digital de la persona. Tiene un tiempo de vida útil de 10 años, es seguro pues tiene un chip al interior que al momento de romper el TOKEN pierde la información contenida en el chip.
Este puede utilizarse para firmar electrónicamente: correos electrónicos, facturas electrónicas, contratos electrónicos, ofertas del Sistema Nacional de Contratación Pública, transacciones electrónicas, trámites tributarios electrónicos o cualquier otro tipo de aplicaciones donde se pueda reemplazar la firma manuscrita y se encuentre facultado para hacerlo dentro del ámbito de su actividad o límites de su uso. Esta operativa para personas naturales, jurídicas, funcionarios o servidores públicos de acuerdo a su actividad y conveniencia.
Las características de un certificado de firma electrónica en un dispositivo TOKEN son:
Elaborado por: Andrea Quiñonez
Fuente: Consejo de la Judicatura
CONCLUSIONES:
Un TOKEN de seguridad es un dispositivo físico utilizado para acceder a un recurso restringido electrónicamente. El TOKEN se utiliza como complemento o en lugar de una contraseña. Actúa como una llave electrónica para acceder a algo. Por ejemplo, una tarjeta de acceso inalámbrico que abre una puerta cerrada, o en el caso de un cliente que intenta acceder a su cuenta bancaria en línea, el uso de un TOKEN proporcionado por el banco puede probar que el cliente es quien dice ser.
RECOMENDACIONES:
Cada certificado en TOKEN tiene asociadas credenciales únicas, por lo que es sumamente importante que tengamos precauciones en el momento del uso para evitar fraudes o estafas con nuestra firma electrónica.
FUENTES:
Concejo de la Judicatura. (2020). Firma Electrónica. Recuperado de: https://www.icert.fje.gob.ec/preguntas-frecuentes
Congreso Nacional. (2002). LEY DE COMERCIO ELECTRONICO, FIRMAS Y MENSAJES DE DATOS. Recuperado de: https://www.telecomunicaciones.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/11/Ley-de-Comercio-Electronico-Firmas-y-Mensajes-de-Datos.pdf
AUTORA: Andrea Quiñonez
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