El control aduanero se realiza en cumplimiento de un conjunto de medidas competencia de las aduanas. Esto, con el fin de vigilar el tránsito de toda mercancía que cruce a través de las fronteras terrestres, marítimas y aéreas. Se incluye la mercadería de origen extranjero, nacional o nacionalizado. Además de la mercancía, en control de aduanas también comprende el tránsito de personas.
Las etapas del control de aduana son:
- Control anterior: Es el que se realiza previo a que la mercancía sea sometida a régimen aduanero. Está etapa se lleva a cabo mediante la revisión de documentación enviada previo al arribo de la carga. Por ejemplo, el manifiesto de carga. Desde ese momento, los administradores aduaneros comienzan a investigar posibles inconsistencias con la mercancía.
- Control concurrente: Este control es el realizado desde el arribo al territorio aduanero hasta que se autoriza su levante. En esta etapa, la mercancía puede ser sometida a inspección directa por parte de los Administradores de Aduana.
- Control posterior: Es posterior al levante. Comprende los procesos de tributación y procesos de comercio exterior. También se pueden realizar auditorías documentarias o comerciales.
Es importante anotar que control aduanero no sólo hace referencia al control de las obligaciones emitidas por la Administración Aduanera, sino a las responsabilidades por parte de las aduanas, tales como disposiciones de mercancías prohibidas o sanitarias que son emitidas por otras autoridades, pero cuyo control es competencia de las aduanas.
Las funciones que tiene cada fase son las siguientes:
Elaborado por: Andrea Quiñonez
Fuente: CAN
CONCLUSIONES
EL control aduanero se podrá extender a las empresas de transporte, a las unidades de carga, al depósito temporal u otros, para lo cual se podrá determinar inspección física de las mercancías en presencia del consignatario o su representante, de ser el caso.
RECOMENDACIONES
Antes de realizar cualquier operación de importación o exportación es importante saber que el control aduanero permite evitar fraudes, delitos aduaneros, contravenciones, faltas reglamentarias, en las personas, objetos y medios de transporte que pretenden evadir a las autoridades aduaneras.
FUENTES
CAN. (2012). DECISION 778. Recuperado de: http://www.comunidadandina.org/StaticFiles/DocOf/DEC778.pdf
SENAE. (2010). Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones R. O. 351. Recuperado de: https://www.aduana.gob.ec/wpcontent/uploads/2018/08/CODIGO_ORGANICO_DE_LA_PRODUCCION__COMERCIO_E_INVER_974.pdf
SENAE. (2010). Reglamento del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Libro V: Facilitación Aduanera para el Comercio.
AUTORA: Andrea Quiñonez
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