¿Es rentable importar productos derivados de los lácteos en Ecuador?
Ecuador es un país proteccionista, que en base a la aplicación de aranceles específicos o mixtos, pretende proteger la industria ecuatoriana de cualquier producto importado que atente contra la comercialización de uno producto nacional.
En esta ocasión buscaremos datos referentes a la mantequilla tradicional y observaremos la factibilidad de importar dicho producto e introducirlo en el mercado ecuatoriano de derivados de los lácteos.
Notas de capítulo
Para empezar, debemos tener en cuenta que las notas explicativas del Sistema Armonizado que rige la clasificación arancelaria en Ecuador define a la mantequilla como:
- a.- Se entiende por mantequilla, la mantequilla natural, la mantequilla del lactosuero o la mantequilla “recombinada” (fresca, salada o rancia, incluso en recipientes herméticamente cerrados) que provengan exclusivamente de la leche, con un contenido de materias grasas de la leche que sea superior o igual al 80% pero inferior o igual al 95%, en peso, de materias sólidas de la leche, inferior o igual al 2% en peso y, de agua, inferior o igual al 16% en peso. La mantequilla no debe contener emulsionantes añadidos pero puede contener cloruro sódico, colorantes alimentarios, sales de neutralización y cultivos de bacterias lácticas inocuas.
- Notas de subpartida 0405.10: El término mantequilla no comprende la mantequilla deshidratada ni la “ghee”
Una vez que comprendemos las características de la mantequilla que podemos importar, debemos ver el producto adecuado y clasificarlo de manera adecuada, para evitar problemas en la aduana.
POSICIÓN ARANCELARIA
SECCIÓN I: ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL
CAPÍTULO: 4 LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; HUEVO DE AVE; MIEL NATURAL; PRODUCTOS COMESTIBLES DE ORIGEN ANIMAL, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE
PARTIDA: 04.05 Mantequilla (manteca) y demás materias grasas de la leche; pastas lácteas para untar.
SUBPARTIDA: 04.05.10.00 Mantequilla (manteca)
INFORMACIÓN ARANCELARIA
Ad Valorem | 30% |
Fodinfa | 0.5% |
IVA | 12% |
AEC | 20% |
MEDIDAS ARANCELARIAS
CÓDIGO DE RÉGIMEN | CÓDIGO DE PAIS DE ORIGEN | TIPO DE RESTRICCIÓN | CÓDIGO REQUISITO | FECHA DE VIGENCIA |
Importación a consumo | X | Presentación de requisito | Licencia de importación no automática | 01/10/2022 |
Importación a consumo | X | Presentación de requisito | DCP | 01/10/2022 |
Importación a consumo | X | Presentación de requisito | Documento de destinación aduanera | 01/10/2022 |
CONCLUSIÓN: Todos los datos expuestos anteriormente, son exclusivos para una importación a consumo, y como pueden observar, los aranceles son elevados, por tanto la mantequilla es un producto que no tendría un acceso fácil en el mercado nacional, pues posiblemente el precio de venta al público no sea competitivo.
RECOMENDACIÓN: En cuanto a los productos derivados de los lácteos, es importante encontrar un producto adecuado, ya que la mayoría de estos productos si se elaboran en Ecuador, por tanto su costo de importación es elevado y se nos haría difícil penetrar el mercado. Como recomendación final, es preferible encontrar productos que no tengan mucha relación con las industrias presentes en Ecuador.
REFERENCIAS:
COMUNIDAD ANDINA, S. G. (2007). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
EXTERIOR, C. D. (s.f.). Código Arancelario ResoluciónNo. 59.
MAP, T. (10 de 2022). TRADE MAP. Obtenido de https://www.trademap.org/Product_SelCountry_TS.aspx?nvpm=3%7c218%7c%7c%7c%7c030389%7c%7c%7c8%7c1%7c1%7c1%7c2%7c1%7c1%7c1%7c1%7c1
NIKKOS. (2022). NIKKOS. Obtenido de NIKKOS: https://www.nikkos.cr/mantequilla/mantequilla-artesanal/
SENAE. (30 de 10 de 2022). Consulta del Arancel. Obtenido de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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