10923472454?profile=RESIZE_710xIntroducción

El azafrán es una especia que se obtiene de los tres estigmas secos del pistilo de la flor de Crocus sativus, una especie del género Crocus dentro la familia Iridaceae, denominada vulgarmente como Rosa del Azafrán. Se trata de una flor de color lila en la que destaca el rojo de los estigmas y el amarillo de los estambres. Podemos afirmar con cierta seguridad que esta bonita flor procede de Oriente, dado que se cultivaba en Asia Menor ya en épocas anteriores a Cristo, y que tiene su origen en unas especies silvestres precursoras, muy apreciadas por sus propiedades tanto culinarias, como medicinales y cosméticas, que le han valido el apelativo de “flor de la salud”.
Reglas generales para la interpretación de la nomenclatura arancelaria

Estas reglas nos sirven para poder clasificar las mercaderías de una forma correcta, estructurada y ordenada, el mismo que se pueda acoplar a todos los países, en lo que se refiere a este producto se debe usar las siguientes reglas:

  Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo.

  Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario.

En este producto se debe utilizar estas 2 reglas ya que el título del capítulo tiene un valor indicativo, a su vez al ser un producto único clasificado en una subpartida, las notas toman relevancia, motivo por el cual la regla 6 debe hacerse presente al momento de clasificar este producto.

Notas explicativas

Este capítulo comprende: 

  1) El café, té y yerba mate. 

  2) Las especias, es decir, un grupo de productos vegetales ricos en aceites esenciales y principios aromáticos, utilizados principalmente como condimentos a causa de su sabor peculiar. 

Estos productos pueden presentarse enteros, triturados o pulverizados.

Las especias (incluso las mezclas de especias) adicionadas de sustancias comprendidas en otros Capítulos, pero que tengan por sí mismas propiedades aromatizantes o sazonadoras, permanecen clasificadas en este Capítulo, siempre que, las cantidades añadidas sean tales que el carácter esencial de la especia de la mezcla no se modifique. 

Este Capítulo también comprende las mezclas compuestas por plantas, partes de plantas, semillas o frutos (enteros, cortados, partidos o pulverizados) de especias de diferentes Capítulos  

09.10 JENGIBRE, AZAFRAN, CURCUMA, TOMILLO, HOJAS DE LAUREL, “CURRY” Y DEMAS ESPECIAS. 

  0910.10 – Jengibre. 

  0910.20 – Azafrán. 

Esta partida comprende:  

  b) El azafrán, que consiste en los estigmas y pistilos secos de la flor de la planta del mismo nombre (Crocus sativus). También puede presentarse en forma de polvo de color rojo anaranjado; de olor fuerte, penetrante y agradable. Contiene un principio colorante poco estable. Se emplea como condimento y también en confitería o en medicina.  

Notas de capítulo

Las mezclas entre sí de los productos de las partidas 09.04 a 09.10 se clasificarán como sigue:

  a) las mezclas entre sí de productos de una misma partida se clasifican en dicha partida;

  b) las mezclas entre sí de productos de distintas partidas se clasifican en la partida 09.10

El hecho de que se añadan otras sustancias a los productos comprendidos en las partidas 09.04 a 09.10 (incluidas las mezclas citadas en los apartados a) o b) anteriores) no influye en su clasificación, siempre que las mezclas así obtenidas conserven el carácter esencial de los productos citados en cada una de estas partidas. Por el contrario, dichas mezclas se excluyen de este Capítulo y se clasifican en la partida 21.03 si constituyen condimentos o sazonadores compuestos. 

Posición arancelaria; tributos aduaneros; restricciones, requisitos o permisos.

Posición arancelaria

Sección

Sección II    PRODUCTOS DEL REINO       VEGETAL

Capítulo

09           Café, té, yerba mate y especias   

Partida

09.10    Jengibre, azafrán, cúrcuma, tomillo, hojas de laurel, «curry» y demás especias.

Subpartida

0910.20.00   Azafrán 

Tributos aduaneros

Ad valorem

20%

IVA

12%

Fodinfa

0.5%

Restricciones, requisitos o permisos

Documento de control

Permiso Fitosanitario de Importación

Institución encargada

Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, AGROCALIDAD

Conclusiones

Sus mil virtudes y el hecho de que su cultivo, recolección y manipulación suponen un trabajo manual que no tiene precio, convierten el azafrán en la especia más cotizada del mercado, cuyo precio es tan elevado que se le ha llegado a conocer como “oro rojo”.

Recomendaciones

Al realizar una clasificación correcta a los productos se debe tener en cuenta las notas que posee el producto en sí y productos similares,ya que muchas veces alguna de esta nota puede dar otro sentido al producto a clasificar, lo cual llevaría a clasificarlo en otra subpartida, para eso debemos ayudarnos con las respectivas notas y las reglas que consideremos para clasificar nuestro producto, también se debe analizar las propiedades del producto ya que muchas veces el cómo es tratado el producto cambia el lugar donde debe clasificarse.

Referencias

Comité de Comercio Exterior. (2017). Pudeleco. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. Obtenido de: 

http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Comunidad Andina. (25 de julio de 2007). Dane.gov.co. Versión única en español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA), Obtenido de: 

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales