Descubriendo la Clasificación Arancelaria de las Vigas de Madera utilizadas para la Construcción

Son piezas de madera empleadas en sistemas de construcción, especialmente en la estructura de techos de casas de madera, Están diseñadas para soportar grandes cantidades de cargas horizontales y estructuras de la construcción, distribuyendo el peso, para garantizar la estabilidad estructural de una construcción. Por lo general sus medidas son de 12 cm de alto, 6 cm de ancho y tienen una longitud variable.

Reglas Generales Interpretativas

Las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado nos orientarán para realizar una correcta clasificación arancelaria del producto.

Regla 1

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes”.

Para una clasificación arancelaria acertada a nivel de partida, nos fundamentaremos en la Regla General Interpretativa 1, además, tomaremos en cuenta la materia constitutiva de nuestro producto y en este caso es madera, y por consiguiente procederemos a revisar secciones, capítulos y partidas que se asemejen a las características de nuestra mercancía. Entonces se determina la siguiente clasificación:

Sección: IX (Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería)

Capítulo: 44 (Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera)

Partida: 44.18 (Obras y piezas de carpintería para construcciones, incluidos los tableros celulares, los tableros ensamblados para revestimiento de suelo y tablillas para cubierta de tejados o fachadas («shingles» y «shakes»), de madera.)

Para definir toda la información previamente indicada, se fue descartando poco a poco las distintas secciones, capítulos debido a que el material constitutivo era otro diferente al de nuestro producto, además se eliminaron partidas, ya que nos hablaban de otro tipo de manufacturas de madera, por lo que no se asemejaban a las vigas de madera.

Nos orientamos también mediante las notas explicativas que nos dice:

“Los términos obras de carpintería designan más específicamente las manufacturas de madera para los edificios, tales como puertas, ventanas, contraventanas, escaleras o marcos de puertas y ventanas, mientras que la denominación piezas de carpintería para la construcción comprende los trabajos de madera, tales como las vigas, cuartones, cabios, puntales, etc., que forman parte de las cubiertas y estructuras de todas las construcciones en general o en la construcción de andamiajes, encofrados, incluidos los encofrados para hormigón, etc.”

Por ende, la partida más acertada fue la 44.18, ya que nos habla de obras y piezas de carpintería para construcción, de madera.

Ahora, una vez escogida la sección, capítulo y partida, procedemos a analizar cuál es la subpartida adecuada para nuestro producto, por lo que, nos guiaremos con la regla general interpretativa 6 que nos dice:

Regla 6

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de Subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.

En este sentido, nuestra partida escogida tiene siete subpartidas a nivel de un guion, por lo que se procede a comparar.

- Ventanas, puerta vidriera, y sus marcos y contramarcos

- Puertas y sus marcos, contramarcos y umbrales

- Encofrados para hormigón

- Tablillas para cubierta de tejados o fachadas («shingles» y «shakes»)

- Postes y vigas

- Tableros ensamblados para revestimiento de suelo

- Los demás

Entonces, empezamos a eliminar subpartidas, nuestros productos no son ventanas ni accesorios relacionados con el mismo, tampoco puertas o sus accesorios relacionados, mucho menos encofrados, menos aún tablillas o tableros ensamblados, por lo tanto, la Subpartida adecuada sería:

4418.60.00.00 – Postes y Vigas

Ya que si nos habla de Vigas y su material es madera.

Clasificación Arancelaria

Sección: IX

Capítulo: 44

Partida: 44.18

Subpartida: 4418.60.00.00 

Tributos Aduaneros

Ad-valorem: 15%

Fodinfa: 0.5%

IVA: 12%

Unidad Física

Unidades

Restricción y Prohibición

Restricción: Permiso Fitosanitario de Importación  y Documento de Destinación Aduanera.

Prohibición: Importación de Corea del Norte.

Conclusión

La clasificación arancelaria ha sido determinada sustentándose en las reglas generales interpretativas 1 y 6, así como también respaldándose en las notas explicativas, por lo cual se concluyó que el producto “Vigas de madera” se encuentran clasificadas en la Subpartida 4418.60.00.00 que tiene como título – Postes y Vigas.

 Recomendación

  • Se recomienda revisar todas las secciones, capítulos y partidas de manera minuciosa y utilizando los instrumentos necesarios para una clasificación correcta, así como también las reglas generales interpretativas y notas explicativas.
  • Es importante saber de qué material está constituido nuestro producto a para brindar una clasificación acertada.

 

Referencias:

Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que Incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

 

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