DE LA PESCA AL COMERCIO: CONOCE AQUÍ LA CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DEL BACALAO

Introducción

El bacalao es un tipo de pescado de agua salada que se encuentra en océanos fríos y templados de todo el mundo. Es conocido por su carne blanca, jugosa y de sabor suave. El bacalao es valorado por su textura firme y su capacidad para adaptarse a diversas preparaciones culinarias, como asar, freír o cocinar al vapor. Es una fuente rica en proteínas y ácidos grasos omega-3, lo que lo convierte en una opción nutritiva y saludable. Además, el bacalao ha sido un alimento fundamental en muchas culturas y tiene una larga historia de uso en la cocina tradicional.

El bacalao juega un papel fundamental en el comercio internacional debido a su alta demanda en diferentes partes del mundo. Es un producto altamente valorado por sus propiedades culinarias y su versatilidad en la cocina.

El comercio de bacalao se lleva a cabo a través de acuerdos internacionales y tratados comerciales para asegurar la calidad y regulaciones adecuadas en la importación y exportación. La clasificación arancelaria es un aspecto esencial en este proceso, ya que determina los aranceles y tasas que se aplican a las transacciones comerciales.

Existen distintas variedades de bacalao, como el bacalao del Atlántico, el bacalao del Pacífico y el bacalao negro, cada uno con características distintas y requerimientos específicos de clasificación arancelaria.

El bacalao se comercializa principalmente en forma de filetes, lomos o desmenuzado. Los principales países exportadores de bacalao incluyen Noruega, Islandia y Rusia, mientras que los principales importadores son Portugal, España, Reino Unido y Canadá.

El comercio internacional de bacalao no solo implica la transferencia de productos, sino también la transferencia de conocimientos y técnicas de pesca sostenible para garantizar la conservación de las poblaciones de bacalao y el cumplimiento de normas ambientales.

Características del producto

El producto a clasificar es Bacalao congelado

  • Es un producto perteneciente al sector alimenticio.
  • Grupo de alimentos: proteínas.
  • Tiene un textura tierna, jugosa y suave, su sabor es delicado y ligeramente dulce.
  • Es un tipo de carne blanca con alto nivel de proteína y omega 3.
  • Su carne es magra, baja en grasas, no contiene colesterol.

Descripción:

Origen: Reino Animal

Grado de elaboración: Congelado.

Naturaleza primaria de la mercancía: Perecible

Actividad económica: Pesca

Uso, destino o función: bien para el consumo humano (alimentos).

Valor nutricional: 13,6 gr proteína, contiene vitaminas A, B1, B2, B3, B6, B12, C y E; minerales como el calcio, fósforo, hierro, magnesio, potasio, sodio y zinc.

Almacenamiento/conservación: en frío se pueden conservar hasta cinco días.

Análisis arancelario

En un inicio establecemos la Sección y Capítulo en el que la mercancía puede clasificarse, teniendo en cuenta que es un tipo de pescado destinado para el consumo humano.

  • Sección I: Animales vivos y productos del reino animal
  • Capítulo 3: Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos

En este caso, existe una sola sección y capítulo en que el producto puede clasificarse, considerando las características y descripción que se indicaron inicialmente.

Tomando en cuenta la RGI 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”

Procedemos a revisar las Notas Legales (de Sección y Capítulo) para poder tomar la decisión correcta en relación con la Sección y Capítulo.

La primera Nota excluyente del Capítulo 3 solo hace referencia a pescados muertos e impropios para la alimentación humana por su naturaleza. El bacalao si es apto para la alimentación como cualquier otro tipo de pescado, por lo tanto, si se clasifica en la siguiente sección y capítulo.

Sección I: Animales Vivos y productos del Reino Animal

Capítulo 3: Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos

A fin de determinar la partida arancelaria aplicable a la mercancía analizada, se toma en consideración la siguiente:

Partida arancelaria:  03.03 “Pescado congelado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04.”

Considero esta partida como la única posible dado que hace referencia a tipos de pescado congelados entre ellos el bacalao.

Revisamos las Notas explicativas de la partida 03.03, con el objetivo de sustentar la clasificación de la mercancía.

Nota explicativa: “Las disposiciones de la Nota explicativa de la partida 03.02, se aplican, mutatis mutandis, a los productos de esta partida.”

Para determinar la subpartida arancelaria al nivel de 10 dígitos que le corresponde a la mercancía, aplicamos la RGI  6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”

Se comparan las subpartidas de Nivel 1 que se encuentran dentro de la partida 03.03, tal como lo define la Regla 6 para la interpretación:

  • Salmónidos
  • Tilapias
  • Pescados planos
  • Atunes
  • Arenques
  • Pescados de las familias Bregmacerotidae, Euclichthyidae, Gadidae, Macrouridae, Melanonidae, Merlucciidae, Moridae y Muraenolepididae
  • Los demás pescados, excepto los despojos comestibles de pescado de las subpartidas 0303.91 a 0303.99
  • Hígados, huevas y lechas, aletas, cabezas, colas, vejigas natatorias y demás despojos comestibles de pescado:

Como el producto que se está clasificando es Bacalao congelado, un tipo de pescado, seguido comparamos las subpartidas de Nivel 2 que se encuentran dentro de la partida que hace referencia a Pescados de las familias Bregmacerotidae, Euclichthyidae, Gadidae, Macrouridae, Melanonidae, Merlucciidae, Moridae y Muraenolepididae.

-- Bacalaos

-- Eglefinos

-- Carboneros

-- Merluzas

-- Abadejos de Alaska

-- Bacaladillas

-- Los demás

Se concluye que este producto se clasifica en la subpartida que hace referencia a los Bacalaos.

0303.63.00.00 -- Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus macrocephalus)

Resumen:

Nombre de la mercancía: Bacalao congelado

Sección I:  Animales vivos y productos del reino animal

Capítulo 3: Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos

Partida 03.03: Pescado congelado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04

Subpartida 0303.63.00.00: -- Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus macrocephalus)

Información arancelaria (tributos)

FODINFA: 0,5%

ARANCEL ADVALOREM: 30%

IVA: 12%

La aplicación de todos estos tributos se debe realizar sobre la BASE IMPONIBLE.

La validación de vigencia de arancel fijo se realiza en la fecha de aceptación de la declaración aduanera.

Restricciones y prohibiciones

  • Documento de soporte: Autorización para la importación de productos de la pesca, procesados y harina de pescado.

Emitido por la Subsecretaría de Recursos Pesqueros.

Instancia para validación de vigencia de restricción: Fecha de cierre de aforo.

Conclusión

Una vez analizadas las Notas Legales de Sección y Capítulo, y Notas explicativas de Partidas y Subpartidas y con la correcta aplicación de las Reglas de Interpretación 1 y 6, se concluye que el producto que tiene por nombre “Bacalao congelado” que es un tipo de pescado. Se clasifica en la Sección I “Animales vivos y productos del reino animal”, Capítulo 3 “Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos”, Partida 03.03 “Pescado congelado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04” y finalmente, en la subpartida arancelaria 0303.63.00.00 “Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus macrocephalus)”.

Para la importación de esta mercancía se debe obtener la Autorización para la importación de productos de la pesca, procesados y harina de pescado emitida por la Subsecretaría de Recursos Pesqueros.

Recomendaciones

  1. Analizar el producto a comercializar e identificar sus principales características, descripción, a qué tipo de especie pertenece, etc.
  2. Aplicar de manera correcta las RGI, Notas de Capítulo, Notas Legales y Explicativas, para así determinar la correcta partida y subpartida arancelaria.
  3. Consultar los tributos a pagar y las restricciones y prohibiciones del producto que se requiere para su importación.

Referencias

Resolución N°. 020-2017 (República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior, Ministerio de Comercio Exterior.) Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Secretaría General. Comunidad Andina.

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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