Introducción

Como se mencionó en una publicación anterior, en el comercio exterior existen ciertas exenciones en el pago de tributos cuando se realizan importaciones a consumo o cambios de régimen a consumo en casos muy puntuales. A continuación trataremos más a fondo sobre el procedimiento a llevar a cabo de las donaciones provenientes del exterior, a favor de las instituciones del sector público o del sector privado sin fines de lucro.

Desarrollo

Son consideradas exentas del pago de tributos al comercio exterior las importaciones realizadas por personas públicas o privadas sin fines de lucro, provenientes de personas jurídicas o naturales extranjeras, destinadas a cubrir servicios de salubridad, alimentación, asistencia técnica, beneficencia, asistencia médica, educación, investigación científica y cultural, siempre que tengan suscritos contratos de cooperación con instituciones del sector público. 

Por otra parte, no habrá exención de impuestos en las donaciones de vehículos, excepto cuando se trate de aquellos necesarios para usos especiales, tales como ambulancias, vehículos clínicos o radiológicos, carros de bomberos y similares, y siempre que su función sea compatible con la actividad de la institución beneficiaria.

Procedimiento: Es esencial que el beneficiario esté registrado en el Registro único de contribuyente con calidad de persona jurídica de derecho público o privada sin fines de lucro, y presentar ante el Distrito Aduanero la solicitud con la siguiente documentación:

  • Documentos de acompañamiento para la nacionalización
  • Certificado de donación original, donde se detalle la mercancía y el valor estimado
  • Para el caso de personas jurídicas sin fines de lucro, original o copia certificada del contrato de cooperación con instituciones del sector público, cuyo objeto sea el cubrir servicios de salubridad, alimentación o los casos antes mencionados.

El representante legal que solicite la exención deberá presentar esta documentación en un plazo de diez días al Director distrital correspondiente. Por otra parte, el representante legal de la  persona jurídica beneficiaria presentará una Declaración Aduanera adjuntando documentos de soporte y acompañamiento correspondientes.

Conclusiones

  • Las donaciones destinadas a instituciones del sector público y privado sin fines de lucro deberán ser destinadas a cubrir servicios de salubridad, alimentación, asistencia técnica, beneficencia, asistencia médica, educación, investigación científica y cultural.
  • Dentro del procedimiento de solicitud para la exención del pago de tributos al comercio exterior es indispensable que se presente el certificado de donación original donde se detalle la mercancía y un valor estimado.

Recomendaciones

  • Es importante tomar en cuenta el plazo establecido para presentar la documentación antes mencionada en el procedimiento de solicitud de la exención del pago de los tributos ya que solo se contará con diez días para su entrega.
  • Se recomienda conocer específicamente los documentos de soporte y acompañamiento necesarios para el tipo de mercancía que se está importando ya que caso contrario no se podría realizar la nacionalización de las mismas.

Fuentes

Servicio Nacional Aduana del Ecuador. (S.f.). Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/gacnorm/data/REGLAMENTO-AL-TITULO-DE-LA-FACILITACION-ADUANERA-PARA-EL-COMERCIO-DEL-LIBRO-V-DEL-COPCI.pdf 

Servicio Nacional Aduana del Ecuador. (S.f.). Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/gacnorm/data/CODIGO-ORGANICO-DE-LA-PRODUCCION-COMERCIO-E-INVERSIONES.pdf

Autor

Alava Muñoz Martha

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