El ICE es el Impuesto a los Consumos Especiales el cual está regulado por la Ley de Régimen Tributario Interno, es un tributo aplicado a los bienes y servicios de procedencia nacional o importados como son: cigarrillos, bebidas alcohólicas incluida la cerveza, perfumes y aguas de tocador por venta directa, vehículos híbridos y eléctricos y otros bienes. Debe ser pagado por los productores o importadores de los bienes gravados únicamente en su primera etapa de producción
Base imponible para el cálculo del ICE
- Costo de producción del bien
- Tasas arancelarias (Advalorem, Fodinfa, Salvaguardias)
- Tasas extraordinarias recaudadas por la autoridad aduanera en el proceso de desaduanización del producto. (Depende del producto)
- Para saber el valor de la base imponible del ICE se aplicará la siguiente fórmula.
Fórmula de cálculo:
ICE = [Valor ExAduana + (Valor ExAduana* %ICE1)]*%ICE2
Valor ExAduana= CIF+ ADValorem + Tasas
* El porcentaje ICE1e ICE2 depende el producto a importar.
Fuente: SRI
Elaborado por: María José Guizado
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