El certificado de origen es un  documento  de comercio  internacional que permite la  liberación de  tributos en el país destino ya que certifica que las mercancías en un envío concreto de exportación se han obtenido, producido, manufacturado o procesado totalmente en un país concreto. 

 

¿Cómo se hace?

 Se lo realiza en el sistema de ECUAPASS en la pestaña llamada  Ventanilla Única Ecuatoriana con las  siguientes…

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Desde el  año 2014, el Servicio Nacional del Aduana  habilitó  otra forma de cancelación de las liquidaciones aduaneras  con el objetivo de  facilitar el pago de  estos tributo y dar apoyo a los importadores a través del pago con  tarjetas de crédito y débito VISA y MASTERCARD tanto en pagos diferidos como corrientes.  Más la tarifa que cobre la entidad financiera por su uso de la tarjeta (entre 0.35 a 0.60 USD). Sin embargo esta …

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INFRACCIONES ADUANERAS 2017


“La ley es de cumplimiento para todos, el desconocimiento no exime de responsabilidad” Art. 13 Código Civil

El entorno del comercio exterior es amplio pues involucra a Operadores de Comercio Exterior como: importadores, exportadores, logística, consolidadoras, agentes de aduana. Aquí radica la  importancia de conocer las infracciones aduaneras consideradas como delitos, contravenciones y faltas reglamentarias previstas en el…

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Según el Código Orgánico de  Comercio e Inversiones – COPCI  en su artículo 149 denominado Admisión Temporal para Perfeccionamiento  Activo , es una  herramienta  de comercio exterior  habilitada para productores, empresarios, personas naturales  que permite la suspensión  total del obligaciones  tributarias por  concepto de advalorem – fodinfa – IVA, para aquellos que opten por utilizar este  régimen.

¿Cuáles son los requisitos  básicos para acceder a este …

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El ICE es el Impuesto a los Consumos Especiales el cual está regulado por la Ley de Régimen Tributario Interno, es un tributo aplicado a los bienes y servicios de procedencia nacional o importados como son: cigarrillos, bebidas alcohólicas incluida la cerveza, perfumes y aguas de tocador por venta directa, vehículos híbridos y eléctricos y otros bienes. Debe ser pagado por los productores o importadores de los bienes…

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Un perfil de  riego es una  combinación determinada  de  indicadores de  riesgo, basada en la  información  que  ha sido  jerarquizada.

Modelos de herramientas de perfiles de  riesgo 

Modelo Determinístico (Reglas Fijas).- Normas Legales / Administrativas y Riesgos Puntuales

Se da en función de reglas fijas determinadas y establecidas como condicionamientos dados en función de disposiciones de Ley o normas administrativas que no enmarcan un verdadero análisis…

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¿Qué es?

Es una  medida  no arancelaria  en  materia de Comercio Exterior y funciona como  un  procedimiento  administrativo utilizado  para la  aplicación de los  regímenes de  importación o exportación de mercancías, que  requiere  la presentación de  una  solicitud u  documentación, distinta de la necesaria para efectos  aduaneros.  

Se convierte  en  un  documento de  control  previo por ejemplo: registros, permisos,  autorizaciones,…

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Catálogos aduaneros – Preguntas frecuentes


¿Qué es un catálogo aduanero?

Catálogo: se refiere a una lista o registro; en donde existe una relación ordenada de elementos pertenecientes al mismo conjunto, que por su número precisan de esa catalogación para facilitar su localización. Es comparable a cualquier base de datos.

Catálogo aduanero: es una nómina sistemática de productos o servicios, que costa del nombre del catálogo, un código y una descripción, mismos que…

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Contrabando, cifras 2014


¿Qué es?

Contrabando es  evadir el control y  vigilancia  aduanera sobre  mercancía cuya cuantía sea superior a diez salarios  básicos  unificados del trabajador en general.

Actos:

  • Ingresar o extraer mercancías clandestinamente.
  • Movilizar de mercancías  sin el documento que acredite la  legal tenencia.
  • Ocultar mercancías en  unidades de carga marítimas, aérea o terrestre.

Sanción:

  • Prisión de  2 a…
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Una vez identificadas las partidas arancelarias de los productos que deseamos importar, el conocimiento de los aranceles o tributos al comercio exterior son un factor determinante para proceder al siguiente para como la realización de la operación en sí. Para empezar ingresamos a la página web de la Aduana del Ecuador: http://www.aduana.gob.ec/index.action

PASO 1 …

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Comentarios

  • LO CORRECTO ES:

     

    Art. 175.- Infracción aduanera.­  (Sustituido por el num. 1 de la Disposición Reformatoria Tercera, del Código Orgánico Integral Penal, R.O. 180­S, 10­II­2014) Son infracciones aduaneras las contravenciones y faltas reglamentarias previstas en el presente Código.

    Para la sanción de contravenciones y faltas reglamentarias bastará la simple trasgresión a la norma.

    En el caso de que se ingrese o se intente extraer del territorio aduanero ecuatoriano, mercancía no apta para el consumo humano, el director distrital ordenará su inmediata destrucción a costo del propietario, consignante, tenedor o declarante de ser este identificado y localizable, de otra forma, será pagado por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. 

     

     

    Muchas gracias

     

    Herman Sozoranga Sandoval 

     

  • DECISIÓN  728  CAN 

    Actualización de la Decisión sobre Asistencia Mutua y Cooperación entre las Administraciones Aduaneras de los Países Miembros de la Comunidad Andina

    CAPÍTULO I

    Definiciones

     Artículo 1.- Para los fines de la presente Decisión se entenderá por:

    INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA ADUANERA: Toda acción u omisión que importe la violación de las disposiciones contenidas en la legislación aduanera, prevista como infracción administrativa y sancionable por la Autoridad Aduanera de acuerdo con lo establecido en la legislación nacional de cada País Miembro.

    ILÍCITO ADUANERO: Toda acción u omisión en el ámbito aduanero que conlleve la violación o intención de violación de las disposiciones contenidas en la legislación aduanera o cambiaria, que se prevea como delito, de acuerdo con lo establecido en la legislación nacional de cada País Miembro.

     

     

    Por favor verificar en el power point enviado la siguiente diapositiva:

     

    Art. 175.- Infracción aduanera.- Son infracciones aduaneras los delitos, contravenciones y faltas reglamentarias previstas en el presente Código.

    Para la configuración del delito se requiere la existencia de dolo, para las contravenciones y faltas reglamentarias se sancionarán por la simple trasgresión a la norma. 

    En el caso de que se importare o exportare mercancías no aptas para el consumo humano, el Director Distrital ordenará su inmediata destrucción, debiendo comunicar del particular a la Directora o el Director del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, a costo del propietario, consignante o declarante. 

     

    ESTO NO ESTA ACTUALIZADO 

     

     

     

  • Art. 317.- Culpa o dolo de tercero.- Cuando la acción u omisión que la ley ha previsto como infracción tributaria es, en cuanto al hecho, resultante del engaño de otra persona, por el acto de la persona engañada, responderá quien lo instó a realizarlo. 
    CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL 
     
    Libro Primero LA INFRACCIÓN PENAL
    Título I 
     
    LA INFRACCIÓN PENAL EN GENERAL
     
     Art. 18.- Infracción penal.­ Es la conducta típica, antijurídica y culpable cuya sanción se encuentra prevista en este Código.
     
     Art. 19.- Clasificación de las infracciones.­ (Reformado por el Art. 1 de la Ley s/n, R.O. 598-3S, 30-IX-2015). Las infracciones se clasifican en delitos y contravenciones.
     
     Art. 20.- Concurso real de infracciones.- Cuando a una persona le son atribuibles varios delitos autónomos e independientes se acumularán las penas hasta un máximo del doble de la pena más grave, sin que por ninguna razón exceda los cuarenta años.
     
     Art. 21.- Concurso ideal de infracciones.- Cuando varios tipos penales son subsumibles a la misma conducta, se aplicará la pena de la infracción más grave.
     

    Por lo tanto 

     

    En el Código Orgánico Integral Penal COIP no se establecen las Infracciones Aduaneras, en el COIP a partir del artículo 299 se establecen los Delitos contra la administración aduanera. 

     

    Los Delitos son :

     

    Defraudación aduanera   ART. 299  COIP

     

    Receptación aduanera   ART 300 COIP

     

    Contrabando   ART 301

     

    Mal uso de exenciones o suspensiones tributarias aduaneras     ART  302

     

    Las Infracciones Aduaneras según el ART 175 DEL LIBRO V DEL COPCI SON:

     

    Contravenciones   ART. 190 LIBRO V COPCI

     

    Faltas Reglamentarias     ART 193 LIBRO V COPCI 

     
    ADICIONAL 
     
  • Estimada María José, buenas noches

     
    Como le indicaba la única intención es colaborar y aportar de ser el caso sobre temas aduaneros, gracias por la información entregada y que según lo indicado fue facilitada por la aduana y entiendo por la aduana de Quito.
     
    Antes de comentarle sobre parte del contenido del power point, me gustaría que usted mismo verifique los siguientes artículos de las siguientes normas, no me crea a mi, verifique por favor y usted mismo emita un juicio de valor al respecto sobre el este tema.
     
    A lo mejor para usted pueden ser pequeñas cosas o detalles, pero que en la normativa marcan grandes diferencias. 
     
    CÓDIGO TRIBUTARIO 
     
    Capítulo II De las infracciones tributarias  
     
    Art. 314.- Concepto de infracción tributaria.- Constituye infracción tributaria, toda acción u omisión que implique violación de normas tributarias sustantivas o adjetivas sancionadas con pena establecida con anterioridad a esa acción u omisión. 
     
    Art. 315.- Clases de infracciones.- Para efectos de su juzgamiento y sanción, las infracciones tributarias se clasifican en delitos, contravenciones y faltas reglamentarias.  
     
    Constituyen delitos los tipificados y sancionados como tales en este Código y en otras leyes tributarias. 
     
    Constituyen contravenciones las violaciones de normas adjetivas o el incumplimiento de deberes formales, constantes en este Código o en otras disposiciones legales. 
     
    Constituyen faltas reglamentarias las violaciones de reglamentos o normas secundarias de obligatoriedad general, que no se encuentren comprendidas en la tipificación de delitos o contravenciones.  
     
    Nota: El ART. 315 dice clases de infracciones tributarias, que no es lo mismo decir infracciones aduaneras. 
     
    Art. 316.- Elementos constitutivos.- Para la configuración del delito se requiere la existencia de dolo. Para la de las contravenciones y faltas reglamentarias, basta la transgresión de la norma. 
    En los delitos, los actos u omisiones que los constituyen se presumen conscientes y voluntarios, pero será admisible la prueba en contrario. 
     
     
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