¿Conoces la mano de mortero?  Hoy te enseño a clasificarlo

Es una herramienta, hecha a base de madera de bambú, su color es café, utilizada para aplastar o moler en un mortero distintos alimentos como ajo, perejil, etc. Posee un mango que culmina en una cabeza de madera grande y muy resistente, mide 22 x 4.5 cm y pesa 88 gramos.

Reglas Generales Interpretativas

Las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado nos orientarán para realizar una correcta clasificación arancelaria del producto.

Regla 1

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes”.

Para una clasificación arancelaria acertada a nivel de partida, nos fundamentaremos en la Regla General Interpretativa 1, además, tomaremos en cuenta el material con el que está fabricado nuestro producto, para este caso en específico es madera de bambú, ahora se procede a revisar secciones, capítulos y partidas que se asemejen a las características de nuestra mercancía. Entonces se determina la siguiente clasificación:

Sección: IX (Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería)

Capítulo: 44 (Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera)

Partida: 44.19 (Artículos de mesa o de cocina, de madera)

Para definir toda la información previamente mostrada, se fue descartando poco a poco las distintas secciones, capítulos debido a que el material constitutivo y los artículos eran otros diferentes al de nuestro producto, además se eliminaron partidas, ya que nos hablaban de otro tipo de manufacturas de madera, por lo que no mostraban similitud a la mano de mortero. Nos orientamos también mediante las notas explicativas que nos dice:

“Se clasifican aquí, principalmente, las cucharas, tenedores, cubiertos para ensalada, palas para sal, fuentes y platos, potes, tazas, platillos, cajas para especias y otras cajas ordinarias de cocina, recogemigas sin cepillo, servilleteros, moldes y rodillos de pastelería, moldes para mantequilla y manos de mortero, pasapurés, cascanueces, bandejas, cuencos, tablas para picar, para el pan, escurreplatos, medidas de capacidad, etc.”

Por ende, la partida más acertada fue la 44.19, ya que nos habla de artículos de cocina o de mesa hechos de madera.

Ahora, una vez escogida la sección, capítulo y partida, procedemos a analizar cuál es la subpartida adecuada para nuestro producto, por lo que, nos guiaremos con la regla general interpretativa 6 que nos dice:

Regla 6

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de Subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.

En este sentido, nuestra partida escogida tiene dos subpartidas a nivel de un guion, por lo que se procede a comparar.

- De bambú

- Los demás

Entonces, empezamos a eliminar subpartidas, nuestro producto es una herramienta hecha a base de bambú por lo que queda eliminada la subpartida las demás.

Ahora, se compara las subpartidas a nivel de dos guiones:

- - Tablas para pan, tablas para cortar y artículos similares

- - Palillos

- - Los demás

Nuestro producto no es una tabla o articulo similar, tampoco es un palillo. Por lo que quedaría clasificada en la siguiente partida:

4419.19.00.00 – Los demás

Clasificación Arancelaria

Sección: IX

Capítulo: 44

Partida: 44.19

Subpartida: 1204.00.90.00 

Tributos Aduaneros

Ad-valorem: 30%

Fodinfa: 0.5%

IVA: 12%

Unidad Física

Unidades

Restricción y Prohibición

Restricción: Ninguna

Prohibición: Importación de Corea del Norte

Conclusión

La clasificación arancelaria ha sido determinada sustentándose en las reglas generales interpretativas 1 y 6, así como también respaldándose en las notas explicativas, por lo cual se concluyó que el producto “Mano de mortero” se encuentran clasificado en la subpartida 4419.19.00.00 que tiene como título – Los demás.

 Recomendación

  • Se sugiere analizar de manera detenida las reglas generales interpretativas y notas explicativas, ya que nos ayuda con información adicional de las partidas.
  • Es importante conocer las características, función y material por el que está constituido nuestro producto para brindar una clasificación acertada.
  • Se recomienda revisar todas las secciones, capítulos y partidas de manera minuciosa para establecer una interpretación precisa.

Referencias:

Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que Incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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