¿Conoces la clasificación arancelaria de los aceites para jabones y velas de jojoba?

Aceites para jabones y velas de jojoba.

Descripción

La jojoba es un arbusto procedente de los desiertos de Sonora, México y de Mojave en Estados Unidos. Famosa por sus múltiples usos y beneficios para la piel, el cabello, rostro, etc., es el único vegetal que produce cera liquida o éster. En cosmética natural o ecología la jojoba se utiliza mucho, sobre todo en sus derivados para la elaborar productos ecológicos de cosmética. El oro líquido natural.

Cera y aceites de jojoba

La cera de jojoba es una cera natural que se obtiene de las semillas del arbusto de jojoba. Es una cera liquida que tiene una serie de propiedades y beneficios.

Elaboración de la cera y aceites de jojoba.

La cera y los aceites de jojoba se elabora mediante un proceso llamado prensado en frio. Las semillas de jojoba se prensan para extraer el aceite, que luego se somete a un proceso de enfriamiento y cristalización para obtener la cera.

El proceso de prensado en frio es un proceso suave que no utiliza ningún tipo de solventes o productos químicos. Esto permite que la cera de jojoba conserve sus propiedades naturales.

Propiedades de la cera  y aceites de jojoba:

La cera de jojoba tiene una serie de propiedades que la hacen un ingrediente valioso para una variedad de productos. Estas propiedades incluyen:

  • Hidratante: la cera de jojoba ayuda a retener la humedad en la piel y cabello. Esto lo hace un ingrediente ideal para productos hidratantes y acondicionadores.
  • Antioxidante: la cera de jojoba tiene propiedades antioxidantes que ayudan a proteger la piel del daño causado por los radicales libres.
  • Protectora: la cera de jojoba ayuda a proteger la piel y el cabello de los elementos. Esto la hace un ingrediente ideal para productos protectores solares y labiales.

La cera de jojoba es un ingrediente versátil que tiene una serie de propiedades beneficiosas. Es un ingrediente seguro y eficaz que se utiliza en una variedad de productos.

Determinación de la Partida arancelaria

Reglas generales de interpretación.

1)      “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.”

6)      “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Para aplicar estas reglas a la conserva de champiñones en aceite de oliva, consideramos los siguientes factores:

  • Naturaleza: El producto es un derivado de la jojoba.
  • Características: El producto tiene características físicas y químicas de la jojoba.
  • Uso: El producto se usa de manera similar a las escancias de jabón.

Se aplica la regla numero uno debido a que en la sección III nos menciona acerca de las Grasa y aceites, vegetal y productos de su desdoblamiento. Después de verificar esta sección, la cual tiene un valor orientativo hacia a donde podríamos encontrar nuestra posible partida arancelaria.

Las notas explicativas proporcionan información detallada sobre la clasificación arancelaria de los productos. Para determinas con más precisión la subpartida arancelaria del producto, es importante consultar las Notas explicativa.

Notas de Capitulo 15

1) Este capítulo no comprende:

          e. Los ácidos grasos; las ceras preparadas, las grasas transformadas en productos farmacéuticos, pinturas, barnices, jabones, preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética, los aceites sulfonados y demás productos de la sección VI

Notas explicativas

  1. A este capítulo comprende:
    1. Algunos productos derivados de las grasas o aceites y en especial a los que proceden de su desdoblamiento.
    2. Las ceras de origen animal o vegetal.

Las partidas 15.04 y 15.06 a 15.15 comprenden también las fracciones de las grasas y aceites mencionadas en dichas partidas, siempre que no estén comprendidas mas especificas es otra parte de la Nomenclatura. Los principales procedimientos de fraccionamiento, son los siguientes:

          a) Fraccionamiento en seco, que comprende el prensado, decantación, filtración y enfriamiento a baja temperatura.

        2.  Las partidas 15.07 a 15.15 del presente capitulo comprenden las grasa y aceites vegetales simples (es decir, que no estén mezclados con grasas ni aceites de naturaleza distinta), fijos, mencionados en mismas, así como sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.

Las grasas y aceites vegetales, muy extendido en la naturaleza, se encuentran en las células de ciertas partes de plantas (semillas y frutos, en particular), de donde se extraen por presión o con disolventes.

         3. Entre estas grasas y aceites convienen señalar, por razones de la importancia que tiene en los intercambios internacionales, en particular de los siguientes:

               6) El aceite de jojoba (o yoyoba) descrito a veces como cera liquida, incoloro o amarillento, inodoro, constituido esencialmente por esteres de alcoholes grasos superiores, obtenido de la semilla de un arbusto del desierto, del género Simmondsia (S. califórnica o S. chinesis) y utilizando, por ejemplo, como sustituto del aceite de espermaceti en las preparaciones cosméticas.

En resumen, para aplicar la RGI 1 y 6 del Sistema Armonizado a este producto sustentándose en las notas de capitulo y explicativas, se consideró los factores mencionados anteriormente. El producto cumple con todos estos factores, entonces lo clasificaremos de la siguiente manera:

SECCIÓN IIIGRASA Y ACEITES, ANIMALES, VEGETALES O DE ORIGEN MICROBIANO, Y PRODUCTOS DE SU DESDOBLAMIENTO; GRASAS ALIMENTICIAS ELABORADAS; CERAS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL.
CAPÍTULO 15Grasa y aceites, animales, vegetales o de origen microbiano, y productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal.
PARTIDA
15.15
SUB PARTIDA
1515.90.00.10 – Aceites de jojoba

Tributos de productos

IVA12%
FODINFA
0.5%
Arancel Externo Común

20%

AD VALOREM

0%

PORCENTAJE TECHO CONSOLIDADO SAFP

31.5%

Requisitos y Condiciones Adicionales

Presentación de requisito DCP a la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Notificación Sanitaria o Certificado de Requerimiento o no de Notificación Sanitaria) para alimentos procesados de uso y consumo humano con fines de venta directa al consumidor final o para alimentos de uso y consumo humano sin fines de venta directa al consumidor final (materia prima).

Conclusión

Después de haber realizado el análisis de la mercancía objeto del presente análisis y basándonos en las Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria para el producto denominado comercialmente con el nombre de “Aceites para jabones y velas de jojoba” esta mercancía está clasificada dentro del ARANCEL DEL ECUADOR (Sexta Enmienda), en la subpartida 1515.90.00.10 Aceites de jojoba.  Alcanza perfectamente en esa partida debido describe perfectamente al producto y además se sustenta con las notas explicativas.

Recomendaciones

Después de determinar el código arancelario objeto de estudio se recomienda importar bajo régimen a consumo con total normalidad.

Referencias Bibliográficas:

del Sistema Armonizado, N. E. Q. I. L. A. C. E. (s/f). VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA). Gov.co. Recuperado el 4 de diciembre de 2023, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 4 de diciembre de 2023, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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