¿Conoces el aceite de FUSEL? es muy probable que por sus amplias aplicaciones te pueda interesar y he aquí donde clasificarla

DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:

El aceite de fusel, también conocido como alcohol isoamÍlico, alcohol de fusel o fuselol, es un subproducto de la fermentación alcohólica. El aceite de fusel es una de las diversas mezclas de diferentes "alcoholes superiores", y contiene entre un 60% y un 70% de alcoholes amílicos y, en particular, de alcohol isoamílico. El alcohol isoamílico puede extraerse del aceite de fusel agitándolo con una solución de salmuera para separar el aceite de la salmuera o, más comúnmente, destilándolo.

El aceite de fusel se utiliza como disolvente de alto punto de ebullición, por ejemplo en la industria de la laca, también sirve como potenciador de fragancias en la industria cosmética. Pero para muchos, el aceite de fusel es más importante por su papel como materia prima en otros procesos químicos.

¿QUÉ CRITERIOS ARANCELARIOS SE APLICAN?

Reglas generales para la interpretación de la nomenclatura arancelaria común - Nandina

Hay que conocer cuál es la composición de la mercancía a clasificar, así como su carácter esencial. Si viene por partes o con estuche entre otras características a tomar en cuenta para determinar la regla más acorde para la correcta clasificación arancelaria de nuestra mercancía.

Su carácter esencial es ser utilizado como materia prima en otros procesos químicos, es un subproducto de la fermentación alcohólica, siendo una de las diversas mezclas de diferentes "alcoholes superiores", y contiene entre un 60% y un 70% de alcoholes amílicos y, en particular, de alcohol isoamílico, por lo que debe estar clasificada en la sección VI  PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS. En el capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas, a esta conclusión llegamos gracias a su material constitutivo.

Regla General Interpretativa 1

Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas.

Regla General Interpretativa 6

La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutantis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario.

El producto se clasifica dentro de:

Sección VI

PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS

Capítulo 38

Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.24     

Preparaciones aglutinantes para moldes o núcleos De fundición; productos químicos y preparaciones de la industria química o de las industrias conexas (incluidas las mezclas de productos naturales), no expresados ni comprendidos en otra parte.

NOTAS DE CAPÍTULO

Capítulo 38 según la nota 3: Se clasifican en la partida 38.24 y no en otra de la Nomenclatura:

a) Los cristales cultivados (excepto los elementos de óptica) de óxido de magnesio o de sales halogenadas de los metales alcalinos o alcalinotérreos, de peso unitario superior o igual a 2,5 g.

b) Los aceites de fusel; el aceite de Dippel.

NOTAS EXPLICATIVAS

Las preparaciones clasificadas aquí pueden estar entera o parcialmente compuestas de productos químicos (lo que constituye el caso general) o totalmente formadas por componentes naturales.

POSICIÓN ARANCELARIA:

Sección VI

PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS

Capítulo 38

Productos diversos de las industrias químicas

Partida 38.24     

Preparaciones aglutinantes para moldes o núcleos De fundición; productos químicos y preparaciones de la industria química o de las industrias conexas (incluidas las mezclas de productos naturales), no expresados ni comprendidos en otra parte.

Subpartida 3824.99.99.91

----- Aceites de fusel; aceites de Dipel

 

 

 

TRIBUTOS ARANCELARIOS DE LA SUBPARTIDA 

Arancel Ad-valorem

10%

Arancel Específico

0.00$

Fodinfa

0.5%

IVA

12%

ICE

0%

 


Medidas de restricción y autorización

Código de Régimen

Tipo de restricción

Descripción

Todos los regímenes (República Popular democrática de Corea del Norte)

Prohibición

Resolución 2397(2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: Medidas dirigidas a la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte), Memorando Nro. MREMH-ONUNY-2017-1733-M, Oficio Nro. MREMH-DSNU-2018-0052-O, Memorando Nro. SENAE-DRAI-2018-0006-M,Oficio Nro. MCEI-CCOMEX-2018-0036-O - VII Enmienda del Sistema Armonizado - Resolución 002-2023 del Pleno del Comité del COMEX reforma íntegramente el Arancel del Ecuador, expedido con Resolución 020-2017.

 

 

 

 

 CONCLUSIONES

  • El aceite de fusel como su nombre de la palabra alemana "fusel", que significa "licor malo". Las concentraciones excesivas de aceites de fusel en las bebidas alcohólicas pueden crear los llamados sabores "extraños", además es más importante por su papel como materia prima en otros procesos químicos. Se debe tomar en cuenta las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, las notas de capítulo ya nos dio una clara señal de que dicha mercancía debía ser clasificada en el capítulo 38 y no en uno diferente. y las notas explicativas nos ayudaron a corroborar la correcta elección. En consecuencia, el producto en cuestión se encuentra clasificado en la Sección VI PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS, Capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas. Partida 38.24 Preparaciones aglutinantes para moldes o núcleos De fundición; productos químicos y preparaciones de la industria química o de las industrias conexas (incluidas las mezclas de productos naturales), no expresados ni comprendidos en otra parte. En la subpartida 99.99.91----- Aceites de fusel; aceites de Dippel. Respecto a los tributos para esta mercancía, son los siguientes: Ad Valorem: 10%, IVA: 12% Y FODINDA: 0.5%, por último la mercancía solo tiene prohibición para el comercio internacional con la república popular democrática de Corea del Norte.

RECOMENDACIONES

  • Para la correcta clasificación Arancelaria de esta mercancía se recurrió en primer lugar a las notas de capítulo en donde encontramos de manera explícita en la nota 3 la mercancía nombrada aclarándonos que la misma debe ser clasificada en dicha partida y no en otra. La partida 38.24 a partir de ahí basto con buscar el nombre especifico aceite de fusel en mismo que se encontraba clasificado en la subpartida 3824.99.99.91 -----Aceites de fusel; aceites de Dippel. Con lo que llegamos a la finalización de nuestra búsqueda arancelaria. Se recomienda siempre buscar toda la información respecto a la mercancía antes de clasificarla, asi como su peso, su finalidad, sus materiales constitutivos ya que cada uno de estos apartados son claves para su acertada clasificación arancelaría.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

 

 

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