Introducción
Para la importación productos al territorio ecuatoriano, bajo cualquier modalidad, es necesario conocer las reglamentaciones y valores a pagar por el ingreso de dicha mercancía. Debido a la amplia información sobre permisos, requisitos, condiciones, prohibiciones y demás que existen en materia de Comercio Exterior, el proceso de importación en un tanto complejo. Para ello, las autoridades en Comercio Exterior del país fomentan el uso de plataformas que brindan información y seguimiento para que las personas naturales y jurídicas puedan ser participes activamente en el comercio exterior del pais. A través del Viceministerio de Comercio Exterior y el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador se comparten espacios informativos y de ayuda con los procesos a seguir para la importación de mercancías hacia Ecuador.
Desarrollo
Empezamos el proceso de importación con cierto pasos previos a la importación; pasos necesarios para sr acreditados como sujetos aptos para ser participes en el proceso del comercio internacional. El primer paso, más básico; es determinar quién puede importar. Pueden importar todas las personas naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras radicadas en el país que hayan sido registrados como importador en el sistema ECUAPASS y aprobado por la Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador.
A continuación el detalle de cada paso:
Para la obtención de Registro de Importador, una vez gestionado el RUC en el Servicio de Rentas Internas, se deberá adquirir el Certificado Digital para la firma electrónica y autenticación otorgado por cualquiera de las siguientes entidades:
- Banco Central del Ecuador: http://www.eci.bce.ec/web/guest/
- Security Data: http://www.securitydata.net.ec/
Para la obtención de dicho Certificado de Firma Electrónica se deberá seguir los pasos detallaos por cada entidad y cumplir con los requisitos de acuerdo al tipo de usuario que esté realizando el trámite (persona natural, jurídica o representante legal).
También realicé un blog al respecto, te dejo por aquí el link si debes revisarlo: http://comunidad.todocomercioexterior.com.ec/profiles/blogs/firma-electr-nica-qu-es-para-qu-sirve-garant-as-y-c-mo-obtenerla
Posteriormente, debes registrarte en el portal de ECUAPASS:(http://www.ecuapass.aduana.gob.ec). Aquí se podrá:
- Actualizar base de datos
- Crear usuario y contraseña
- Aceptar las políticas de uso
- Registrar firma electrónica
El siguiente paso es conocer si determinado producto está sujeto a restricciones o es considerado de prohibida importación, para ello se puede realizar una consulta con la subpartida arancelaria específica del producto a importar en la misma página del Ecuapass a través del siguiente link: ttp://ecuapass.aduana.gob.ec/ipt_server/ipt_flex/ipt_arancel.jsp
Una vez cumplidos los pasos previos de importación, y ya llegada la mercancía al país, se procede a realizar el proceso de desaduanización de la mercancía importada
Para realizar los trámites de desaduanización de mercancías es necesario la asesoría y el servicio de un Agente acreditado por el SENAE. El listado de Agentes de Aduana autorizados se puede encontrar en la página del SENAE: www.aduana.gob.ec > Servicios para OCE’s > Agentes de Aduana
El documento guía o principal dentro del proceso de Importación9 es la Declaración Aduanera de Importación (DAI) que deberá ser transmitida en un período no superior a 15 días calendario previo a la llegada del medio de transporte, y hasta 30 días calendarios siguientes a la fecha de su arribo; de no cumplirse en ese plazo, la mercancías serán consideradas dentro de las causales del abandono tácito, y posteriormente de abandono definitivo si no se cumple el debido levante de acuerdo a lo dispuesto en el Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) y su reglamento.
Adicionalmente, de acuerdo al tipo de mercancía a importar, se deberán adjuntar documentos de acompañamiento y soporte a la DAI:
- Documentos de acompañamiento: aquellos que denominados de control previo, deben tramitarse y aprobarse antes del embarque de la mercancía de importación. (Art. 72 del Reglamento al Libro V del COPCI).
- Documentos de soporte: Constituirán la base de la información de la DAI a cualquier régimen. Estos documentos originales, ya sea en físico o electrónico, deberán reposar en el archivo del declarante o su Agente de Aduanas al momento de la presentación de la Declaración Aduanera. Estos documentos pueden ser:
- Documento de Transporte
- Factura comercial o documento que acredite la transacción comercial
- Certificado de Origen (cuando proceda)
- Documentos que el SENAE o el Organismo regulador de Comercio Exterior considere necesarios.
Transmitida la DAI, el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador le otorgará un número de validación (Refrendo) y el canal de aforo que corresponda.
La selección de la modalidad de aforo se realizará de acuerdo al análisis de perfiles de riesgo implementado por el SENAE. En el caso de mercancías perecederas y animales vivos u otras mercancías autorizadas por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador en virtud de su naturaleza, tendrán prioridad en su reconocimiento físico, de ser el caso.
En cualquier etapa del proceso del control aduanero, el SENAE podrá realizar inspecciones de la mercancía a través de un sistema tecnológico de escaneo con rayos X o similares, inclusive indistintamente de la modalidad de despacho al que esta fuere sometida.
Finalmente, para terminar el proceso de desaduanización de las mercancías debemos hacer el respectivo pago de los tributos al comercio exterior en base a la clasificación arancelaria del producto importado.
Los tributos al comercio exterior son derechos arancelarios, impuestos establecidos en leyes orgánicas y ordinarias y tasas por servicios aduaneros.
Conclusiones
Pese a ser información que está al alcance de toda la ciudadanía, misma que está presente en la respectiva base legal que regula a las operaciones de Comercio Exterior (COPCI) como en la página oficial de la entidad reguladora del Comercio Exterior (SENAE), no todas las personas estás empapadas de esta terminología y procedimiento básico para la importación de mercancía, mucho menos de los requisitos y el sistema Ecuapass. Esto en consecuencia se ve reflejado en la necesidad de buscar asesoría para la importación de cualquier mercancía, no necesariamente hablando en altos términos de valor; lo que conlleva a que menos personas se arriesguen a entrar al mundo del comercio exterior.
Recomendaciones
Se recomienda tomar esta información base para adaptarla a cada caso de comercialización internacional de mercancías hacia Ecuador y replicarla para que más personas se nutran de este conocimiento que debe ser de dominio público en este mundo cada vez más globalizado.
Fuente
- Asamblea Nacional (29 de Diciembre de 2010). Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones. Registro Oficial No. 351
- Asamblea Nacional (19 de Mayo de 2011). Reglamento del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones. Registro Oficial No. 452
- Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador: https://www.aduana.gob.ec/
- Sistema Ecuapass: http://ecuapass.aduana.gob.ec/ipt_server/ipt_flex/ipt_arancel.jsp
Autor
Karen Nicole Tandazo Reyes
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