DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO
Los retrovisores permiten al conductor realizar una serie de maniobras con seguridad: adelantar otros coches, cambiar de carril, aparcar e incluso saber qué hacen o pretenden hacer otros conductores. También sirven para visualizar a los pasajeros que viajan en los asientos traseros, lo cual es particularmente útil cuando se trata de niños.
TIPOS DE RETROVISORES
- Retrovisores manuales: se ajustaban manualmente. Posteriormente, se incorporó una palanca ubicada en el interior del coche para moverlos.
- Retrovisores con plegado eléctrico: poseen un dispositivo eléctrico o botones en el lado del conductor para hacer los ajustes sin tocar los espejos.
- Retrovisores calefactables: son capaces de calentarse para que el frío o la lluvia no afecten a la visibilidad.
- Retrovisores antideslumbramiento: tradicionalmente los espejos centrales vienen acompañados de una palanca que permite cambiarlos de posición para evitar que nos deslumbre la luz de los faros de los coches que circulan detrás de nosotros.
- Retrovisores electrocrómicos: son de oscurecimiento automático. Se trata de vidrios multicapa que, por la acción de sensores de luz combinada con una reacción electroquímica, se oscurecen cuando se les aplica determinada corriente eléctrica y así dejan de reflejar la luz que podría deslumbrar al piloto.
REGLAS DE CLASIFICACIÓN
Primera Regla General: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”
La partida 70.09 comprende espejos de vidrio, enmarcados o no, incluidos los espejos retrovisores.
Sexta Regla General: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
La partida 70.09 se encuentra desagregada en varias subpartidas principales.
La subpartida 7009.10.00 comprende Espejos retrovisores para vehículos; la subpartida 7009.91.00 comprende Sin enmarcar ; la subpartida 7009.92.00 comprende Enmarcados
Por lo que aplicando las Reglas Generales para la interpretación 1° Y 6°de acuerdo a la información proporcionada, a los ESPEJOS RETROVISORES le corresponde clasificarse en la subpartida nacional 7009.10.00.00
NOTAS EXPLICATIVAS
Subpartida 70.09:
Se designa con el nombre de espejos de vidrio, el vidrio (lunas de vidrio y vidrio de ventanas) con una de las caras recubierta de una capa de metal (generalmente plata o a veces platino o aluminio) que permite una reflexión clara y brillante de las imágenes.
Esta partida comprende también, no sólo el vidrio plateado, platinado, etc., en placas, sino también los espejos de cualquier forma y dimensión (espejos o lunas-espejo para muebles, apartamentos, compartimientos de ferrocarril, etc., espejos de tocador, de mano, para colocar sobre el suelo o colgar; espejos de bolsillo, incluso con estuche de protección, etc., incluidos los espejos deformantes y los espejos retrovisores (por ejemplo, para vehículos). Todos estos espejos pueden estar revestidos de un soporte (de cartón, tejido, etc.), rebordeados o enmarcados (con metal, madera, plástico, etc.), en los que el propio marco puede estar adornado con otras materias (tejidos, concha, nácar, carey, etc.). También los espejos que reposan sobre el suelo se clasifican aquí de acuerdo con la Nota 1 b) del Capítulo 94.
CRITERIO ARANCELARIO
Sección XIII - MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANALOGAS; PRODUCTOS CERAMICOS; VIDRIO Y MANUFACTURAS DE VIDRIO
CAPITULO 70 - Vidrio y sus manufacturas.
PARTIDA 70.09 - Espejos de vidrio, enmarcados o no, incluidos los espejos retrovisores.
SUBPARTIDA 7009.10.00.00 - Espejos retrovisores para vehículos
INFORMACIÓN ARANCELARIA
CONCLUSIONES
En consecuencia, al producto denominado comercialmente “ESPEJOS RETROVISORES”, se procede a clasificar en la subpartida nacional 7009.10.00.00 del Arancel de Aduana.
RECOMENDACIONES
Para una buena clasificación se debe tomar en cuenta el material con el cual es realizado el producto y las notas explicativas, en este caso el producto presenta un uso obligatorio para poder manejar un auto y además su utilidad es indispensable para evitar accidentes; y se encuentra en la partida 70.09, de no ser así se debe revisar bien todas las partes y materiales con las que fue realizado el producto.
Fuente:
DESCRIPCION DE PRODUCTO ESPEJOS RETROVISORES https://rentingfinders.com/glosario/espejo-retrovisor/
NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR, (2017): http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf
ECUAPASS ADUANA DEL ECUADOR http://ecuapass.aduana.gob.ec/ipt_server/ipt_flex/ipt_arancel.jsp
AUTORA: Mariam Martinez
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