¿Cómo se califica una Pelucas de cabello?

¿Cómo se califica una Pelucas de cabello?

¿Cómo se califica una Pelucas de cabello?

Introducción:

Las pelucas han servido como un accesorio estético tanto para hombre como para mujeres la cual se destaca el siguiente producto: peluca de cabello de 30 pulgadas de encaje frontal 13x4, hechas de cabello ondulado, pre arrancado sin procesar, cabello Remy, pelucas con encaje frontal con cabellos pequeños de color natural

Descripción del producto:

Calidad

Pelucas de cabello humano Remy brasileño 100% sin procesar, 4 x 4 pulgadas, con cierre de encaje rizado

Tamaño del gorro

Talla promedio (de 22 a 22.5 pulgadas). Color del encaje: marrón medio, parte central de encaje suizo. Color del cabello: negro natural, sedoso, suave, sin ángulos, sin pelusas, se puede teñir y decolorar

Densidad del cabello

130% de densidad. 130 % de densidad de cabello lo hace más natural. Se puede usar en muchas ocasiones especiales

Se puede

Teñir, decolorar y volver a pintar. Suave, sin enredos y sin desprendimiento. Color natural

 

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

 

Para lograr determinar la clasificación arancelaria del producto se necesita la aplicación de las siguiente Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura arancelaria ya que esta es aplicara siempre.

RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.”

 

RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.”

 

Notas Explicativas

 

Capítulo 67 - Plumas y plumón preparado y artículos de plumas o plumón; flores artificiales; manufacturas de cabello.

 

 Este Capítulo no comprende:

  • Las telas filtrantes y capachos, de cabello (partida 59.11);
  • Los motivos florales de encaje, bordados u otros tejidos (Sección XI);
  • El calzado (Capítulo 64);

 

Partida 67.04

 

Esta partida comprende:

Los postizos de cualquier clase, de cabello, pelo o materias textiles, que constituyan artículos listos para el uso y principalmente las pelucas, barbas, cejas, pestañas, mechones, trenzas, coletas, moños, bigotes, tupés, diademas, patillas y artículos análogos. Todos estos artículos, de elaboración relativamente cuidada, pueden utilizarse tanto en la calle como en el teatro

 Posición Arancelaria:

 

Sección

XII - CALZADO, SOMBREROS, SOMBREROS, PARAGUAS, PARAGUAS, BASTONES, BASTONES ASIENTO, LÁTIGOS, FUSTAS Y SUS PARTES; PLUMAS PREPARADAS Y ARTÍCULOS DE PLUMAS; FLORES ARTIFICIALES; ARTICULOS DE CABELLO HUMANO

Capítulo

67 - Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o plumón; flores artificiales; manufacturas de cabello.

Partida

67.04 - Pelucas, barbas, cejas, pestañas, mechones y artículos análogos, de cabello, pelo o materia textil; manufacturas de cabello no expresadas ni comprendidas en otra parte.

Sub partida

6704.20.00.00 De cabello

 

 

Información Arancelaria

 

Arancel Advalorem

30.00%

Arancel Específico

$0.00

Fodinfa

0.50%

I.V.A.

12%

I.C.E.

0%

Unidad Física

Unidades

Requisitos del INEN

No

INEN SENAE

No

 

Conclusiones:

Se concluye que en base a la clasificación anteriormente descrita las pelucas de cabello al no ser pelucas de material sintético esta no se clasifica en la partida 6704.11.00, ya que esta peluca está elaborada con cabello natural por lo que según las Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria 1 que las notas explicativas en las secciones capítulos y subpartidas son de carácter indicativo. Es evidente que las pelucas de cabello natural son clasificadas en la partida 6704.20.00.00

 

Recomendaciones:

Es recomendable, siempre, antes de determinar la clasificación arancelaria de un producto, se debe hacer una correcta descripción del mismo, se tenga la una gran información sobre el producto a clasificar este sea fichas técnicas las cuales son un apoyo, que nos evidencia la composición del producto a clasificar y una vez que se tenga en claro en qué consiste dicha mercancía. Hacer una correcta interpretación de las notas explicativas, tanto de secciones, capítulos, partidas, subpartidas y demás consideraciones generales de capítulo expuestos en la Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado, la cual nos amplia de mejor manera el alcance que tiene las subparticas, capítulos, partidas y secciones.

 

Referencias:

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina. file:///F:/COMERCIO%20EXTERIOR/4%20SEMESTRE/T%C3%89CNICA%20ADUANERA%20II/3CER%20PARCIAL/Notas%20explicativas%20Sistema%20Armonizado%20de%20Clasificaci%C3%B3n%20Arancelaria.pdf

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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