¿Qué es?
PACCARI - CACAO EN POLVO ORGÁNICO - 100% CACAO - ECUADOR
Cacao en polvo orgánico natural crudo de granos de cacao de la variedad "Arriba Nacional" de Ecuador. Los granos de cacao sin fermentar y sin tostar de PACCARI con su aroma incomparablemente amplio y suave de cacao natural de primera calidad forman la base de este polvo de cacao 100% molido finamente, con su riqueza natural de nutrientes valiosos y saludables.
¡Sin adición de azúcar, saborizantes, colorantes o conservantes!
El cacao se produce y comercializa en condiciones justas en cooperativas en las provincias de Esmeraldas, Manabí y Los Ríos en Ecuador.
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
Sección: Sección IV
Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados
Capítulo: Capítulo 18
Cacao y sus preparaciones
Partida: 18.05
Subpartida 1805.00.00.00
- - Sin adición de azucar, ni otros edulcorantes
Notas de capitulo
Este Capítulo no comprende las preparaciones de las partidas 04.03, 19.01, 19.04, 19.05, 21.05, 22.02, 22.08, 30.03 ó 30.04. La partida 18.06 comprende los artículos de confitería que contengan cacao y, salvo lo dispuesto en la Nota 1 de este Capítulo, las demás preparaciones alimenticias que contengan cacao.
REGLA GENERAL INTERPRETATIVA
RG1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).
RG6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
NOTAS EXPLICATIVAS
18.05 CACAO EN POLVO SIN ADICION DE AZUCAR NI OTRO EDULCORANTE. El polvo de cacao procede de la pulverización de la pasta de cacao de la partida 18.03, parcialmente desgrasada. Esta partida comprende únicamente el polvo de cacao sin adición de azúcar ni otro edulcorante. Comprende, entre otros el polvo de cacao obtenido por tratamiento de la pasta o del polvo de cacao con sustancias alcalinas (carbonato de sodio o de potasio, etc.) para aumentar su solubilidad (cacao soluble). El polvo de cacao con azúcar u otro edulcorante y el adicionado de leche en polvo o peptonas (pepton-cacao) se clasifican en la partida 18.06. Sin embargo, los medicamentos en los que el polvo de cacao está simplemente destinado a servir de soporte o excipiente del principio activo, se clasifican en las partidas 30.03 o 30.04
TRIBUTOS
Tributos
Ad-valorem | 20% |
IVA | 12% |
Fodinfa | 0.5% |
ICE | 0% |
RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES
PRESENTACION DE REQUISITO
AGENCIA NACIONAL DE REGULACION, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA
Notificación Sanitaria o Certificado de Requerimiento o no de Notificación Sanitaria, RESOLUCION N°020-2017 EL PLENO DEL COMEX
Resolución No. 009-2022 adoptada por el Pleno del COMEX, en vigencia desde el 01 de octubre de 2022.
CONCLUSIONES
Para la clasificación de este producto, es importante tener en cuenta su composición principalmente, ya que dependiendo del porcentaje de los ingredientes que contiene, se clasifica en una u otra.
RECOMENDACIONES
Además, el conocimiento del uso puntual a través del cual se importa este producto es de importancia fundamental, ya que se puede determinar entre uno u otro, por otro lado, al que corresponde el producto, así como la aplicación correcta de los respectivos Reglas de interpretación general.
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