CLASIFIQUEMOS UN DICCIONARIO

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ANTECEDENTES:

En el presente informe de clasificación arancelaria no vinculante con fecha 19/06/2022 presentado por la Sta. Gabriela Carrera estudiante de la carrera de Comercio Exterior de la asignatura Operación Aduanera, el informe se realiza por solicitud del docente Marco Guayasamín para la formación de un criterio técnico. El análisis se realiza bajo el amparo de la nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador y de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA). Se procede a solventar la consulta de clasificación arancelaria de la mercancía:

 

NOMBRE COMERCIAL: Diccionario

DESCRIPCIÓN:

Obra de consulta en que se recoge y se define o traduce, generalmente en orden alfabético, un conjunto de palabras de una o más lenguas o de una materia determinada. Esta hecho de papel y su portada de manufacturas de plástico. 

  • ESPECIFICACIONES
    • Dimensiones:16,5x10x8cm 

REGLAS DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA 

REGLA 1

Mediante la revisión de los capítulos y de acuerdo a sus características físicas, materia constitutiva  y función lo encontramos en el capitulo Sección X PASTA DE MADERA O DE LAS DEMÁS MATERIAS FIBROSAS CELULÓSICAS; PAPEL O CARTÓN PARA RECICLAR (DESPERDICIOS Y DESECHOS); PAPEL O CARTÓN Y SUS APLICACIONES en el capitulo Capítulo 49 Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos

REGLA 6 

Mediante el uso de las notas de la sección y del capítulo podemos encontrar la partida  49.01 Libros, folletos e impresos similares, incluso en hojas sueltas

NOTAS DE SECCIÓN 

No Aplica

NOTAS DE CAPÍTULO 

En el Capítulo 49, el término impreso significa también reproducido con copiadora, obtenido por un procedimiento controlado por una máquina automática de tratamiento o procesamiento de datos, por estampado en relieve, fotografía, fotocopia, termocopia o mecanografiado. Los diarios y publicaciones periódicas encuadernados, así como las colecciones de diarios o de publicaciones periódicas presentadas bajo una misma cubierta, se clasifican en la partida 49.01, aunque contengan publicidad. También se clasifican en la partida 49.01: 

las colecciones de grabados, de reproducciones de obras de arte, de dibujos, etc., que constituyan obras completas, paginadas y susceptibles de formar un libro, cuando los grabados estén acompañados de un texto referido a las obras o a sus autores;

 las láminas ilustradas que se presenten al mismo tiempo que un libro y como complemento de éste; 

los libros presentados en fascículos o en hojas separadas, de cualquier formato, que constituyan una obra completa o parte de una obra para encuadernar en rústica o de otra forma. 

NOTAS DE PARTIDA 

Para los efectos de la partida 49.01, el término Obras de la Literatura Universal se aplica a las obras impresas de cualquier género literario (incluso religiosas o litúrgicas, libros de cuentos, libros para la enseñanza de idiomas, etc.) aunque sus autores, vivos o muertos, no hayan sido reconocidos a nivel mundial, así como a los manuales, los libros para trabajos escolares y demás libros para niños, con excepción de los libros infantiles para colorear o que contengan rudimentos del lenguaje (partida 49.03) y los juguetes de papel o cartón (Capítulo 95)herramientas manuales, incluso con dispositivos mecánicos sencillos, tales como manivelas y engranajes. Estas herramientas consisten en:

NOTAS EXPLICATIVAS 

Esta partida comprende en general todos los artículos de librería y demás para la lectura, impresos, ilustrados o sin ilustrar, con excepción de los artículos de publicidad y de los que se clasifican en otras partidas más específicas de este Capítulo y en especial en las partidas 49.02 a 49.04. Están comprendidos aquí: A) Los libros y folletos (libros pequeños), que consisten esencialmente en textos de cualquier tipo, impresos con cualquier clase de caracteres (incluidos los caracteres Braille o los caracteres estenográficos) y en cualquier idioma. Estos artículos comprenden las obras literarias de cualquier género, los manuales (comprendidos los cuadernos para tareas educativas, a veces llamados cuadernos de escritura), con o sin textos narrativos, que tengan cuestiones o ejercicios (generalmente con espacios destinados a completarse a mano), las publicaciones técnicas, las obras de referencias como los diccionarios, las enciclopedias, las guías (por ejemplo, las guías telefónicas incluidas las páginas amarillas), los catálogos de museos, de bibliotecas, etc. (con excepción de los catálogos comerciales), los libros litúrgicos, los salterios (que no sean obras musicales impresas de la partida 49.04), los libros para niños (con excepción de los álbumes o libros de estampas y de los cuadernos para dibujar o colorear, para niños, de la partida 49.03). Estos artículos pueden estar encuadernados en rústica o de otra forma, incluso en tomos separados o bien presentados en fascículos o en hojas separadas, que constituyan una obra completa o parte de una obra y se destinen a encuadernar en rústica o de otro modo. - 607 - Las cubiertas, cierres y protectores similares, las señales y demás accesorios que se vendan con las obras se considera que forman parte integrante de los libros. B) Los opúsculos, folletos e impresos similares, que consistan en varias hojas de texto impreso. unidas o no e incluso las simples hojas impresas. Estos artículos comprenden las tesis científicas y las monografías, las instrucciones publicadas por entidades gubernamentales u otros organismos, las octavillas, los textos de himnos, etc. Este grupo no comprende las tarjetas impresas con felicitaciones o mensajes personales (partida 49.09), ni los formularios impresos que requieren la inserción de cierta información adicional para completarlos (partida 49.11). C) Los textos impresos en hojas para encuadernaciones de hojas móviles. Esta partida comprende también los artículos siguientes: 1) Los diarios y publicaciones periódicas encuadernados con material distinto al papel, así como las colecciones de diarios o publicaciones periódicas presentadas con una misma cubierta, con publicidad o sin ella. 2) Los libros encuadernados en rústica o de otro modo, constituidos por una colección de grabados o ilustraciones (excepto los libros o álbumes de estampas para niños, de la partida 49.03). 3) Las colecciones de grabados, de reproducciones de obras de arte, de dibujos, etc., constituidas por hojas aisladas incluidas en una misma cubierta (encartes), siempre que estas colecciones constituyan obras completas y paginadas y que los grabados estén acompañados por un texto explicativo (por ejemplo, biografía), incluso somero, en relación con las obras o sus autores. 4) Las colecciones de estampas ilustradas, incluso en hojas aisladas, siempre que estas colecciones sean el complemento de un libro encuadernado. Las demás obras ilustradas se clasifican en general en la partida 49.11. Salvo lo dispuesto en la Nota 3 del presente Capítulo, esta partida no comprende los artículos que están consagrados esencialmente a la publicidad (incluida la propaganda turística), ni los que están editados como reclamo por una casa comercial o por su cuenta, incluso si el tema no tiene un carácter publicitario directo. Tal es el caso, principalmente, de los catálogos o anuarios publicados por asociaciones comerciales que llevan una parte documental acompañada de una cantidad sustancial de textos publicitarios de los miembros del grupo, así como las obras que atraen la atención hacia los productos o servicios del editor. La presente partida no comprende tampoco las publicaciones que contengan publicidad indirecta o encubierta, es decir, las publicaciones que, aunque estén esencialmente consagradas a la publicidad, se presentan como si no se tratase de publicidad. Por el contrario, las obras científicas u otras, editadas por firmas industriales o asociaciones similares o por su cuenta y las obras que se refieren simplemente a la evolución de la actividad o a los progresos técnicos de una rama de la industria o del comercio y que no contienen ninguna publicidad directa o indirecta se clasifican en la presente partida. Se excluyen además de esta partida: a) Los papeles para copiar o reportar, con textos o dibujos para reproducir, en forma de obras encuadernadas (partida 48.16). b) Las agendas y artículos similares de papelería, encuadernados de cualquier modo, cuya utilización esencial sea la de papel para escribir (partida 48.20). c) Los ejemplares aislados o encuadernados en rústica (únicamente con papel), de diarios y publicaciones periódicas (partida 49.02). d) Los cuadernos de ejercicios para niños que comprenden esencialmente ilustraciones acompañadas de textos de carácter complementario y que sirven para hacer ejercicios de escritura u otros (partida 49.03). e) Los libros de música (partida 49.04). f) Los atlas (partida 49.05). g) Los grabados e ilustraciones sin texto presentados en hojas separadas de cualquier tamaño, aunque estén manifiestamente destinados a formar parte de un libro (partida 49.11). 

SECCIÓN:

Sección X PASTA DE MADERA O DE LAS DEMÁS MATERIAS FIBROSAS CELULÓSICAS; PAPEL O CARTÓN PARA RECICLAR (DESPERDICIOS Y DESECHOS); PAPEL O CARTÓN Y SUS APLICACIONES CAPÍTULO: 

El capítulo 49 Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos 

PARTIDA: 

49.01 49.01 LIBROS, FOLLETOS E IMPRESOS SIMILARES, INCLUSO EN HOJAS SUELTAS.

SUBPARTIDA:

49.01.91.00.00- Diccionarios y enciclopedias, incluso en fascículos

MECANISMOS CUANTITATIVOS 

IVA:0%

AD-VALOREM:0

FODINFA:0,5%

MECANISMOS CUALITATIVOS 

No aplica 

CONCLUSIONES GENERALES

  • Las reglas de clasificación arancelaria facilitan una adecuada determinación del producto dentro de la categoría que le corresponde.
  • Es importante llevar a cabo el proceso de clasificación arancelaria complementándolo con las notas explicativas.
  • Las resoluciones emitidas por el comité de comercio exterior permiten elaborar una clasificación arancelaria correcta y fundamentada.

RECOMENDACIONES GENERALES

  • Distinguir correctamente cada una de las partidas arancelarias para realizar una adecuada clasificación de los productos.
  • Analizar las notas explicativas adjuntas a cada capítulo para facilitar la clasificación de cada producto.
  • Poner en práctica los conocimientos obtenidos en la investigación realizada en este trabajo

FUENTES

Comité de Comercio Exterior del Ecuador. (2017). Resolución No. 020-2017. Estructura del Arancel del Ecuador. Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca. Obtenido de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

(2007). Versión Única en español de las Notas Explicativas. Comunidad Andina. Obtenido de http://intranet.comunidadandina.org/documentos/dinformativos/sgdi860_2.pdf

 

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