Coco Rallado 120 gramos – COMISARIATO NATURISTA

  1. Descripción del producto 

El coco rallado es la carne de un coco maduro y es el primer rallado o afeitado que luego se seca lentamente al sol o en el horno. Normalmente el coco deshidratado es un subproducto que se puede elaborar con la pulpa del coco maduro. Se obtiene a partir de su pulverización y secado a baja temperatura, con el único objetivo de reducir la humedad que tuviera. El coco rallado se utiliza comúnmente en galletas, pasteles, bollería, cereales, etc. 

CLASIFICACIÓN DE LA MERCANCÍA 

 

  • Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado

 

Al clasificar un producto como el coco rallado en la nomenclatura arancelaria, es importante utilizar las Reglas Interpretativas con el fin de determinar la clasificación correcta. Las Reglas Interpretativas, generalmente basadas en el Sistema Armonizado (SA), que utilizaremos para asignar el código arancelario específico son: 

RGl Nº 1: Esta regla establece: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”.

Para clasificar el coco rallado de acuerdo la regla 1, se considera: 

SECCIÓN II: PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL 

Capítulo 8: Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios

Partida 08.01: - Cocos, nueces del Brasil y nueces de marañón (merey, cajuil, anacardo, «cajú»), frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados

 

RGl Nº 6: Esta Regla establece: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartidas, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.

De acuerdo a la regla 6, se hace una revisión de las notas explicativas: 

NOTAS EXPLICATIVAS 

Consideraciones generales

Este Capítulo comprende las frutas y demás frutos (incluidos los de cáscara) y las cáscaras (cortezas) de agrios (cítricos) o de melones y sandías, generalmente destinados al consumo humano tal como se presentan o después de una preparación. Pueden ser frescos (incluso refrigerados), congelados (aunque se hayan cocido previamente en agua o vapor, o adicionado de edulcorantes), secos (incluidos los deshidratados, evaporados o liofilizados); también se pueden presentar conservados provisionalmente (por ejemplo: con gas sulfuroso, en agua salada o sulfurosa, o adicionada de otras sustancias), siempre que en este estado sean impropios para la alimentación.

Estos productos pueden estar enteros, troceados, deshuesados, aplastados, rallados, pelados, mondados o descortezados.

Sin embargo, este capítulo no comprende las frutas conservadas por deshidratación osmótica. La expresión"deshidratación osmótica" designa un procedimiento en el que los trozos de fruta se someten a un remojo prolongado en un jarabe de azúcar concentrado, de forma que el agua y el azúcar natural de la fruta son reemplazados en gran parte por el azúcar del jarabe. La fruta puede a continuación ser sometida a un secado al aire para reducir aún más su contenido de agua.

08.01 COCOS, NUECES DEL BRASIL Y NUECES DE MARAÑON (MEREY, CAJUIL, ANACARDO, “CAJU”), FRESCOS O SECOS, INCLUSO SIN CÁSCARA O MONDADOS.

Esta partida incluye el coco sin su cáscara, rallado y desecado, en tanto la copra, constituida por fragmentos de la parte carnosa del coco, secos pero impropios para el consumo humano y destinados a la obtención de aceite, se clasifica en la partida 12.03.

Según las notas explicativas, se clasifica en la subpartida 0801.11.90.00 correspondiente a las demás. 

Pág 46. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

POSICIÓN ARANCELARIA

12307069882?profile=RESIZE_710x

Nota. Elaboración propia 

INFORMACIÓN ARANCELARIA 

Tributos vigentes 

12307070489?profile=RESIZE_710x

Nota. Elaboración propia 

RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES

12307070682?profile=RESIZE_710x

CONCLUSIONES 

La clasificación precisa y específica, es crucial consultar las notas explicativas del capítulo 08 donde hace referencia a los cocos rallados destinados para el consumo humano   tal como se presentan o después de una preparación. Se puede concluir que, al utilizar las RGL N1 y RGL N6, se clasifica en la partida 08.01 “Cocos, nueces del Brasil y nueces de marañón (merey, cajuil, anacardo, «cajú»), frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados”, en la subpartida 0801.11.90.00.

RECOMENDACIONES 

Para realizar una correcta clasificación arancelaria, primero es importante saber en qué consiste el producto y su finalidad, puesto a que, si no es así, se pueden cometer errores a la hora de interpretar las notas explicativas. En esta clasificación se consideró el proceso de deshidratado del coco rallado destinado para consumo humano, otro punto importante es que el coco rallado no es utilizado para la siembra, sin embargo, la fibra del coco es un componente potente para los cultivos y mejora las propiedades del suelo. La forma en que se procesa el coco rallado puede afectar su clasificación, ya que, en este capítulo no se consideran las frutas conservadas por deshidratación osmótica.




REFERENCIAS

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.   https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador]. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/ 

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales