Por qué usar cebolla en polvo y cómo emplearla? | Instantia

  1. Descripción del producto 

La cebolla en polvo es deshidratada, colocando en bandejas a 370° F en el horno, para finalmente ser triturada y transformada en polvo sin químicos.  Perfecta para dar un rico toque de cebolla a guisos, carnes, pescados, ensaladas. El aroma de la cebolla en polvo es más refinado y suave que el de la cebolla cruda y por eso es un excelente complemento para muchos platos.

Además, la cebolla en polvo, entrega un sabor concentrado que combina bien con muchos alimentos. El uso de cebolla en polvo cuando se cocina ofrece beneficios para la salud, ya que contiene algunos nutrientes, pero en pequeñas cantidades, lo que significa que no se puede confiar en él para satisfacer sus totales diarios recomendados.

CLASIFICACIÓN DE LA MERCANCÍA 

 

  • Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado

 

Al clasificar un producto como las rosas eternas en la nomenclatura arancelaria, es importante utilizar las Reglas Interpretativas para determinar la clasificación correcta. Las Reglas Interpretativas, generalmente basadas en el Sistema Armonizado (SA), que utilizaremos para asignar el código arancelario específico son: 

RGl Nº 1: Esta regla establece: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”.

Para clasificar la cebolla en polvo de acuerdo la regla 1, se considera: 

SECCIÓN II: PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL 

Capítulo 7: Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios.

Partida 07.13: - Hortalizas secas, incluidas las cortadas en trozos o en rodajas o las trituradas o pulverizadas, pero sin otra preparación.

 

RGl Nº 6: Esta Regla establece: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartidas, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.

De acuerdo a la regla 6, se hace una revisión de las notas explicativas: 

NOTAS EXPLICATIVAS 

07.12 HORTALIZAS SECAS, INCLUIDAS LAS CORTADAS EN TROZOS O EN RODAJAS O LAS TRITURADAS O PULVERIZADAS, PERO SIN OTRA PREPARACIÓN. 

Notas de sección 

La partida 07.12 comprende todas las hortalizas secas de las especies clasificadas en las partidas 07.01 a 07.11, excepto: 

a) las hortalizas de vaina secas desvainadas (partida 07.13); el maíz dulce en las formas especificadas en las partidas 11.02 a 11.04; 

b)la harina, sémola, polvo, copos, gránulos y «pellets», de papa (patata) (partida 11.05); 

c) la harina,sémola y polvo de hortalizas de vaina secas de la partida 07.13 (partida 11.06).

Notas explicativas 

Esta partida comprende las hortalizas de las partidas 07.01 a 07.09 que han sido desecadas (incluso deshidratadas, evaporadas o liofilizadas), es decir, privadas de su contenido de agua por diversos procesos. Las principales hortalizas tratadas de esa manera son las papas (patatas), cebollas, champiñones, orejas de Judas (Auricularia spp.), hongos gelatinosos (Tremella spp.), trufas, zanahorias, coles (incluidos los repollos) y espinacas. Suelen presentarse cortadas en tiras (julianas) o rodajas, de la misma clase o de clases diferentes mezcladas. 

Corresponden también a esta partida las hortalizas secas, trituradas o pulverizadas, para utilizarlas, principalmente, en el sazonado de alimentos o en la preparación de sopas o potajes; este es el caso de los espárragos, coliflor, perejil, perifollo, apio, cebollas, ajos. Se excluyen de esta partida, entre otros:

a) Las hortalizas de vaina secas, desvainadas (partida 07.13). 

b) Los frutos secos, triturados o pulverizados, del género Capsicum o Pimenta (partida 09.04), la harina, sémola, polvo, copos, gránulos y “pellets” de papa (patata) (partida 11.05), la harina, sémola, polvo de hortalizas de vaina secas de la partida 07.13 (partida 11.06).

c) Los condimentos y sazonadores, compuestos (partida 21.03). 

d) Las preparaciones para sopas o potajes a base de hortalizas desecadas (partida 21.04)

Según las notas explicativas, se clasifica en la subpartida 0712.20.00.00  correspondiente a las demás. 

Pág 42. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

POSICIÓN ARANCELARIA

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Nota. Elaboración propia 

INFORMACIÓN ARANCELARIA 

Tributos vigentes 

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Nota. Elaboración propia 

RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES

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CONCLUSIONES 

Para obtener una clasificación precisa y específica, es crucial consultar las notas explicativas del capítulo 07 para clasificar la cebolla pulverizada utilizada para sazonar alimentos. Se puede concluir que, al utilizar las RGL N1 y RGL N6, se clasifica en la partida 07.12  “Hortalizas secas, incluidas las cortadas en trozos o en rodajas o las trituradas o pulverizadas, pero sin otra preparación”, en la subpartida 0712.20.00.00 

RECOMENDACIONES 

Para realizar una correcta clasificación del producto cebolla en polvo se debe considerar que se destacan por su proceso de pulverizado sin ningún tipo de componente químico. La forma en que se procesa la cebolla en polvo puede afectar su clasificación. Por ejemplo, si la cebolla se ha deshidratado, molido y procesado de cierta manera, podría caer en una categoría específica del arancel, sin embargo, en esta subpartida, de acuerdo a las notas explicativas que comprenden las cebollas pulverizadas sin mezclar ningun componente quimico. 



REFERENCIAS

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.   https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador]. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/ 

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