INFORMACIÓN GENERAL
El león marino pertenece a la familia de las focas y morsas, que forman el grupo de mamíferos marinos conocidos como pinnípedos. Son parte de la familia Otariidae y la subfamilia Otariinae.
Su distribución se extiende alrededor del mundo abarcando distintas regiones. Éstas incluyen las costas del Pacífico norte, islas australianas, Sudamérica, Nueva Zelanda, costas de Estados Unidos, Canadá y México, Japón, Corea e Islas Galápagos.
REGLAS GENERALES DE INTERPRETACIÓN
Regla Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).
Regla Interpretativa 6: la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida esta determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. a efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario.
NOTAS EXPLICATIVAS
Partida 01.06
Esta partida comprende, entre otros, los animales domésticos o salvajes siguientes:
- A) Mamíferos:
1) Los primates.
2) Las ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del orden Cetáceos); los manatíes y dugones o dugongos (mamíferos del orden Sirenios).
3) Los demás (por ejemplo, renos, gatos, perros, leones, tigres, osos, elefantes, camellos (incluyendo dromedarios), cebras, conejos, liebres, ciervos, antílopes, gamuzas, zorros, visones y los animales que se crían para peletería).
*Se excluyen de esta partida los animales que formen parte de circos, zoológicos ambulantes o demás atracciones de feria similares (partida 95.08).
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
Sección I | Animales Vivos y Productos del Reino Animal |
Capítulo 1 | Animales vinos |
Partida 01.06 | Los demás animales vivos |
Subpartida 0106.12.00.00 | - -Ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del orden Cetáceos); manatíes y dugones o dugongos (mamíferos del orden Sirenios); otarios y focas, leones marinos y morsas (mamíferos del suborden Pinnipedia) |
TRIBUTOS FIJOS DE MERCANCÍAS
FODINFA | 0.5% |
ARANCEL ADVALOREM | 20 |
IVA | 12% |
REQUERIMIENTOS
CONCLUSIONES
Para la correcta aplicación y clasificación de este tipo de animales, en este caso un león marino, hay que tener en cuenta su destino final, debido a que si está destinado al entretenimiento, zoológicos ambulantes o demás atracciones de feria similares, su partida y subpartida pueden cambiar.
BIBLIOGRAFÍA
Exterior, C. d. (2017). Resolución-No.-020-2017 arancel nacional sexta enmienda. Quito. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Autor: Katherin Anaguano
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