DESCRIPCIÓN
El tomate es un vegetal con muchos beneficios nutricionales y para la salud en general. Uno de los principales es su alto contenido de licopeno, un antioxidante que le da su característico color rojo. Lo contienen tanto los tomates naturales como los de conserva, aunque estos en menor proporción, debido a que la mayor parte se encuentra en la piel.
Los tomates en conserva, aunque sean al natural, pierden parte de sus nutrientes, como vitaminas, sobre todo la A. Especialmente el licopeno se encuentra en mayor proporción en la piel, y tanto esta como las semillas aportan también aminoácidos esenciales. Aunque es cierto que los perdemos también al rallar el tomate o pelarlo para no encontrarnos trocitos de piel y semillas al preparar una salsa o un sofrito, bastante
La clasificación arancelaria de las mercaderías se rige por los principios contenidos en las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado.
Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas
Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla
Notas de sección :En esta Sección, el término «pellets » designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3 % en peso.
Notas de capítulo
El jugo de tomate con un contenido de extracto seco superior o igual al 7 % en peso, se clasifica en la partida 20.02.
Notas explicativas:
Esta partida comprende los tomates enteros o en trozos, excepto los tomates preparados o conservados en vinagre o ácido acético (partida 20.01) y los tomates presentados en las formas previstas en el Capítulo 7.
Estos tomates se clasifican en esta partida cualquiera que sea el recipiente en el que estén acondicionados.
Esta partida comprende también los tomates homogeneizados preparados o conservados (por ejemplo, puré, pasta o concentrado de tomate) y el jugo de tomate cuyo contenido de extracto seco sea superior o igual al 7% en peso. Sin embargo, se excluye la salsa de tomate llamada “Ketchup” y otras salsas de tomate (partida 21.03), así como las sopas de tomate y las preparaciones para preparar estas últimas (partida 21.04).
Sección IV: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LIQUIDOS ALCOHOLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDANEOS DEL TABACO, ELABORADOS
Capitulo 20.- Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
Partida 20.02 -Tomates preparados o conservados (excepto en vinagre o en ácido acético).
Subpartida.- 2002.10.00.00– - - Tomates enteros o en trozos
INFORMACIÓN ARANCELARIA
CONCLUSIONES
- La clasificación arancelaria de Tomates enteros o en trozos, le corresponde clasificarse en la subpartida nacional 2002.10.00.00 en aplicación de la RGI 1 y 6, de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas.
- La subpartida 2002.10.00.00 tiene un arancel Advalorem de 0%, un IVA de 12% y FODINFA de 0,5% % y adicional un AEC 0%
- El producto requiere un “DCP”
RECOMENDACIONES
- Se recomienda realizar una lectura compresible y analítica de cada una de las notas explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA), ya que nos permiten realizar una correcta clasificación, ya que contienen aclaraciones sobre el alcance y contenido de las diferentes subpartidas del Sistema Armonizado.
- Además, es importante poner especial énfasis a los niveles de guiones que hay en el arancel para escoger el adecuado.
FUENTES
- SENAE. (2022). ECUAPASS. ECUAPASS. Recuperado 22 de mayo de 2022, de https://ecuapass.aduana.gob.ec/ç
- Ministerio de Comercio Exterior. (2017). RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017. RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017. Recuperado 22 de mayo de 2022, de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
AUTOR: Mayte Basurto
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