Descripción Comercial
Se trata de un embutido elaborado básicamente con sangre cocida de cerdo, condimentada con diversas especias y mezclada con otros ingredientes como arroz, cebolla, miga de pan, entre otros, que se embute en una tripa de cerdo o vaca y se consume crudo, frito, asado o cocido; es un embutido del que existen diversas variedades según el tipo y cantidad de ingredientes que se utilizan en su elaboración.
Posición Arancelaria
Regla General Interpretativa
Para clasificar este producto se debe tener en cuenta las siguientes reglas.
Regla 1:
“Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas siguientes.”
Regla 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”
Notas Explicativas
Esta partida comprende los embutidos y productos similares, es decir, las preparaciones compuestas de carne o despojos (incluidos tripas y estómagos), cortados en trocitos o picados, o de sangre, introducidos en tripas, estómagos, vejigas, piel o envolturas similares (naturales o artificiales). Algunos de estos productos en ocasiones pueden carecer de envoltura, pero se moldean en la forma característica, es decir, en forma cilíndrica o análoga de sección circular, oval o rectangular (con aristas más o menos redondeadas). Los embutidos y productos similares pueden estar crudos o cocidos, incluso ahumados y haber sido adicionados de grasa, tocino, fécula, condimentos, especias, etc. Por otra parte, estas preparaciones pueden contener trozos relativamente gruesos de carne o despojos (por ejemplo, de la dimensión de un bocado).
Los embutidos y productos similares de clasifican en esta partida, aunque estén cortados en lonchas o se presenten en recipientes herméticos. Se clasifican en esta partida, entre otros:
- Las salchichas, salchichones y productos similares a base de carne (salchichas de Frankfurt, salami, etc.).
- Los embutidos de hígado (incluido el hígado de ave).
- Las morcillas y butifarras.
- El chorizo, la longaniza, la sobrasada, la mortadela y otras especialidades análogas.
- Los patés, purés, cremas, galantinas y picadillos presentados en envoltura de embutidos o moldeados para darles la forma característica de embutido.
Esta partida comprende también determinadas preparaciones alimenticias (incluidos los platos cocinados) a base de embutidos o productos similares (véanse las Consideraciones generales de este Capítulo, tercer párrafo).
Gravámenes vigentes
* Solamente para importaciones provenientes bajo contingente. Acuerdo Multipartes con Unión Europea y Acuerdo Comercial entre Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Conclusión
Es así que teniendo en cuenta tanto la descripción comercial y como la descripción arancelaria del producto en cuestión, se llega a la conclusión que se lo clasifica en la Subpartida arancelaria “1601.00.00.00” misma que corresponde a “Embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos”, siguiendo la Regla General de Interpretación 6, fundamentado por las notas explicativas y legales detalladas con anterioridad.
Recomendación
Es importante contar con una descripción detallada de la mercancía, así como su naturaleza, composición, y/o función, así facilitara a una correcta clasificación de la mercancía.
Autor: Félix Cantocuamba
Fuente: SENAE. (2022). Consulta de Clasificación Arancelaria. Obtenido de SEANE: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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