Clasificación arancelaria - Magnesio

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Magnesio: El metal de magnesio puro al 99,80%. Un metal blanco plateado, liviano, utilizado con mucha frecuencia para agregados a distintas aleaciones, como así también para pirotecnia y la producción de aleaciones estructurales.

REGLA GENERAL INTERPRETATIVA (RGI)

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

NOTAS EXPLICATIVAS

NOTA DE SECCIÓN:

3. En la Nomenclatura, se entiende por metal(es) común(es): la fundición, hierro y acero, el cobre, níquel, aluminio, plomo, zinc, estaño, volframio (tungsteno), molibdeno, tantalio, magnesio, cobalto, bismuto, cadmio, titanio, circonio, antimonio, manganeso, berilio, cromo, germanio, vanadio, galio, hafnio (celtio), indio, niobio (colombio), renio y talio.

5. Regla para la clasificación de las aleaciones (excepto las ferroaleaciones y las aleaciones madre de cobre definidas en los Capítulos 72 y 74):

a) las aleaciones de metales comunes se clasificarán con el metal que predomine en peso sobre cada uno de los demás;

b) las aleaciones de metales comunes de esta Sección con elementos no comprendidos en la misma se clasificarán como aleaciones de metales comunes de esta Sección cuando el peso total de estos metales sea superior o igual al de los demás elementos;

6. En la Nomenclatura, salvo disposición en contrario, cualquier referencia a un metal común alcanza también a las aleaciones clasificadas con ese metal por aplicación de la Nota 5.

NOTA DE CAPITULO:

Este Capítulo trata:

A) Del volframio (tungsteno) (partida 81.01), molibdeno (partida 81.02), tantalio (partida 81.03), magnesio (partida 81.04), cobalto, incluidas las matas de cobalto y demás productos intermedios de la metalurgia del cobalto (partida 81.05), bismuto (partida 81.06), cadmio (partida 81.07), titanio (partida 81.08), circonio (partida 81.09), antimonio (partida 81.10) y manganeso (partida 81.11).

La mayor parte de los metales de este Capítulo se emplean poco cuando son puros; intervienen, por el contrario, en la preparación de numerosas aleaciones, de las que algunas están comprendidas en este Capítulo por aplicación de la Nota 5 de la Sección XV, y de carburos metálicos que, por el contrario, no se clasifican en este Capítulo.

NOTA DE PARTIDA:

El magnesio es un metal de color blanco argénteo que recuerda el del aluminio. Es más ligero aún que éste. Adquiere por pulido un brillo muy vivo, pero que desaparece bastante deprisa en el aire como consecuencia de la formación de una capa de óxido que le protege contra la corrosión. En forma de alambre, tiras, hojas delgadas o polvo, arde en el aire con una luz deslumbradora; el manejo del polvo es delicado por los riesgos de inflamación en contacto con el aire.

El magnesio puro se utiliza sobre todo en la preparación de numerosos compuestos químicos, como desoxidante y desulfurante en determinadas operaciones metalúrgicas (fundición del hierro, del cobre, del níquel o de aleaciones de estos metales, principalmente) y en pirotecnia.

Aleado con otros elementos que le confieren propiedades mecánicas especiales de las que carece cuando es puro, se puede forjar, laminar, extrudir, colar y se presta, en consecuencia, como metal ligero, a numerosas aplicaciones industriales.

Esta partida comprende:

1) El magnesio en bruto en lingotes, panes, palanquilla, planchas o cubos destinados a la transformación posterior por laminado, estirado, trefilado, extrusión, forjado, refundición, etc.

NOTA DE SUBPARTIDA:               

1.– La Nota 1 del Capítulo 74 que define las barras, perfiles, alambre, chapas, hojas y tiras, se aplica, mutatis mutandis, a este Capítulo.

Subpartidas 8104.11 y 8104.19

Estas subpartidas comprenden igualmente los lingotes y formas similares en bruto, obtenidas por colada a partir de desperdicios y desechos refundidos de magnesio.

10765341876?profile=RESIZE_710xRESTRICCIONES Y AUTORIZACIONES PREVIAS:

Existe una prohibición de importación y exportación para la República Popular Democrática de Corea, en cuanto a los demás países no se requiere presentar ningún tipo de requisito de importación.

10765342460?profile=RESIZE_710xCONCLUSIÓN

Para la clasificación arancelaria del producto Magnesio se debe tomar en cuenta las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, las notas de Sección, capítulo, partida y subpartida correspondiente. En consecuencia, el producto en cuestión se encuentra clasificado en la Sección XV Materiales comunes y manufacturas de estos metales, capítulo 81 Los demás metales comunes; cermets; manufacturas de estas materias, partida 81.04 Magnesio y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos y subpartida 8104.11.00.00 Con un contenido de magnesio superior o igual al 99,8% en peso. Respecto a los tributos al Comercio Exterior para este producto, son los siguientes: Ad Valorem: 0%, IVA: 12% Y FODINFA: 0.5%.

RECOMENDACIÓN

Para llevar a cabo una correcta clasificación, se debe tener en cuenta los títulos de las Secciones y capítulos, ya que este es un paso muy importante con el objetivo de reconocer la subpartida a la que pertenece el producto antes mencionado. Del mismo modo, las notas de Sección, capítulo, partida y subpartida permiten despejar cualquier duda y así poder cumplir con la finalidad.

Autor: Andrés Urdiales

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