Descripción Comercial
El cigarrillo es un producto que se obtiene del tabaco en forma de tubo, puesto que se obtiene a partir de la fabricación con hojas de tabaco curadas, que luego son cortadas para ser finalmente enrolladas y envueltas en un papel delgado.
Los ingredientes adicionales que contiene son sustancias que permiten agregar diferentes sabores; además, tiene nicotina y productos químicos que provocan cáncer y pueden resultar perjudicial para la salud para los fumadores como también para los que no fuman.
El cigarrillo se utiliza encendiendo de un extremo y por el otro se fuma, que; por lo general son inhalados hacia los pulmones.
REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS
Para determinar la correcta clasificación de los cigarrillos, se recurre al análisis de las reglas generales interpretativas a las cuales estará sujeta la clasificación del producto.
Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.
Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
NOTAS EXPLICATIVAS
- Notas de Partida
Esta partida se aplica exclusivamente a los cigarros (puros), incluidos los sin terminar, los desprovistos de su envoltura y los despuntados, a los cigarritos (puritos) y a los cigarrillos, de tabaco o de sucedáneos del tabaco. Se excluyen los demás tabacos elaborados para fumar, aunque contengan sucedáneos del tabaco en cualquier proporción (partida 24.03).
Esta partida comprende:
1) El tabaco para fumar, aunque contenga sucedáneos del tabaco en cualquier proporción, por ejemplo, el tabaco preparado para pipa y para hacer cigarrillos.
POSICIÓN ARANCELARIA
SECCIÓN | IV | Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados |
CAPITULO | 24 | Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados. |
PARTIDA | 24.03 | Los demás tabacos y sucedáneos del tabaco, elaborados; tabaco “homogeneizado” o “reconstituido”; extractos y jugos de tabaco. |
SUBPARTIDA | 2403.19.00.00 | - - Los demás |
DERECHOS E IMPUESTOS A PAGAR
UNIDAD DE MEDIDA | AD VALOREM | FODINFA | IVA |
Kg | 30% | 0.5% | 12% |
CONCLUSIONES
Finalmente, se puede concluir que la clasificación arancelaria del cigarrillo está sujeto a las RGI 1 y 6, y a las notas explicativas de partida, de forma que, corresponde a la Sección IV, Capítulo 24 de Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados, Partida 24.03 y Sub-partida 2403.19.00.00 – Los demás. Además, los impuestos al comercio que debe pagar son; el 30% del Ad-valorem, el 0.5% del FODINFA y el 12% del IVA.
RECOMENDACIONES
Para una correcta clasificación arancelaria, es recomendable que se revise previamente todos los derechos e impuestos que se debe cancelar.
BIBLIOGRAFIA
Cardozo, D., Diz, L., & Lombardo, E. (2015). Sistema Armonizado y clasificación de mercadería. REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (RGIs). Dirección General de Aduanas.
COMUNIDAD ANDINA. (2007). VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) - NOTAS EXPLICATIVAS DE LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO.
Instituto Nacional del Càncer. (s. f.). Definición de cigarrillo . Recuperado 12 de junio de 2022, de https://www.cancer.gov/espanol/publicaciones/diccionarios/diccionario-cancer/def/cigarrillo
AUTOR: José Andrés Chiliguano Rodriguez
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