DESCRIPCION DEL PRODUCTO
El carbón de bambú proviene de piezas de plantas de bambú, de la especie especial de bambú MOSO, cosechadas después de al menos cinco años y quemadas en hornos a temperaturas que varían de 800 a 1200 ° C. Luego, se muele finamente. Beneficia la protección del medioambiente al reducir los residuos contaminantes.
REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS
La clasificación arancelaria del carbón de bambú en el presente informe se fundamenta en las siguientes Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado primera y sexta, tomadas en cuenta por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), Reglas Generales que respectivamente dicen:
RG 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
RG 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel.
NOTAS EXPLICATIVAS
El carbón vegetal procede de la carbonización de la madera en ausencia de aire. Puede presentarse en forma de bloques, cilindros, gránulos, polvo o aglomerado en briquetas, pastillas, bolas, etc., con alquitrán u otras sustancias. A diferencia del carbón animal y mineral, el carbón vegetal es más ligero que el agua y la textura de la madera es siempre visible cuando se presenta en trozos. Se clasifica también en esta partida un producto análogo al carbón de madera, que se obtiene por carbonización de cáscaras de nuez de coco o productos similares. Se excluyen de esta partida:
- a) El carbón vegetal acondicionado como medicamento del Capítulo 30.
- b) El carbón vegetal mezclado con incienso, que se presente en tabletas o de otro modo (partida 33.07).
- c) El carbón vegetal activado (partida 38.02).
- d) El carbón vegetal especialmente acondicionado para dibujar (partida 96.09).
CLASIFICACION ARANCELARIA
SECCION IX: MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA
CAPITULO 44: Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera
PARTIDA 44.02: Carbón vegetal (comprendido el de cáscaras o de huesos [carozos] de frutos), incluso aglomerado.
SUBPARTIDA 4402.10.00.00: De bambú
INFORMACION ARANCELARIA
ADVALOREM 5%
FODINFA 0.5%
IVA 12%
INFORMACION NO ARANCELARIA
- Almacén especial
- Reimportación de mercancias en el mismo estado exportadas a consumo
- Reexportación de productos transformados en depósito industrial
- Admisión temporal para reexportación en el mismo estado
CONCLUSION
En conclusión, podemos decir que la partida de esta mercadería es el 44.02 y su subpartida en el cual va el producto es el 4402.10.00.00 el mismo que paga un ADVALOREM del 5% un IVA del 12%, fodinfa del 0.5%. Además, necesita de un almacén especial, de una reimportación de mercancias en el mismo estado exportadas a consumo, una reexportación de productos transformados en depósito industrial y de una admisión temporal para reexportación en el mismo estado.
RECOMENDACIÓN
Se recomienda ver y analizar cada una de las características del producto para clasificar de una manera correcta con la ayuda de las notas explicativas, reglas interpretativas para que así sea clasificado de una mejor manera con todos los documentos correspondientes.
BIBLIOGRAFIA
RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
SERVICIO DE ADUANA
Comentarios