CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LOS CRISANTEMOS

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LOS CRISANTEMOS

DESCRIPCIÓN

Una de las flores con mayor variedad de formas y tonalidades es el crisantemo. Sus hojas, que pueden ser lobuladas o aserradas, en forma de lengua o rugosas y cubiertas de un polvo blanco que les da un aspecto ligeramente gris, pertenecen a la familia Asteraceae. Pertenece al grupo de las plantas aromáticas y comparte algunas similitudes con las características de los geranios. Sus flores vienen en una variedad de formas, incluyendo protozoos, crisantemos, tubulares, pompones y las llamadas anémonas.

CAPITULO 06

Plantas vivas y productos de la floricultura

SECCIÓN II

PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL

PARTIDA

06.03 Flores y capullos, cortados para ramos o adornos, frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma.

SUBPARTIDA

0603.14 - - Crisantemos

APLICACIÓN DE LAS REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS:

 

  • RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo

tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los

textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los

textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una

misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de

las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien

entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de

esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en lo contrario.

 

NOTAS EXPLICATIVAS

Nota Explicativa de subpartida.

06.03 FLORES Y CAPULLOS, CORTADOS PARA RAMOS O ADORNOS, FRESCOS, SECOS, BLANQUEADOS, TEÑIDOS, IMPREGNADOS O PREPARADOS DE OTRA FORMA.

– Frescos. 0603.11

– – Rosas. 0603.12

– – Claveles. 0603.13

– – Orquídeas. 0603.14

 – – Crisantemos. 0603.19

 – – Los demás.

0603.90 – Los demás.

Esta partida comprende no sólo las flores y los capullos simplemente cortados, sino también las cestas, coronas y artículos similares de flores y capullos, tales como los ramilletes y las flores de ojal. No se tienen en cuenta las materias que forman los accesorios (cestas, cintas, puntillas de papel, etc.), siempre que las cestas, coronas, etc., conserven las características esenciales de artículos de floristería. Las ramas de árboles, arbustos, matas que tengan flores o capullos (tales como la magnolia, ciertas rosas), se consideran flores o capullos de esta partida. Las flores (flores enteras y pétalos) y los capullos principalmente utilizados en perfumería, en medicina o para usos insecticidas, parasiticidas o similares, corresponden a la partida 12.11, siempre que el estado en que se presenten impida su empleo en la confección de ramos u otros usos ornamentales. También se excluyen de esta partida los “collages” y cuadros similares de la partida 97.01

TARIFA ARANCELARIA

  • Advalorem: 0%
  • Arancel Específico: 0%
  • Fodinfa: 0.5 %
  • ICE: 0%
  • IVA: 12%

PRESENTACIÓN DE REQUISITO

  • DCP
  • DOCUMENTO DE DESTINACION ADUANERA

AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO - AGROCALIDAD        

CONCLUSIÓN

Una vez que el producto ha sido analizado, se ha concluido que este se clasifica en el Capítulo 6 Plantas vivas y productos de la floricultura. En la partida 0603.14 Crisantemos.

RECOMENDACIÓN

La importancia de tener correctamente clasificada nuestra mercancía radica en que, así se podrá evitar cualquier tipo de irregularidad o problema con la autoridad. Cabe destacar que lo recomendable es realizar este acto previamente de que la mercancía se encuentre en tránsito o bien antes de exportarse, esto para evitar contratiempos y que la operación sea exitosa.

 

FUENTES

Ministerio de Comercio Exterior. (2017). RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-

COMEX-020-2017.pdf

CAN. (2007). VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS

NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA).

 https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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