DESCRIPCIÓN
Una de las flores con mayor variedad de formas y tonalidades es el crisantemo. Sus hojas, que pueden ser lobuladas o aserradas, en forma de lengua o rugosas y cubiertas de un polvo blanco que les da un aspecto ligeramente gris, pertenecen a la familia Asteraceae. Pertenece al grupo de las plantas aromáticas y comparte algunas similitudes con las características de los geranios. Sus flores vienen en una variedad de formas, incluyendo protozoos, crisantemos, tubulares, pompones y las llamadas anémonas.
CAPITULO 06
Plantas vivas y productos de la floricultura
SECCIÓN II
PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL
PARTIDA
06.03 Flores y capullos, cortados para ramos o adornos, frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma.
SUBPARTIDA
0603.14 - - Crisantemos
APLICACIÓN DE LAS REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS:
- RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo
tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los
textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los
textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.
- RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una
misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de
las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien
entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de
esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en lo contrario.
NOTAS EXPLICATIVAS
Nota Explicativa de subpartida.
06.03 FLORES Y CAPULLOS, CORTADOS PARA RAMOS O ADORNOS, FRESCOS, SECOS, BLANQUEADOS, TEÑIDOS, IMPREGNADOS O PREPARADOS DE OTRA FORMA.
– Frescos. 0603.11
– – Rosas. 0603.12
– – Claveles. 0603.13
– – Orquídeas. 0603.14
– – Crisantemos. 0603.19
– – Los demás.
0603.90 – Los demás.
Esta partida comprende no sólo las flores y los capullos simplemente cortados, sino también las cestas, coronas y artículos similares de flores y capullos, tales como los ramilletes y las flores de ojal. No se tienen en cuenta las materias que forman los accesorios (cestas, cintas, puntillas de papel, etc.), siempre que las cestas, coronas, etc., conserven las características esenciales de artículos de floristería. Las ramas de árboles, arbustos, matas que tengan flores o capullos (tales como la magnolia, ciertas rosas), se consideran flores o capullos de esta partida. Las flores (flores enteras y pétalos) y los capullos principalmente utilizados en perfumería, en medicina o para usos insecticidas, parasiticidas o similares, corresponden a la partida 12.11, siempre que el estado en que se presenten impida su empleo en la confección de ramos u otros usos ornamentales. También se excluyen de esta partida los “collages” y cuadros similares de la partida 97.01
TARIFA ARANCELARIA
- Advalorem: 0%
- Arancel Específico: 0%
- Fodinfa: 0.5 %
- ICE: 0%
- IVA: 12%
PRESENTACIÓN DE REQUISITO
- DCP
- DOCUMENTO DE DESTINACION ADUANERA
AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO - AGROCALIDAD
CONCLUSIÓN
Una vez que el producto ha sido analizado, se ha concluido que este se clasifica en el Capítulo 6 Plantas vivas y productos de la floricultura. En la partida 0603.14 Crisantemos.
RECOMENDACIÓN
La importancia de tener correctamente clasificada nuestra mercancía radica en que, así se podrá evitar cualquier tipo de irregularidad o problema con la autoridad. Cabe destacar que lo recomendable es realizar este acto previamente de que la mercancía se encuentre en tránsito o bien antes de exportarse, esto para evitar contratiempos y que la operación sea exitosa.
FUENTES
Ministerio de Comercio Exterior. (2017). RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-
COMEX-020-2017.pdf
CAN. (2007). VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS
NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA).
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