DESCRIPCION DEL PRODUCTO
Los claveles son plantas herbáceas de porte compacto y tallo leñoso. Según su variedad pueden alcanzar de 0,5 a 1 m de altura. Sus hojas suelen ser rígidas, de un verde claro o grisáceo.
REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS
La clasificación arancelaria de los claveles miniatura en el presente informe se fundamenta en las siguientes Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado primera y sexta, tomadas en cuenta por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), Reglas Generales que respectivamente dicen:
RG 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
RG 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel.
NOTAS EXPLICATIVAS
Esta partida comprende no sólo las flores y los capullos simplemente cortados, sino también las cestas, coronas y artículos similares de flores y capullos, tales como los ramilletes y las flores de ojal. No se tienen en cuenta las materias que forman los accesorios (cestas, cintas, puntillas de papel, etc.), siempre que las cestas, coronas, etc., conserven las características esenciales de artículos de floristería. Las ramas de árboles, arbustos, matas que tengan flores o capullos (tales como la magnolia, ciertas rosas), se consideran flores o capullos de esta partida. Las flores (flores enteras y pétalos) y los capullos principalmente utilizados en perfumería, en medicina o para usos insecticidas, parasiticidas o similares, corresponden a la partida 12.11, siempre que el estado en que se presenten impida su empleo en la confección de ramos u otros usos ornamentales. También se excluyen de esta partida los “collages” y cuadros similares de la partida 97.01.
CLASIFICACION ARANCELARIA
SECCION II: Productos del Reino Vegetal
CAPITULO 6: Plantas vivas y productos de la floricultura.
PARTIDA 06.03: Flores y capullos, cortados para ramos o adornos, frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma.
SUBPARTIDA 0603.12: Claveles
0603.12.10.00: Miniatura
INFORMACION ARANCELARIA
ARANCEL ADVALOREM 20%
FODINFA 0.5%
IVA 12%
INFORMACION NO ARANCELARIA
- Deposito aduanero publico
- Reposición de mercancías con franquicia arancelaria
- Reimportación de mercancías exportadas temporalmente para perfeccionamiento pasivo
- Transfronterizo (Loja, Macara)
CONCLUSION
En conclusión, podemos decir que la partida de esta mercadería es el 06.03 y su subpartida en el cual va el producto es el 0603.12.10.00 el mismo que paga un IVA del 12%, fodinfa del 0.5% y un Advalorem del 20%. Además, en la información no arancelaria nos detalle que se necesita de un depósito aduanero público, reposición de mercancías con franquicia arancelaria, una reimportación de mercancías exportadas temporalmente para perfeccionamiento pasivo y de un transfronterizo en Loja y Macara.
RECOMENDACIÓN
Se recomienda ver y analizar cada una de las características del producto para clasificar de una manera correcta con la ayuda de las notas explicativas, reglas interpretativas para que así sea clasificado de una mejor manera con todos los documentos correspondientes.
BIBLIOGRAFIA
RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
SERVICIO DE ADUANA
https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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