Clasificación Arancelaria de la planta de Tabaco Golden

Descripción Comercial

Cuando se hace referencia al tabaco no únicamente se hace alusión a los cigarrillos, sino que también se puede encontrar la planta en forma natural, la cual es originaria del continente americano perteneciente a la familia Solanácea. Se trata de un producto agrícola no alimenticio, del cual se comercializa únicamente sus hojas.

El uso que se le da al tabaco es variado, siendo el más común empleado para rituales mágicos-religiosos; ya que este tipo de planta contiene como principal sustancia activa la nicotina, que incluso sus hojas secas pueden masticarse, fumarse, utilizarse como pesticida, así como en la elaboración de algunos remedios caseros.

Existe dos variedades de tabaco: el rubio que posee hojas de color amarillento y el negro cuyas hojas son de color marrón-negro.

Para el estudio, se toma una planta de tabaco rubio.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para determinar la correcta clasificación de la planta de tabaco, se recurre al análisis de las reglas generales interpretativas a las cuales estará sujeta la clasificación del producto.

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

NOTAS EXPLICATIVAS

  • Notas de Partida

Esta partida comprende:

  • El tabaco en estado natural, en forma de planta entera o de hojas y las hojas secas o fermentadas, que pueden ser enteras o desvenadas, estén o no cortadas, troceadas o recortadas, incluso en forma regular con la condición de que no se trate de un producto dispuesto para ser fumado.

También están comprendidas en esta partida las hojas de tabaco mezcladas, desvenadas y después humectadas (beneficiadas) con un líquido de composición apropiada para impedir, principalmente, el enmohecimiento y resecado y además para preservar el sabor.

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCIÓN

IV

Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

CAPITULO

24

Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados

PARTIDA

24.01

Tabaco en rama o sin elaborar; desperdicios de tabaco.

SUBPARTIDA

2401.10.20.00

-- Tabaco Rubio.

 

INFORMACIÓN ARANCELARIA

UNIDAD DE MEDIDA

AD VALOREM

FODINFA

IVA

Kg

20%

0.5%

12%

 

INFORMACIÓN PARARANCELARIA

Código de Régimen

Tipo de Restricción

Código de Institución

Código de Requisito

Fecha inicio de Vigencia

Tipo de Ámbito de Aplicación

Depósito Aduanero Público

Presentación de requisito

AGROCALIDAD

DCP

01/09/2017

Inclusión

Depósito Aduanero Público

Presentación de requisito

AGROCALIDAD

Documento de Destinación Aduanera

01/09/2017

Inclusión

Transformación bajo control aduanero

Presentación de requisito

AGROCALIDAD

DCP

01/09/2017

Inclusión

Transformación bajo control aduanero

Presentación de requisito

AGROCALIDAD

Documento de Destinación Aduanera

01/09/2017

Inclusión

Almacén Libre

Presentación de requisito

AGROCALIDAD

DCP

01/09/2017

Inclusión

 

CONCLUSIONES

Se puede concluir que la clasificación arancelaria de la planta de tabaco está sujeta a las RGI 1 y 6, y a las notas explicativas de partida, de tal forma que, la Sección a la que pertenece es IV, Capítulo 24:  Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados, Partida 24.01: Tabaco en rama o sin elaborar; desperdicios de tabaco y Sub-partida 2401.10.20.00 – Tabaco rubio, ya que para el estudio se toma esa clase de planta de tabaco. Los derechos e impuestos a cancelar son; el 20% del Ad-valorem, el 0.5% del FODINFA y el 12% del IVA.

RECOMENDACIONES

Es recomendable que previo a la comercialización del tabaco, se analice la parte física de la planta para comprender a que tipo pertenece y continuar con la correcta clasificación arancelaria y evitar de esta forma posibles inconvenientes con la aduana. Además, se debe revisar todos los tributos a pagar, así como también los requisitos necesarios.

 

BIBLIOGRAFIA

Cardozo, D., Diz, L., & Lombardo, E. (2015). Sistema Armonizado y clasificación de mercadería. REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (RGIs). Dirección General de Aduanas.

COMUNIDAD ANDINA. (s. f.). NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO. Recuperado 5 de junio de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Garcés Angulo, N. (2013, abril 1). Tabaco un regalo de la naturaleza . https://www.excelenciasgourmet.com/es/salud/tabaco-un-regalo-de-la-naturaleza

AUTOR: José Andrés Chiliguano Rodriguez

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales