DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO
La nuez moscada tiene un sabor dulce y aromático, la vaina que envuelve la nuez, es a su vez otra especia llamada macis, la cual tiene un sabor picante con un toque amargo y un aroma fuerte, fresco y cálido, tiene propiedades analgésicas, antiinflamatorias y antioxidantes que pueden promover la salud en varios aspectos. Sin embargo, en altas dosis puede ser perjudicial. Presenta la propiedad de combatir la hiperlipidemia (afecciones en la sangre), la hiperglucemia, el daño al tejido cardíaco.
REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS
La clasificación arancelaria de la hoja de coca en el presente informe se fundamenta en las siguientes Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado primera y sexta, tomadas en cuenta por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), Reglas Generales que respectivamente dicen:
RG 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
RG 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel.
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
SECCIÓN II: PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL
CAPÍTULO 9: Café, té, yerba mate y especias
PARTIDA 09.08: Nuez moscada, macis, amomos y cardamomos.
SUBPARTIDA 0908.12.00.00: - - Triturada o pulverizada
NOTAS EXPLICATIVAS
Este capítulo comprende:
1) El café, té y yerba mate.
2) Las especias, es decir, un grupo de productos vegetales ricos en aceites esenciales y principios aromáticos, utilizados principalmente como condimentos a causa de su sabor peculiar.
Estos productos pueden presentarse enteros, triturados o pulverizados. En lo relativo a la clasificación de las mezclas de productos de las partidas 09.04 a 09.10, véase la Nota 1 de este Capítulo. De acuerdo con las disposiciones de esta Nota, el hecho de que se añadan otras sustancias a los productos de las partidas 09.04 a 09.10 (incluidas las mezclas citadas en los apartados a) y b) de dicha Nota) no afecta su clasificación, siempre que las mezclas así obtenidas conserven el carácter esencial de los productos citados en cada una de estas partidas.
INFORMACIÓN ARANCELARIA
AD-VALOREM: 10%
IVA: 12%
FODINFA: 0,5%
INFORMACIÓN NO ARANCELARIA
Importación a Consumo
-Permiso fitosanitario de importación de Agrocalidad
CONCLUSIÓN
El producto de estudio se clasificó basado en las reglas generales interpretativas por las características mencionadas, aplicando la RGI 1, el producto se clasifica en la partida 09.08 “Nuez moscada, macis, amomos y cardamomos.”, y en consideración a la RGI 6, se procede a clasificar a el producto a nivel de subpartida, la nuez moscada triturada o pulverizada clasificarse en la subpartida 0908.12.00.00 “- -Triturada o pulverizada”.
RECOMENDACIÓN
Se recomienda realizar un análisis muy preciso y minucioso al momento de efectuar una clasificación arancelaria, sobre todo revisar las notas explicativas antes de la selección de una subpartida considerando que en ellas se detalla la repercusión que tiene el capítulo, partida y también el alcance que tiene el producto que fue analizado.
BIBLIOGRAFÍA
Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel.
https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO *
Comentarios