DESCRIPCIÓN

La miel es la sustancia natural dulce producida por la abeja Apis mallifera o por diferentes subespecies, a partir del néctar de las flores que las abejas transportan, transforman, combinan con otras sustancias, deshidratan, concentran y almacenan en panales. Constituye uno de los alimentos más primitivos que el hombre aprovechó para nutrirse. Su composición es compleja y los carbohidratos representan la mayor proporción, dentro de los que destacan la fructosa y glucosa, pero contiene una gran variedad de sustancias menores dentro de los que destacan las enzimas, aminoácidos, ácidos orgánicos, antioxidantes, vitaminas y minerales.

CAPÍTULO 4

Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte

SECCIÓN I

Animales vivos y productos del reino animal

PARTIDA

04.09 Miel natural.

SUBPARTIDA

0409.00.90.00 - Los demás

 

APLICACIÓN DE LAS REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS:

  • RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo

tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los

textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los

textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

  • RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una

misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de

las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien

entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de

esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en lo contrario.

 

NOTAS EXPLICATIVAS

04.09 MIEL NATURAL. Esta partida comprende la miel de abejas (Apis mellifera) o demás insectos, centrifugada, en panales o con trozos de panales, sin adición de azúcar ni de otras materias. La miel puede designarse con el nombre de la flor de la que procede o teniendo en cuenta el origen o incluso el color. Los sucedáneos de la miel y las mezclas de miel natural con sucedáneos de la miel se clasifican en la partida 17.02.

TARIFA ARANCELARIA

  • Advalorem: 30%
  • Arancel Específico: 0%
  • Fodinfa: 0.5 %
  • ICE: 0%
  • IVA: 12%

PRESENTACIÓN DE REQUISITO

  • DCP
  • DOCUMENTO DE DESTINACION ADUANERA

Aduanera Agencia De Regulación y Control Fito y Zoosanitario – Agrocalidad

CONCLUSIÓN

En conclusión, la miel natural se clasifica dentro de la partida arancelaria 0409.00.00 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA). Esta clasificación arancelaria permite identificar y categorizar la miel de abeja en el ámbito aduanero, facilitando el control y la gestión de los impuestos y aranceles aplicables a su importación o exportación.

La clasificación arancelaria es fundamental para el comercio internacional, ya que determina los impuestos y aranceles aplicables a las mercancías, facilitando la transparencia y la correcta valoración de los productos en el contexto aduanero.

RECOMENDACIÓN

Es importante destacar que la clasificación arancelaria puede variar según el país y el sistema aduanero utilizado. Por lo tanto, es recomendable verificar la clasificación arancelaria específica para cada jurisdicción y consultar fuentes actualizadas y autoridades aduaneras competentes para obtener la información más precisa y actualizada. Es importante destacar que la clasificación arancelaria puede variar según el país y el sistema aduanero utilizado. Por lo tanto, es recomendable verificar la clasificación arancelaria específica para cada jurisdicción y consultar fuentes actualizadas y autoridades aduaneras competentes para obtener la información más precisa y actualizada.

 

FUENTES

 

Ministerio de Comercio Exterior. (2017). RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.

https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-

COMEX-020-2017.pdf

CAN. (2007). VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS

NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA).

 https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

 

 

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